Digesto
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3557 Normativas
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DE-2022-RES-250 19/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 19 de mayo de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0004442/2021, y
CONSIDEANDO:
Que la Resolución Nº 461/2021-CS ratificó la Comisión Asesora aprobada por el artículo Nº 3 de la Resolución Nº 9/2022-CD, mediante la cual se convocó a Concurso Abierto para la provisión de UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple de carácter efectivo, correspondiente al Departamento de Didáctica, para el dictado del espacio curricular “Práctica Profesional e Investigación Educativa II: Currículo y Grupos de Aprendizaje” en el Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas de esta Unidad Académica.
Que la docente Silvia Mirian DUHART renuncia a intervenir como miembro titular de la Comisión Asesora.
Que ante dicha circunstancia resulta aplicable el artículo Nº 21 de la Ordenanza Nº 23/2010-CS.
Que, en consecuencia, resulta procedente en este supuesto designar como miembro titular a la Licenciada Andrea Viviana SURACI, quien figura como miembro suplente de la Comisión.
Por ello, y conforme lo establecido en el artículo 19º de la Ordenanza Nº 23/2010-CS,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- ACEPTAR la excusación presentada por la Especialista Silvia Mirian DUHART (DNI Nº 11.519.160- Legajo Nº23174) para intervenir como miembro titular de la Comisión Asesora que entenderá en la sustanciación del concurso convocado mediante la Resolución N° 09/2022-CD, ratificada por Resolución Nº 461/2021- CS. ARTÍCULO 2.- DESIGNAR a la Licenciada Andrea Viviana SURACI (DNI Nº 20.059.504 – Legajo Nº 28.190) como miembro titular de la Comisión Asesora que intervendrá en el concurso mencionado en el artículo anterior. ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 250 DIGITAL
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DE-2022-RES-249 19/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 19 de mayo de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0015716/2022, donde obra el pedido de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en un cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por la docente Ana María Jorgelina REPETTO, a partir 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que corre agregado el Formulario Nº 17 de la Circular Nº 39/2015 de Gestión de Personal de la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica.
Que obra anexa la Declaración Jurada Electrónica de los cargos, funciones y pasividades de la agente.
Que el trámite cuenta con la conformidad de la Dirección General de Personal del Rectorado. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la Ordenanza Nº 32/2016-R, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- DAR POR CONCEDIDA la licencia sin goce de haberes por incompatibilidad, para desempeñarse en un cargo o funciones de mayor jerarquía, sin estabilidad, del siguiente Personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE Apellido y REPETTO, Ana María Jorgelina Nombres Documento Único: 20.357.448 CUIL o CUIT 27-20357448-2 Legajo 23.803
2. TÉRMINO DE LA LICENCIA POR INCOMPATIBILIDAD Desde UNO (1) de enero de 2021 Hasta (*) TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021 (*) Podrá consignarse: mientras dure su situación de incompatibilidad
3. Tipo de incompatibilidad (*) 1) Por exceso de acumulación de cargos X 2) Por superposición horaria (*) Marcar con una X lo que corresponda.
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RESOLUCIÓN Nº 249 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
4. Disposiciones Aplicables (*) Artículo 49º Punto II inciso a) apartado 1. a) Anexo II del Decreto Nacional Nº 1246/2015 Ordenanza Nº 28/2000-CS Ordenanza Nº 12/2000-R- (Ord. 71/1989-CS. de corresponder) (*) Detallar según el escalafón que corresponde al cargo donde se solicita la licencia
El/los cargo/s donde se solicita la licencia por incompatibilidad: CARGO NÚMERO 1º 1.1. Descripción del Cargo: Denominación del PROFESOR ADJUNTO Cargo (*) Dedicación (**) EXCLUSIVA Carácter (***) EFECTIVO Nº de Resolución de 703/2007 – CS designación (*) Es importante recordar que en aquellos casos de revistar en distintos cargos y en distintas Unidades Académicas, deberá impulsarse las tramitaciones individuales respectivas en cada una de ellas. (**) (Simple, semiexclusiva o exclusiva) (***) (Efectivo, interino, reemplazante, suplente o contratado)
1.2. Término de la última designación Desde VEINTE (20) de diciembre de 2007 Hasta (*) ----------------------------------(*) Sólo en el caso que el carácter de la designación fuese: interino, reemplazante, suplente o contratado
1.3. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*) 1) Didáctica de la Matemática I (*) Si no encuadra en ninguna de estas clasificaciones consigne la función que cumple.
1.4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE EDUCACIÓN Subdependencia (*) Departamento de Matemática (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
CARGO DE MAYOR JERAQUIA QUE PRODUCE INCOMPATIBILIDAD
1. Descripción del Cargo de Mayor Jerarquía que produjo incompatibilidad: Denominación del CargoPROFESOR TITULAR Dedicación EXCLUSIVA Carácter INTERINO Nº de Resolución de 298/2020 – CD designación
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RESOLUCIÓN Nº 249 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
2. Término de la designación Desde UNO (1) de enero de 2021 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021
3. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*) 1) Didáctica de la Matemática I (*) Si no encuadra en ninguna de estas calificaciones consigne la función que cumple.
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE EDUCACIÓN Subdependencia (*) Departamento de Matemática (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
5. Tipo de Organismo estatal donde pertenece el cargo que produjo la incompatibilidad (*) Organismo público centralizado o descentralizado nacional X Organismo público centralizado o descentralizado regional Organismo público centralizado o descentralizado provincial Organismo público centralizado o descentralizado municipal Organismo internacional de naturaleza bilateral en el que participe el Estado Nacional en carácter de representante de este Organismo internacional de naturaleza multilateral en el que participe el Estado Nacional en carácter de representante de este Escuelas privadas incorporadas a la enseñanza oficial (*) Marcar con una X lo que corresponda
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
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AR Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
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DE-2022-RES-248 17/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 17 de mayo de 2022.
VISTO El EXP_E-CUY:0010050/2022, por el cual se tramita la justificación de inasistencias, sin goce de haberes, por razones particulares a favor de la Prof. Ivana Amarilis CARRIZO PEÑAS, y CONSIDERANDO:
Que dicha licencia se solicita desde el 4 de abril hasta el 31 de mayo de 2022, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva de carácter interino, con funciones en la Facultad de Educación, según Resolución Nº 800/2021-CD.
Que corre agregado el Formulario Nº 20 de la Circular Nº 39/2015 de Gestión de Personal de la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica.
Que obra anexa la declaración jurada electrónica de los cargos, funciones y pasividades de la docente.
Que lo solicitado encuadra en el Artículo 49 Punto II –inciso b)- del Decreto Nacional Nº 1246/2015, el que, en su parte pertinente, dice: “El docente que cuente con dos (2) años de antigüedad ininterrumpida en la Institución Universitaria Nacional en el período inmediato anterior a la fecha en que formule el pedido respectivo, podrá hacer uso de licencia por razones particulares por treinta (30) días por año de servicio. Podrán ser utilizados en forma continua o fraccionada y serán acumulables hasta un máximo de seis (6) meses por vez…”.
Que el trámite cuenta con la conformidad de la Dirección General de Personal del Rectorado. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la Ordenanza Nº 32/2016-R, complementada por la Ordenanza Nº 4/2022-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1- Justificar sin goce de haberes por razones particulares las inasistencias de los días CUATRO (4) de abril hasta el TREINTA Y UNO (31) de mayo de 2022, a Ivana Amarilis CARRIZO PEÑAS (DNI Nº 30.536.618 - Legajo Nº 28.326), en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva de carácter interino, con funciones en la Facultad de Educación, conforme a lo establecido por el Artículo 49 Punto II –inciso b)- del Decreto Nacional Nº 1246/2015. ARTICULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo JLV RESOLUCIÓN AR RESOLUCIÓN Nº 248 DIGITAL
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DE-2022-RES-246 17/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 17 de mayo de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0013046/2022, donde la estudiante Gabriela RUSSO solicita equivalencia entre materias cursadas y aprobadas en la Licenciatura en Terapia del Lenguaje (Ordenanza 34/2012-CS) y las correspondientes al Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora (Ordenanza Nº 30/2012-CS), ambos de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante la Ordenanza Nº 7/2013-CD de la Facultad de Educación.
Que no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que, igualmente, es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Gabriela RUSSO (DNI Nº 38.909.657) de acuerdo con el siguiente detalle: -Pedagogía por -Pedagogía -Didáctica y Currículum Por -Didáctica y Currículum -Alfabetización digital por -Alfabetización digital -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro y Expresión Corporal Teatro y Expresión Corporal -Lectura y Escritura en la Universidad por -Lectura y Escritura en la Universidad -Psicología del Desarrollo por -Psicología del Desarrollo -Anatomoneurofisiología por -Anatomoneurofisiología -Lengua por -Lengua -Psicología de la Educación y la Salud por -Psicología Educacional -Gestión de la Información y Redes Sociales por -Gestión de la Información y Redes Sociales -Pedagogía Terapéutica en el Adulto en por -Pedagogía Terapéutica en el Adulto en Discapacidad Cognitiva y/o Motora Discapacidad Cognitiva y/o Motora -Psicolingüística General por -Psicolingüística General -Psicolingüística del Desarrollo -Pedagogía Especial por -Pedagogía Especial -Psicomotricidad por -Psicomotricidad -Literatura para Niños, Jóvenes y Adultos por -Literatura para Niños, Jóvenes y Adultos
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
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DE-2022-RES-245 17/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 17 de mayo de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0013086/2022, donde la estudiante Carla Margarita BARONE, solicita equivalencia entre materias cursadas y aprobadas en el Profesorado de Grado Universitario en Educación General Básica para el Primer y Segundo Ciclo (Ordenanza Nº 10/97-CS) y las correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Primaria (Ordenanza Nº 5/12-CS), ambas carreras de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante las Ordenanzas Nº 7/2013-CD de la Facultad de Educación.
Que por ello no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Carla Margarita BARONE (DNI Nº 27.596.397) de acuerdo con el siguiente detalle: -Antropología Filosófica por -Antropología Filosófica -Psicología Evolutiva por -Psicología del Desarrollo -Pedagogía por -Pedagogía -Comunicación Lingüística I por -Lengua -Psicología Educacional por -Psicología Educacional -Educación Artística: Plástica por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, -Educación Artística: Música Teatro y Expresión Corporal -Educación Artística: Expresión Corporal -Teoría y Desarrollo del Currículo por -Didáctica y Currículum -Sociología de la Educación por -Sociología de la Educación -Comunicación Lingüística II por -Lectura y Escritura en la Universidad -Educación Física y su didáctica por -Juego y Educación -Ciencias Sociales por -Didáctica de las Ciencias Sociales I -Didáctica de las Ciencias Sociales - Didáctica de las Ciencias Sociales II -Taller de Integración y Profundización cultural por Contextos, Sujetos y Subjetividades -Ciencias Sociales por - Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana.
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RESOLUCIÓN Nº 245 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
-Tecnología de la Información y de las por -Gestión de la Información y Redes Sociales Comunicaciones -Tecnología Digital Educativa en las Prácticas Escolares -Alfabetización Digital -Tecnología Digital y Educación -Matemática por -Didáctica de la Matemática I. -Didáctica de la Matemática - Didáctica de la Matemática II.
- Didáctica de la Matemática III
-Ciencias Naturales por -Didáctica de las Ciencias Naturales I -Didáctica de las Ciencias Naturales - Didáctica de las Ciencias Naturales II -Formación Ética y Ciudadana y su Didáctica por -Formación Ética y Ciudadana y su Didáctica -Didáctica de la Lectura y la Escritura por -Didáctica de la Lectura y la Escritura -Didáctica de la Lengua por -Didáctica de la Lengua
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana AR Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 245 DIGITAL
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DE-2022-RES-244 17/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 17 de mayo de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY: 0007918/2022, donde obra el pedido de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en un cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por la docente Ana María Jorgelina REPETTO, a partir del 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que corre agregado el Formulario Nº 17 de la Circular Nº 39/2015 de Gestión de Personal de la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica.
Que obra anexa la Declaración Jurada Electrónica de los cargos, funciones y pasividades de la agente.
Que el trámite cuenta con la conformidad de la Dirección General de Personal del Rectorado. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la Ordenanza Nº 32/2016-R, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER la licencia sin goce de haberes por incompatibilidad, para desempeñarse en un cargo o funciones de mayor jerarquía, sin estabilidad, del siguiente Personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE Apellido y REPETTO, Ana María Jorgelina Nombres Documento Único: 20.357.448 CUIL o CUIT 27-20357448-2 Legajo 23.803
2. TÉRMINO DE LA LICENCIA POR INCOMPATIBILIDAD Desde UNO (1) de enero de 2022 Hasta (*) TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022 (*) Podrá consignarse: mientras dure su situación de incompatibilidad
3. Tipo de incompatibilidad (*) 1) Por exceso de acumulación de cargos X 2) Por superposición horaria (*) Marcar con una X lo que corresponda.
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LG
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RESOLUCIÓN Nº 244 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
4. Disposiciones Aplicables (*) Artículo 49º Punto II inciso a) apartado 1. a) Anexo II del Decreto Nacional Nº 1246/2015 Ordenanza Nº 28/2000-CS Ordenanza Nº 12/2000-R- (Ord. 71/1989-R. de corresponder) (*) Detallar según el escalafón que corresponde al cargo donde se solicita la licencia
El/los cargo/s donde se solicita la licencia por incompatibilidad: CARGO NÚMERO 1º 1.1. Descripción del Cargo: Denominación del PROFESOR ADJUNTO Cargo (*) Dedicación (**) EXCLUSIVA Carácter (***) EFECTIVO Nº de Resolución de 703/2007 – CS designación (*) Es importante recordar que en aquellos casos de revistar en distintos cargos y en distintas Unidades Académicas, deberá impulsarse las tramitaciones individuales respectivas en cada una de ellas. (**) (Simple, semiexclusiva o exclusiva) (***) (Efectivo, interino, reemplazante, suplente o contratado)
1.2. Término de la última designación Desde VEINTE (20) de diciembre de 2007 Hasta (*) ----------------------------------(*) Sólo en el caso que el carácter de la designación fuese: interino, reemplazante, suplente o contratado
1.3. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*) 1) Didáctica de la Matemática I (*) Si no encuadra en ninguna de estas clasificaciones consigne la función que cumple.
1.4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE EDUCACIÓN Subdependencia (*) Departamento de Matemática (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
CARGO DE MAYOR JERAQUIA QUE PRODUCE INCOMPATIBILIDAD
1. Descripción del Cargo de Mayor Jerarquía que produjo incompatibilidad: Denominación del CargoPROFESOR TITULAR Dedicación EXCLUSIVA Carácter INTERINO Nº de Resolución de 800/2021–CD designación
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RESOLUCIÓN Nº 244 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
2. Término de la designación Desde UNO (1) de enero de 2022 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022
3. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*) 1) Didáctica de la Matemática I (*) Si no encuadra en ninguna de estas calificaciones consigne la función que cumple.
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE EDUCACIÓN Subdependencia (*) Departamento de Matemática (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
5. Tipo de Organismo estatal donde pertenece el cargo que produjo la incompatibilidad (*) Organismo público centralizado o descentralizado nacional X Organismo público centralizado o descentralizado regional Organismo público centralizado o descentralizado provincial Organismo público centralizado o descentralizado municipal Organismo internacional de naturaleza bilateral en el que participe el Estado Nacional en carácter de representante de este Organismo internacional de naturaleza multilateral en el que participe el Estado Nacional en carácter de representante de este Escuelas privadas incorporadas a la enseñanza oficial (*) Marcar con una X lo que corresponda
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG
AR Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 244 DIGITAL
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DE-2022-RES-243 17/05/2022 (Carga: 20/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 17 de mayo de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0004438/2021 y la Resolución Nº 10/2022-CD, ratificada por Resolución Nº 464 /2021-CS, y
CONSIDERANDO:
Que la docente Adriana HERMOSO renuncia a intervenir como miembro titular de la Comisión Asesora que entenderá en la sustanciación del concurso convocado mediante la Resolución N° 10/2022-CD, ratificada por Resolución Nº 464/2021-CS.
Que ante dicha circunstancia resultan aplicables los artículos 20 y 21 de la Ordenanza Nº 23/2010-CS relativos a recusaciones y excusaciones.
Que, en consecuencia, resulta procedente en este supuesto designar como miembro titular a la Máster Vicenta Rosa GIUNTA, quien figura como miembro suplente de la Comisión.
Por ello, y conforme lo establecido en el artículo 19º de la Ordenanza Nº 23/2010-CS,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- ACEPTAR la excusación presentada por la Mgter. Adriana HERMOSO para intervenir como miembro titular de la Comisión Asesora que entenderá en la sustanciación del concurso convocado mediante la Resolución N° 10/2022-CD, ratificada por Resolución Nº 464/2021CS. ARTÍCULO 2.- DESIGNAR a la Máster Vicenta Rosa GIUNTA como miembro titular de la Comisión Asesora que intervendrá en el concurso mencionado en el artículo anterior. ARTÍCULO 3.- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 243 DIGITAL
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