Volver CD-2016-ORD-003 - 9/03/2016
Derogar el inciso d) del Artículo 8, de la Ordenanza 037/CD-15 y reemplazarlo por el enunciado siguiente: "d) Al inicio de cada convocatoria, cada DOS (2) años, la Secretaria de Extensión a través de la Coordinación de Graduados, confeccionará los padrones de llamado a elecciones del CAPE, con los egresados de todas las carreras de la Facultad que hayan participado de alguna de las comisiones previstas en el Articulo 7 y en los términos estipulados por los incisos b y c) del Artículo 8, entregando dichos padrones a la Junta Electoral Particular que velará por el proceso y acto eleccionario."