Volver CD-2004-ORD-017 - 27/09/2004
La designación de Abanderados y Escoltas portadores de la Bandera Nacional y la Bandera de la Provincia de Mendoza de la Facultad de Educación Elemental y Especial se efectuará anualmente, una vez finalizada las mesas de setiembre del año en curso, entre los alumnos que reúnan las siguientes condiciones:
a) Ser argentino.
b) Estar cursando el 4to. año de las Carreras Especiales o que estén cursando el 2do. Cuatrimestre del Ser. año en Educación General Básica.
c) Haber aprobado todas las asignaturas de 1°, 2° y 3° año de las Carreras Especiales o haber aprobado 1° y 2° año y la mitad más una (1) de las asignaturas del primer Cuatrimestre de 3er año en Educación General Básica.
d) No haber obtenido aplazos, ni tener asignaturas aprobadas por equivalencia.
e) No haber sido sancionado durante la Carrera ni tener sanciones en otra Universidad.