Digesto
|
10646 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
DE-2024-RES-415 1/08/2024 (Carga: 9/08/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 1 de agosto de 2024. VISTO: El Expediente Nro. 16707/2024, las Ordenanzas Nro. 32/2016–R, 4/2022-R y 44/2022-R, donde se tramita la baja por renuncia de Elisabeth María GONZÁLEZ en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva de carácter interino, designada por la Resolución Nro. 1/2024-CD, y CONSIDERANDO:
Que obra anexo el formulario Nro. 1 de solicitud de baja definitiva por renuncia.
Que la Dirección de Recursos Humanos anexa el Formulario Nro. 10 de la Circular Nro. 57/2018 de Gestión de Personal.
Que, en consecuencia, resulta pertinente la baja a partir del 17 de julio de 2024. Por ello, atento a lo expuesto, a lo informado por la Dirección de Recursos Humanos, habiendo tomado conocimiento el Departamento de Liquidaciones de Haberes, dependiente de la Dirección General Económica Financiera, en ejercicio de sus atribuciones,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- DAR de baja, a partir del DIECISIETE (17) de julio de 2024, la designación de Elisabeth María GONZÁLEZ (DNI Nro. 12.458.320 – Legajo Nro. 31.681) en el cargo Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva de carácter interino, efectuada por la Resolución Nro. 1/2024CD, con motivo de haber presentado la renuncia. ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AL Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 415 DIGITAL
|
Renuncias y Baja | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2024-RES-414 1/08/2024 (Carga: 9/08/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 1 de agosto de 2024. VISTO: El Expediente Nro. 17808/2024, donde obra el pedido de reconocimiento de antigüedad docente de Ana María VILLAFAÑE, dependiente de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que lo solicitado encuadra en lo dispuesto por el Artículo Nro. 36 del Decreto Nacional Nro. 1246/2015 (CCT) y Ordenanza Nro. 45/1997-CS. Por ello, atento a lo expuesto, lo informado por la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica; lo establecido por el artículo 8 de la Ordenanza Nro. 32/2016-R, modificado por el artículo 3 de la Ordenanza Nro. 4/2022-R; y en ejercicio de atribuciones delegadas,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- RECONOCER a Ana María VILLAFAÑE (DNI Nro. 26.366.615 – Legajo Nro. 35.800), una antigüedad docente de DIECINUEVE (19) años y CUATRO (4) meses al TREINTA (30) de julio de 2024, en el marco de lo establecido en el Artículo Nro. 36 del Decreto Nacional Nro. 1246/2015 (CCT) y Ordenanza Nro. 45/1997-CS. ARTÍCULO 2.- El pago del reconocimiento de antigüedad al que se hace referencia en el artículo anterior se hará efectivo de acuerdo a las especificaciones del informe técnico de la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica, según el cómputo detallado en el ANEXO que forma parte de la presente norma. ARTÍCULO 3.- El presente computo de antigüedad solo tiene efectos jurídicos para pago de adicional yvacaciones, los cuales en ningún caso producen efectos previsionales.
ARTÍCULO 4.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AL Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 414 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
-ANEXO
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AL Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 414 DIGITAL
|
Reconocimiento | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2024-RES-413 1/08/2024 (Carga: 9/08/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 1 de agosto de 2024. VISTO: El Expediente Nro. 17420/2024, donde obra el pedido de reconocimiento de antigüedad docente de María Laura PRESINKY, dependiente de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que lo solicitado encuadra en lo dispuesto por el Artículo Nro. 36 del Decreto Nacional Nro. 1246/2015 (CCT) y Ordenanza Nro. 45/1997-CS. Por ello, atento a lo expuesto, lo informado por la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica; lo establecido por el artículo 8º de la Ordenanza Nro. 32/2016-R, modificado por el artículo 3º de la Ordenanza Nro. 4/2022-R; y en ejercicio de atribuciones delegadas, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- RECONOCER a María Laura PRESINKY (DNI Nro. 36.134.917 – Legajo Nro. 35.730), una antigüedad docente de SIETE (7) años, CINCO (5) meses y OCHO (8) días al VEINTICUATRO (24) de julio de 2024, en el marco de lo establecido en el Artículo Nro. 36 del Decreto Nacional Nro. 1246/2015 (CCT) y Ordenanza Nro. 45/1997-CS. ARTÍCULO 2.- El pago del reconocimiento de antigüedad al que se hace referencia en el artículo anterior se hará efectivo de acuerdo a las especificaciones del informe técnico de la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica, según el cómputo detallado en el ANEXO que forma parte de la presente norma. ARTÍCULO 3.- El presente computo de antigüedad solo tiene efectos jurídicos para pago de adicional yvacaciones, los cuales en ningún caso producen efectos previsionales.
ARTÍCULO 4.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AL Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 413 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
-ANEXO
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AL Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 413 DIGITAL
|
Reconocimiento | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2024-RES-412 1/08/2024 (Carga: 9/08/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 1 de agosto de 2024.
VISTO: El Expediente Nro. 11296/2024 y la Resolución Nro. 393/2024-D emitida Ad Referéndum del Consejo Directivo, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nro. 290/2024-CD se designó a Romina Paola MOZZICAFREDO en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva de carácter interino, a partir del 1 de mayo hasta el 31 de diciembre de 2024.
Que mediante la Resolución Nro. 393/2024-D emitida Ad Referéndum del Consejo Directivo, se rectificó el Articulo Nro. 1 de la Resolución Nro. 290/2024-CD.
Que resulta necesario asegurar que el expediente administrativo se configure de manera ordenada y coherente, respetando el orden cronológico de las actuaciones y manteniendo los efectos de los actos ya producidos, en cumplimiento de los principios de legalidad y transparencia administrativa.
Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 7, 17 y 18 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (Ley 19.549) y el Artículo 69 del Decreto 1759/72, es procedente la revisión y derogación de los actos administrativos mencionados.
Que la Secretaria Administrativa Económica Financiera solicita que se emita una normativa que derogue la resolución citada en el visto de la presente Resolución.
POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- DEROGAR la Resolución Nro. 393/2024-D emitida Ad Referéndum del Consejo Directivo, de acuerdo a los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Comunicar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 412 DIGITAL
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-RES-439 31/07/2024 (Carga: 9/08/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 31 de julio de 2024.
VISTO: El Expediente Nro. 41471/2024, donde se tramita el llamado a concurso cerrado general de evaluación de antecedentes, presentación de plan de actividades y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 2 -Tramo Mayor- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones de Director/a de la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Administrativa de la Secretaría Administrativa Económica Financiera de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que el referido concurso se sustanciará en el marco de la Ordenanza enanza Nro. 91/2023-CS, por la cual se aprobó la “Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal no docente de la Universidad Nacional de Cuyo”, y la Circular Nro. 4/2024 del Rectorado.
Que la Dirección General Económica Financiera y la Dirección General de Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios del Rectorado, informan que existe a la fecha disponibilidad presupuestaria para dar curso a lo solicitado,
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 27 de junio de 2024, sugirió al Consejo Directivo aprobar el llamado a concurso que tramita en estas actuaciones y, en consecuencia, solicitar al Consejo Superior la autorización para su efectivización.
Por ello, teniendo en cuenta lo aprobado en sesión del 4 de julio de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- SOLICITAR al Consejo Superior la autorización para el llamado a concurso cerrado general de evaluación de antecedentes, presentación de plan de actividades y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 2 -Tramo Mayor- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones de Director/a de la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Administrativa de la Secretaría Administrativa Económica Financiera de esta Unidad Académica, de acuerdo con los términos establecidos en el ANEXO que forma parte integrante de la presente resolución.
LG ARTÍCULO 2.- Comunicar e insertar en el Libro de Resoluciones.
MJM
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 439 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
-ANEXO PEDIDO DE AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza enanza Nro. 91/2023-CS
SEÑORA RECTORA: CONT. Esther Sánchez
El presente pedido de autorización ante el Consejo Superior sobre el llamado a concurso para la cobertura de vacantes del personal de apoyo académico corresponde al siguiente detalle:
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Educación b) Unidad Organizativa: Dirección General Administrativa c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Recursos Humanos
2) Datos del concurso: a) Clase de Concurso: Cerrado General b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición y plan de actividades. 3) Agrupamiento: Administrativo
4) Tramo: Mayor
5) Categoría: DOS (2)
6) Detalles del cargo: a) Denominación del cargo: Director/a de Recursos Humanos b) Responsabilidades: Diagramar y supervisar lo vinculado con la situación de revista del personal docente y no docente y planilla de liquidación de haberes. c) Acciones i. Supervisar la actualización de legajos respecto de altas, bajas, prórrogas y cualquier otra novedad sobre la situación de revista del personal docente y no docente de la Institución. ii. Supervisar la elaboración de estadísticas sobre licencias, cargos, dedicaciones y asistencia del personal. iii. Contribuir con el quehacer de otras áreas mediante la elaboración de padrones, informes y cualquier otra actuación sobre personal que le fuera requerida. iv. Conducir y supervisar las tareas de confección de las planillas de Efectiva Prestación de servicios para la liquidación de haberes correspondiente.
7) Cantidad de cargos: UNO (1)
8) Horario de desempeño previsto: 8 a 15 hs LG
MJM
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 439 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
9) Remuneración del cargo: importe vigente a la fecha del llamado a concurso.
10) Bonificaciones especiales:
11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: La inscripción se realizará a través de un Formulario Google dispuesto a tal fin que será habilitado durante el período de inscripción. El link será informado oportunamente a través de los medios institucionales.
12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso:
Jurados Titulares
Apellido y Nombres Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa EULIARTE, Sergio 23.688 21.705.005 2 Administrativo Director de Gestión de Apoyo Mauricio Académico ILLANES, Francisco 21.538 16.767.627 2 Administrativo Director de Compras Suministros y Sergio Patrimonio. SANCHEZ, José 19.218 16.963.253 2 Administrativo Director de Deportes, Recreación yTurismo Alberto de laSecretaria de Bienestar Universitario del Rectorado
Jurados Suplentes
Apellido y Nombres Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa MOYANO, Roberto 20.211 20.357.679 2 Administrativo Director Técnica Académica Daniel BRANDONI, María 19.338 20.389.213 2 Administrativo Directora de Biblioteca Angélica BRACONI, 19.963 18.081.254 1 Administrativo Director General Económico Financiero Fernando Javier - FCM
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Título 3, “Condiciones para el ingreso y egreso”, Artículo 21 del Decreto Nacional Nro. 366/2006.
“TITULO 3 - CONDICIONES PARA EL INGRESO Y EGRESO Art. 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, LG o el término previsto para la prescripción de la pena.
MJM
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 439 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos público. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el Ordenanza en institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aún cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena.”
14) Condiciones Generales: a) Poseer título secundario o polimodal (excluyente)
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): a) Conocimientos sobre organización y funciones de las áreas involucradas. b) Conocimiento específico sobre la reglamentación vigente. c) Conocimiento específico sobre los circuitos administrativos d) Conocimiento específico sobre el Sistema informático COMDOC II y III, y SUDOCU (Sistema de Único de Documental) y SIU MAPUCHE. e) Actitudes laborales: i. Liderazgo ii. Trabajo en equipo iii. Responsabilidad para el desarrollo de tareas. iv. Iniciativa para la generación de propuestas para el mejoramiento de las áreas. v. Predisposición personal para brindar su colaboración en beneficio de la Dependencia, área o grupo de trabajo. vi. Discreción y cortesía. vii. Contribución al mantenimiento de un clima interno de respeto y armonía y a la proyección de una imagen positiva del área. viii. Predisposición para la resolución de problemas prácticos vinculados con asuntos inherentes a la función y cargo. ix. Respeto e integridad x. Flexibilidad – Adaptabilidad xi. Comunicación eficaz xii. Tolerancia a la presión xiii. Diligencia xiv. Autonomía para desarrollar las tareas asignadas xv. Cumplir con las normas de seguridad e higiene.
16) Temario general: Leyes Nacionales: 1. Ley Nro. 19.549 de Procedimiento Administrativo y Decreto Reglamentario N° 1759/1972 2. Ley Nro. 22.929 3. Ley Nro. 22.140 del Régimen jurídico básico de la Administración Pública 4. Ley Nro. 24.241 Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones LG 5. Ley Nro. 24.521 Educación Superior
MJM
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 439 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
6. Ley Nro. 24.557 sobre Riesgos del Trabajo 7. Ley Nro. 25.188 de ética en el ejercicio de la función pública 8. Ley Nro. 26.508 Creación de Universidades Nacionales 9. Ley Nro. 27.499/2018 Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado Decretos Nacionales (por número y fecha): 1. Decreto Nacional Nro. 5196/62 2. Decreto Nacional Nro. 3413/1979 3. Decreto Nacional Nro. 41/1999 Código de Ética de la Función Pública 4. Decreto Nacional Nro. 160/2005 5. Decreto Nacional Nro. 366/2006 6. Decreto Nacional Nro. 1246/2015 Convenio Colectivo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales 7. Decreto Nacional Nro. 336/2017 Lineamientos para la redacción y producción de documentos administrativos Estatuto Universitario Ordenanzas (por autoridad y cronológicamente): Consejo Superior (CS): 1. Ordenanza 17/1979-CS 2. Ordenanza 28/2000-CS 3. Ordenanza 69/2009-CS Estructura Orgánico-Funcional de la Facultad de Educación 4. Ordenanza 82/2009-CS 5. Ordenanza 30/2016-CS 6. Ordenanza 30/2020-CS 7. Ordenanza 91/2023-CS Régimen de Concursos del Personal de Apoyo Académico Rectorado (R): 1. Ordenanza 5/1981 R 2. Ordenanza 06/2006 R 3. Ordenanza 08/2008 R 4. Ordenanza 28/2018 R 5. Ordenanza 29/2018 R 6. Ordenanza 46/2018 R 7. Ordenanza 31/2021 R Circulares (cronológicamente): LG 1. Circular 43/2016 MJM
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 439 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
2. Circular 54/2018 3. Circular 55/2018 4. Circular 57/2018 Manuales y otros documentos: Manual de Usuario Sistemas informáticos: COMDOC II y III, SIU SUDOCU y SIU MAPUCHE
LG
MJM
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 439 DIGITAL
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2024-RES-438 31/07/2024 (Carga: 9/08/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 31 de julio de 2024.
VISTO: El Expediente Nro. 14312/2023 y 17927/2024, donde se tramita el llamado a concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Secretaría Privada del Decanato y en la Secretaría del Consejo Directivo de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que el referido concurso se sustanciará en el marco de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, por la cual se aprobó la “Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal no docente de la Universidad Nacional de Cuyo”, y la Circular Nro. 4/2024 del Rectorado.
Que la Dirección General Económica Financiera y la Dirección General de Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios del Rectorado, informan que existe a la fecha disponibilidad presupuestaria para dar curso a lo solicitado,
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 27 de junio de 2024, sugirió al Consejo Directivo aprobar el llamado a concurso que tramita en estas actuaciones y, en consecuencia, solicitar al Consejo Superior la autorización para su efectivización.
Por ello, teniendo en cuenta lo aprobado en sesión del 4 de julio de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- SOLICITAR al Consejo Superior la autorización para el llamado a concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Secretaría Privada del Decanato y en la Secretaría del Consejo Directivo de esta Unidad Académica, de acuerdo con los términos establecidos en el ANEXO que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Comunicar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 438 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
-ANEXO PEDIDO DE AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nro. 91/2023-CS
SEÑORA RECTORA: CONT. Esther Sánchez
El presente pedido de autorización ante el Consejo Superior sobre el llamado a concurso para la cobertura de vacantes del personal de apoyo académico corresponde al siguiente detalle:
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Educación b) Unidad Organizativa: Decanato c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Secretaría Privada del Decanato y en la Secretaría del Consejo Directivo
2) Datos del concurso: a) Clase de concurso: Abierto b) Metodología de evaluación: Antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición
3) Agrupamiento: Administrativo
4) Tramo: Inicial
5) Categoría: SIETE (7)
6) Detalles del cargo: a) Responsabilidades y Acciones Atención al público en general. Disponer los medios adecuados para la mejor y rápida atención de la agenda de Decanato y Vicedecanato: notas, tramitación de pasajes, hospedaje, viáticos, etc. Sistemas universitarios de documentación (COMDOC - SIU SUDOCU) Elaborar notas e informes a requerimiento de las autoridades Organizar funciones, tareas y prioridades de temas en Consejo Directivo, Decanato y Vicedecanato. Recibir los temas ingresados al Consejo Directivo, asesorar y recibir directivas del Decanato respecto del temario a tratar. Elaborar y ordenar las actas y dictámenes tratados en el Consejo Directivo de la Facultad. Notificar a los consejeros sobre las reuniones de comisiones y sesiones ordinarias y extraordinarias, garantizando el quórum necesario para las sesiones de las mismas. Informar previamente a los consejeros sobre el temario a tratar, facilitando la documentación que se solicite. JLV Llevar el control de asistencia de los Consejeros Directivos. LG
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 438 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
Elaborar dictámenes con revisión previa del Decanato, y derivarlos a las áreas correspondientes. Elaborar actas y entregarlas a la autoridad máxima de la facultad y consejeros para su revisión y aprobación. Transferir las actas para su publicación. Citar a los consejeros a sesión del Consejo Directivo y a las reuniones de las comisiones asesoras. Redactar las actas de las sesiones del Consejo, ponerlas a consideración para su corrección y darlas a publicidad una vez aprobadas. Llevar registro de la asistencia de los consejeros; recibir y dar cuenta -al iniciarse cada sesiónde las comunicaciones de inasistencias a los efectos previstos en este reglamento. Computar y verificar el resultado de las votaciones y anunciar en cada caso su resultado, indicando los votos en pro y en contra. Compilar las actas y versiones resultado de las grabaciones al término de cada período de sesiones para su archivo. Clasificar los asuntos destinados a cada comisión y auxiliar a sus miembros en su tarea. Llevar el archivo ordenado de todos los dictámenes de comisiones. Preparar y distribuir las citaciones a los consejeros. El orden del día de cada sesión, será distribuido a consejeros titulares y suplentes. Preparar /o presentar la documentación solicitada por los consejeros en reunión de comisión proporcionando los apoyos necesarios para asegurar la participación en igualdad de oportunidades de todos los consejeros miembros del cuerpo. Custodiar y entregar la documentación que requieran los consejeros, en horarios destinados a trabajos especiales, en relación con el tratamiento de asuntos previstos en el trabajo en comisión y en plenaria de Consejo Directivo. Facilitar el acceso en formato digital u otro medio electrónico de las normativas vigentes para el desempeño de las funciones como consejeros/as.
7) Cantidad de cargos: UNO (1)
8) Horario de desempeño previsto: Lunes a Viernes 8 a 15 horas. Excepto Jueves de 15 a 22 horas
9) Remuneración del cargo: importe vigente a la fecha del llamado a concurso.
10) Bonificaciones especiales:
11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: La inscripción se realizará a través de un Formulario Google dispuesto a tal fin que será habilitado durante el período de inscripción. El link será informado oportunamente a través de los medios institucionales.
12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso:
JLV
LG
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 438 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
Jurados Titulares
Apellido y Nombres Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa VELIZ, José Luis 28.116 23.387.083 3 Administrativo A cargo de la Dirección de Despacho de la Dirección General Administrativa MOLL, Gabriela 25.570 24.705.572 3 Administrativo A cargo de la Dirección de Gestión Alejandra de Apoyo Académico GALLO, Lucas 33.824 34.041.058 7 Administrativo A cargo del Departamento de Martín Redacción y Control Operativo de la Dirección de Despacho
Jurados Suplentes
Apellido y Nombres Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa CRUZ, María Laura 28.055 27.740.407 3 Administrativo A cargo de la Dirección de Recursos Humanos BRACONI, Franco 29.024 32.571.785 3 Administrativo Jefe del Depto. de Administración y Javier Mantenimiento de Recursos Tecnológicos SANTI, Lucas 29.624 34.284.435 6 Administrativo A cargo del Departamento de Matías Apoyo Administrativo a las actividades docentes de la Dirección de Gestión de Apoyo Académico
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Título 3, “Condiciones para el ingreso y egreso”, Artículo 21 del Decreto Nacional Nro. 366/2006.
“TITULO 3 - CONDICIONES PARA EL INGRESO Y EGRESO Art. 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos público. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional JLV o en la Administración pública nacional, provincial o municipal.
LG
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 438 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el Ordenanza en institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aún cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena.
Para los concursos de ingreso en el tramo inicial e intermedio cualquiera sea el agrupamiento el mínimo nivel de estudio que se exigirá como requisito de inscripción será el título secundario. En los casos que el perfil del cargo a cubrir se requieren particulares condiciones de idoneidad y quede vacante el concurso podrá la paritaria exceptuarlo de este requisito, en el concurso posterior”
14) Condiciones Generales: a) Poseer título secundario o polimodal (excluyente)
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): a) Conocimientos sobre organización y funciones de las áreas involucradas. b) Conocimiento específico sobre la reglamentación vigente. c) Conocimiento específico sobre los circuitos administrativos d) Conocimiento específico sobre el Sistema informático COMDOC II y III, y SUDOCU (Sistema de Único de Documental). e) Actitudes laborales: i. Liderazgo ii. Trabajo en equipo iii. Responsabilidad para el desarrollo de tareas. iv. Iniciativa para la generación de propuestas para el mejoramiento de las áreas. v. Predisposición personal para brindar su colaboración en beneficio de la Dependencia, área o grupo de trabajo. vi. Discreción y cortesía. vii. Contribución al mantenimiento de un clima interno de respeto y armonía y a la proyección de una imagen positiva del área. viii. Predisposición para la resolución de problemas prácticos vinculados con asuntos inherentes a la función y cargo. ix. Respeto e integridad x. Flexibilidad – Adaptabilidad xi. Comunicación eficaz xii. Tolerancia a la presión xiii. Diligencia xiv. Autonomía para desarrollar las tareas asignadas xv. Cumplir con las normas de seguridad e higiene.
16) Temario general:
Constitución Nacional Constitución Nacional de la República Argentina Leyes Nacionales Ley Número 19.549 - Procedimiento Administrativo
JLV Ley Número 22.140 - Régimen Jurídico Básico de la Administración Pública
LG
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 438 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
Ley Número 24.557 - Prevención de Riesgos del Trabajo Ley Número 25.188 - Ética en el Ejercicio de la Función Pública Ley Número 27.499 de 2018 - Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para Todas las Personas que Integran los Tres Poderes del Estado Decretos Nacionales Decreto Nacional Número 1759 de 1972 - Reglamentario de la Ley de Procedimiento Administrativo Decreto Nacional Número 366 de 2006 - Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales Decreto Nacional Número 41 de 1999 - Código de Ética de la Función Pública Decreto Nacional Número 336 de 2017 - Lineamientos para la Redacción y Producción de Documentos Administrativos Decreto Nacional Número 639 de 2002 - Régimen de Adscripciones de la Administración Pública Decreto Nacional Número 1246 de 2015 - Convenio Colectivo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales Ordenanzas y Reglamentos Universitarios Estatuto Universitario - Estatuto Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo Ordenanza Número 96 de 2004 - Estructura Orgánico Funcional del Rectorado Modificatorias: Ordenanza Número 66 de 2006 del Consejo Superior, Ordenanza Número 18 de 2008 del Consejo Superior, Resolución Número 606 de 2012 del Consejo Superior, Ordenanza Número 55 de 2014 del Consejo Superior, Ordenanza Número 34 de 2015 del Consejo Superior, Ordenanza Número 58 de 2015 del Consejo Superior, Ordenanza Número 43 de 2016 del Consejo Superior, Ordenanza Número 47 de 2016 del Consejo Superior, Ordenanza Número 128 de 2017 del Consejo Superior, Ordenanza Número 52 de 2018 del Consejo Superior, Ordenanza Número 53 de 2018 del Consejo Superior, Ordenanza Número 9 de 2019 del Rectorado, Ordenanza Número 14 de 2021 del Consejo Superior. Ordenanza Número 48 de 2004 del Consejo Superior - Régimen de Jubilación del Personal Docente y No Docente de la Universidad Nacional de Cuyo Ordenanza Número 28 de 2000 del Consejo Superior - Dedicaciones Docentes, Tipos, Cumplimiento, Sanciones Ordenanza Número 45 de 2016 del Consejo Superior y Ordenanza Número 05 de 2016 del Consejo Directivo Ordenanza Número 69 de 2009 del Consejo Superior - Estructura Orgánico-Funcional de la Facultad de Educación Ordenanza Número 016 de 2015 del Consejo Directivo - Reglamento del Consejo Directivo Circular Número 40 de 2015 del Rectorado Manual de Usuario Sistema Informático COMDOC I, II y III y Sistema Único JLV
LG
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 438 DIGITAL
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2024-RES-411 31/07/2024 (Carga: 9/08/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 31 de julio de 2024. VISTO: El Expediente Nro. 17421/2024, donde obra el pedido de reconocimiento de antigüedad docente de María Florencia GALARZA, dependiente de la Facultad de Educación, y
CONSIDERANDO:
Que lo solicitado encuadra en lo dispuesto por el Artículo Nro. 36 del Decreto Nacional Nro. 1246/15 (CCT) y Ordenanza Nro. 45/1997-CS. Por ello, atento a lo expuesto, lo informado por la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica; lo establecido por el artículo 8 de la Ordenanza Nro. 32/2016-R, modificado por el artículo 3 de la Ordenanza Nro. 4/2022-R; y en ejercicio de atribuciones delegadas,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- RECONOCER a María Florencia GALARZA (DNI Nro. 30.536.083 – Legajo Nro. 34.220), una antigüedad docente de DOCE (12) años, SIETE (7) meses y ONCE (11) días al VEINTICUATRO (24) de julio de 2024, en el marco de lo establecido en el Artículo Nro. 36 del Decreto Nacional Nro. 1246/2015 (CCT) y Ordenanza Nro. 45/1997-CS. ARTÍCULO 2.- El pago del reconocimiento de antigüedad al que se hace referencia en el artículo anterior se hará efectivo de acuerdo a las especificaciones del informe técnico de la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica, según el cómputo detallado en el ANEXO que forma parte de la presente norma. ARTÍCULO 3.- El presente computo de antigüedad solo tiene efectos jurídicos para pago de adicional yvacaciones, los cuales en ningún caso producen efectos previsionales.
ARTÍCULO 4.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 411 DIGITAL
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
-ANEXO
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 411 DIGITAL
|
Reconocimiento | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||