Digesto
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10646 Normativas
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DE-2022-RES-061 23/02/2022 (Carga: 27/04/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 23 de febrero de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0034449/2021 y la Resolución Nº 1/2022-D, y
CONSIDERANDO:
Que la Directora General Económica Financiera advierte inconsistencias y errores materiales de transcripción en la resolución citada en el VISTO, por lo cual solicita su modificación.
Que en relación a la agente Claudia Carmen BERTOLO se le otorgó los adicionales por Mayor Dedicación y Carácter Crítico de la Función mediante la Resolución Nº 786/2021-D por lo cual debería ser eliminada del Anexo II de la misma.
Que, además, en el Anexo I donde dice “OLIVARES, Sonia” debe decir “OLIVAREZ, Sonia” y en el Anexo III donde dice “OLICARES, Sonia” debe decir “OLIVAREZ, Sonia”.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- SUPRIMIR del Anexo II de la Resolución Nº 1/2022-D a la agente Claudia Carmen BERTOLO, por el motivo expuesto en el considerando. ARTÍCULO 2.- RECTIFICAR el Anexo I de la Resolución Nº 1/2022-D donde dice “OLIVARES, Sonia” debe decir “OLIVAREZ, Sonia” y el Anexo III de la misma norma, donde dice “OLICARES, Sonia” debe decir “OLIVAREZ, Sonia”.
ARTÍCULO 3.- La presente resolución, que se emite en formato digital, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades en soporte papel.
ARTÍCULO 4.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
CAL Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI JLV Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 61 DIGITAL
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DE-2022-RES-060 23/02/2022 (Carga: 27/04/2022) |
► 2022 “Las Malvinas son argentinas”
MENDOZA, 23 de febrero de 2022.
VISTO: El EXP-CUY: 0000028/2022, donde la Licenciada Mariela Fernanda CARMONA (D.N.I Nº 28.627.567), egresada de esta Facultad, solicita la expedición de su diploma en virtud de haber cumplido con todas las exigencias del plan de estudios aprobado mediante Ordenanza Nº 06/2001-C.D., Ordenanza Nº 16/2001-C.S. y Resolución Ministerial Nº 64/2002, y
CONSIDERANDO:
Que, en fs. 10, Dirección de Alumnos informa que se han cumplimentado todas las exigencias del plan de estudios aprobado mediante Ordenanza Nº 06/2001-C.D., Ordenanza Nº 16/2001-C.S. y Resolución Ministerial Nº 64/2002.
Que se verifica en las presentes actuaciones la constancia de pago del arancel establecido por Ordenanza N° 99/2018-C.S.
POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E:
ARTICULO 1.- EXPEDIR a nombre de Mariela Fernanda CARMONA (D.N.I Nº 28.627.567), egresada de esta Facultad, el diploma de “Licenciada en Creatividad Educativa”.
ARTÍCULO 2.- Notifíquese, comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación MJM Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN Nº 60
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DE-2022-RES-059 22/02/2022 (Carga: 27/04/2022) |
► 2022 “Las Malvinas son argentinas”
Mendoza, 22 de febrero de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY: 0001773/2022, por el cual donde se tramita el otorgamiento de la Licencia Anual Ordinaria no gozada a favor de la Mgter. María Cristina GÓMEZ, y
CONSIDERANDO:
Que, Dirección de Recursos Humanos informa que la Magter. GÓMEZ por razones de enfermedad no gozo de la Licencia Anual Ordinaria correspondiente al año 2021 quedando a su favor 45 días.
Que, de acuerdo al Decreto Nacional 1246/2015 en el inciso a) establece el término de la licencia correspondiente: ”El término de esta licencia será fijado de acuerdo a la antigüedad que registra el docente al 31 de diciembre del año al que le corresponda el beneficio y de acuerdo con la siguiente escala: 1 - Hasta quince (15) años de antigüedad: treinta (30) días corridos, que coincidirán con el período de receso estival anual que establezca cada Institución Universitaria Nacional 2 - Más de quince (15) años de antigüedad: cuarenta y cinco (45) días corridos. En este caso la licencia podrá ser fraccionada en dos períodos, de los cuales el primero coincidirá con el período de receso estival anual establecido por la Institución Universitaria, no pudiendo ser menor a treinta (30) días corridos. El resto de la licencia anual ordinaria, el docente la tomará de acuerdo a su planificación anual y de modo de no afectar el normal desenvolvimiento de la actividad académica. “
Que, respecto a las postergaciones, esta solicitud se encuadra en el Decreto Nacional 1246/15 Capitulo VII Art 45 Inc. e) “Postergación o suspensión de licencias: El docente que se viere impedido, total o parcialmente, de gozar de la licencia anual ordinaria en razón de tener que iniciar licencias por afecciones o lesiones de largo tratamiento, accidente de trabajo, enfermedad profesional, maternidad/adopción/parental, matrimonio, licencias por afecciones o lesión de corto tratamiento de más de cinco (5) días, fallecimiento de familiar, atención de hijos menores, atención de enfermos en el grupo familiar, nacimiento/tenencia con fines de adopción o razones de servicio, deberá hacer uso de la misma a partir del momento en que cese la causal que impidió o suspendió el goce.”
Que, por lo expresado anteriormente la Dirección de Recursos Humanaos sugiere aceptar lo solicitado, salvo mejor criterio de la superioridad, concediendo la licencia anual ordinaria a la Mgter. GÓMEZ, desde el 01 de febrero hasta el 18 de febrero de 2022, inclusive, quedando a disposición de la docente 27 días que deberán ser gozados en el presente año.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER 18 días de Licencia Anual Ordinaria 2021 no gozadas, a la Mgter. María Cristina GÓMEZ (D.N.I. 17.257.210 – Legajo 18.884), a partir del 01 de febrero y hasta el 18 de febrero de 2022.
CAL Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación MJM Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN Nº 059
► 2022 “Las Malvinas son argentinas”
ARTÍCULO 2.- La presente resolución, que se emite en formato digital en el contexto de emergencia provocado por la pandemia del Coronavirus, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades en soporte papel.
ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
CAL Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación MJM Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN Nº 059
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 22 de febrero de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0002728/2022, donde se tramita la renuncia del agente Adrián Matías RODRÍGUEZ al adicional por Mayor Dedicación, y
CONSIDERANDO:
Que por el ANEXO de la Resolución Nº 2/2022-D se le otorgó el adicional por Mayor Dedicación, de quince (15) horas semanales, desde el UNO (1) de enero de 2022 y hasta el TREINTA Y UNO (31) de agosto de 2022, con el correspondiente adicional por Carácter Crítico de la función por el mismo período de tiempo dispuesto por la Resolución Nº 1/2022-D.
Que el agente presenta la renuncia al adicional por Mayor Dedicación a partir del UNO (1) de marzo de 2022.
Que resulta necesario proceder a la aceptación de la renuncia y limitar el adicional por Carácter Crítico de la función. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- ACEPTAR, a partir del UNO (1) de marzo de 2022, la renuncia presentada por el agente Adrián Matías RODRÍGUEZ (DNI Nº 31.288.257 – Legajo Nº 31.541) al adicional por Mayor Dedicación de QUINCE (15) horas semanales, otorgado en el ANEXO de la Resolución Nº 2/2022-D. ARTÍCULO 2.- LIMITAR, a partir del UNO (1) de marzo de 2022, el adicional por Carácter Crítico de la función otorgado al agente en el ANEXO II de la Resolución Nº 1/2022-D, en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior. ARTÍCULO 3.- La presente resolución, que se emite en formato digital en el contexto de emergencia provocado por la pandemia del Coronavirus, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades en soporte papel. ARTÍCULO 4.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
CAL Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 58 DIGITAL
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 22 de febrero de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0001251/2022, donde se tramita la adjudicación de CUATRO (4) becas de prestación de servicios para actividades académicas destinadas a egresados/as para desempeñarse en los módulos virtuales y/o presenciales del Ingreso 2022 de la Facultad de Educación, en el marco de la Ordenanza Nº 41/2016–CS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 579/2021-D se autorizó la convocatoria a estudiantes y egresados/as con el fin de adjudicar DOCE (12) becas de prestación de servicios para actividades académicas a desempeñarse en los módulos virtuales y/o presenciales del Ingreso 2022 de esta Unidad Académica.
Que, reunidos los antecedentes de las/os postulantes, el Comité de Selección labró acta con el orden de mérito.
Que, los fines de otorgar claridad y precisión en las actuaciones, se decidió diferenciar entre las categorías de estudiantes y egresados/as.
Que la Dirección General Económico Financiera incorpora informe presupuestario.
Que cada una de las becarias percibirá, en concepto monto estímulo, un total de DOCE MIL PESOS ($ 12.000,00.-), pagadero en dos (2) pagos mensuales y consecutivos de SEIS MIL PESOS ($ 6.000,00.-). POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- APROBAR la actuación del Comité de Selección y el orden de mérito propuesto a continuación como resultado de la convocatoria aprobada por Resolución Nº 579/2021-D:
ARTÍCULO 2.- ADJUDICAR CUATRO (4) Becas de prestación de servicios para actividades académicas a las/os egresadas/os que a continuación se detallan, en el marco de la Ordenanza Nº 41/2016–CS:
1. GOUIRIC, José Oscar Orlando DNI Nº 30.551.439 2. GUAQUINCHAY, Noelia Silvana DNI Nº 34.353.347 3. ITALIANO, Michela Luz DNI Nº 39.241.421 4. PUY TELLO, Lourdes Macarena DNI Nº 37.486.731 CAL Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 57 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
ARTÍCULO 3.- El monto estímulo que percibirá cada una/o de las/os beneficiadas/os será de DOCE MIL PESOS ($ 12.000,00.-), pagadero en dos (2) pagos mensuales y consecutivos de SEIS MIL PESOS ($ 6.000,00.-).
ARTÍCULO 4.- El gasto que demande la ejecución de las becas se imputará a la siguiente Red Presupuestaria: R.1100.044.013.000.16.03.01.00.03.00.5.1.0.0000.1.21.3.4…………….$48.000 Dependencia 044 Unidad 013 Programa 03 Subprograma 01 Actividad 03
ARTÍCULO 5.- La presente resolución, que se emite en formato digital en el contexto de emergencia provocado por la pandemia del Coronavirus, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades en soporte papel.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
CAL Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 57 DIGITAL
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DE-2022-RES-056 22/02/2022 (Carga: 27/04/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 22 de febrero de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0001253/2022, donde se tramita la adjudicación de OCHO (8) becas de prestación de servicios para actividades académicas destinadas a estudiantes para desempeñarse en los módulos virtuales y/o presenciales del Ingreso 2022 de la Facultad de Educación, en el marco de la Ordenanza Nº 41/2016–CS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 579/2021-D se autorizó la convocatoria a estudiantes y egresados/as con el fin de adjudicar DOCE (12) becas de prestación de servicios para actividades académicas a desempeñarse en los módulos virtuales y/o presenciales del Ingreso 2022 de esta Unidad Académica.
Que, reunidos los antecedentes de las/os postulantes, el Comité de Selección labró acta con el orden de mérito.
Que, los fines de otorgar claridad y precisión en las actuaciones, se decidió diferenciar entre las categorías de estudiantes y egresados/as.
Que la Dirección General Económico Financiera incorpora informe presupuestario.
Que cada una de las becarias percibirá, en concepto monto estímulo, un total de DOCE MIL PESOS ($ 12.000,00.-), pagadero en dos (2) pagos mensuales y consecutivos de SEIS MIL PESOS ($ 6.000,00.-). POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- APROBAR la actuación del Comité de Selección y el orden de mérito propuesto a continuación como resultado de la convocatoria aprobada por Resolución Nº 579/2021-D:
ARTÍCULO 2.- ADJUDICAR OCHO (8) Becas de prestación de servicios para actividades académicas a las/os estudiantes que a continuación se detallan, en el marco de la Ordenanza Nº 41/2016–CS: CAL Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 56 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
1. NICOSIA, Donata Lucila Rosario DNI Nº 42.010.836 2. PRESINKY, María Laura DNI Nº 36.134.917 3. BAEZ ISLA, Daniela Ailín DNI Nº 40.907.753 4. MESÍAS, Florencia Yanina DNI Nº 35.547.219 5. GELVEZ, Franco Emmanuel DNI Nº 37.137.925 6. FUSCO, Macarena Alejandra DNI Nº 37.965.487 7. LUNELLO, Andrea Alexandra DNI Nº 35.665.275 8. GARCÍA VILLEGAS, Manuela Rocío DNI Nº 39.531.528
ARTÍCULO 3.- El monto estímulo que percibirá cada una/o de las/os beneficiadas/os será de DOCE MIL PESOS ($ 12.000,00.-), pagadero en dos (2) pagos mensuales y consecutivos de SEIS MIL PESOS ($ 6.000,00.-).
ARTÍCULO 4.- El gasto que demande la ejecución de las becas se imputará a la siguiente Red Presupuestaria: R.1100.044.013.000.16.03.01.00.03.00.5.1.0.0000.1.21.3.4…………….$96.000 Dependencia 044 Unidad 013 Programa 03 Subprograma 01 Actividad 03
ARTÍCULO 5.- La presente resolución, que se emite en formato digital en el contexto de emergencia provocado por la pandemia del Coronavirus, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades en soporte papel.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
CAL Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 56 DIGITAL
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DE-2022-RES-055 21/02/2022 (Carga: 27/04/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 21 de febrero de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0018330/2021, la Resoluciones Nros. 677/2021-CD y 31/2022-D, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución citada en el visto el Consejo Directivo aprobó el concurso convocado por Resolución Nº 446/2021-CD y designó a la docente Guadalupe Soledad DÍAZ (DNI Nº 37.613.675) en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple de carácter interino desde la efectiva prestación de servicios hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2021.
Que a través de la Resolución Nº 31/2022 la Decana estableció el QUINCE (15) de febrero de 2022 como fecha de inicio de la efectiva prestación de servicios de la docente designada.
Que, debido a ello, corresponde realizar la designación interina de la docente en el cargo mencionado desde el QUINCE (15) de febrero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022.
POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN AD-REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- DESIGNAR al siguiente Personal Docente Universitario:
1. Datos Personales de la Docente designada Apellido y DÍAZ, GUADALUPE SOLEDAD Nombres Documento 37.613.675 Único: CUIL o CUIT 27-37613675-8 Legajo n°
El cargo de la presente designación responde al siguiente detalle: 2. Descripción del Cargo: Denominación del JEFE DE TRABAJOS PRÁCTICOS Cargo Dedicación (*) SIMPLE Carácter (**) INTERINO
3. Término de la designación Desde el (*) QUINCE (15) de febrero de 2022 Hasta el (*) TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022
CAL Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 55 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE EDUCACIÓN Subdependencia (*) DEPARTAMENTO DE CIENCIAS DEL LENGUAJE
5. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): 1) Didáctica de la Lengua 2) 3)
ARTÍCULO 3.- El/los espacio/s curricular/res mencionado en el ARTÍCULO 2 (cuadro 5) pertenecen a:
Códigos (*) Descripción (*)
(*) Para cumplimentar los datos el Área Académica se debe consultar la “Tabla de Disciplina, Subdisciplina y Especialidad” elaborada por el Ministerio de Educación, Ciencias y Tecnología (Secretaría de Políticas Universitarias).
ARTÍCULO 4.- El/los espacio/s curricular/es mencionados en el ARTÍCULO 2 forma parte del Plan de Estudios del/los siguientes Títulos (Carreras) que a continuación se detallan:
Lista de Títulos (o lista de Carreras) Código de Descripción de la Carrera (Nombre o Título de la misma) Participación Carrera/s Porcentual Profesorado Universitario de Educación Primaria 100%
Porcentaje total 100%
ARTÍCULO 5.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente Categoría Programática: Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen Fuente de Programa Sub- Proyecto Activi- Obra Finalidad Función Participación Apartado -dencia Financiam. programa dad Porcentual 13 11 46 03 00 99 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
ARTÍCULO 6.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la Clasificación por Objeto del Gasto y Código de Cargos que a continuación se detalla:
CAL Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 55 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 46 Facultad de Educación Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1.1 Personal Permanente Partida Parcial 1.1.1 Retribución que hace al cargo Escalafón 799-814 Personal docente- JTP DEDICACIÓN SIMPLE
ARTÍCULO 7.- La docente designada deberá presentar la “Declaración jurada digital de cargos, funciones y pasividades” en la Dirección de Recursos Humanos, en un plazo no mayor a quince (15) días de notificada de esta norma.
ARTÍCULO 8.- La presente resolución, que se emite en formato digital en el contexto de emergencia provocado por la pandemia del Coronavirus, será reproducida con el mismo número y firmada oportunamente por las autoridades en soporte papel.
ARTÍCULO 9.- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
CAL Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 55 DIGITAL
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