Digesto
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10635 Normativas
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DE-2025-RES-070 18/02/2025 (Carga: 6/03/2025) |
► 2025
MENDOZA, 18 de febrero de 2025. VISTO: El Expediente Nro. 380/2025, donde el docente José Adrián PROFILI solicita licencia sin goce de haberes por razones particulares, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado docente revista en un cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva de carácter efectivo, designado por Resolución Nro. 478/2014-CS.
Que corre agregado el Formulario Nro. 20 de la Circular Nro. 39/2015 de Gestión de Personal de la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica.
Que obra anexa la declaración jurada electrónica de los cargos, funciones y pasividades del docente.
Que lo solicitado encuadra en el Artículo Nro. 49 Punto II –inciso b)- del Decreto Nacional Nro. 1246/2015, el que, en su parte pertinente, dice: “El docente que cuente con dos (2) años de antigüedad ininterrumpida en la Institución Universitaria Nacional en el período inmediato anterior a la fecha en que formule el pedido respectivo, podrá hacer uso de licencia por razones particulares por treinta (30) días por año de servicio. Podrán ser utilizados en forma continua o fraccionada y serán acumulables hasta un máximo de seis (6) meses por vez…”.
Que el trámite cuenta con la conformidad de la Dirección General de Personal del Rectorado. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la Ordenanza Nro. 32/2016-R, complementada por la Ordenanza Nro. 4/2022-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Conceder licencia, sin goce de haberes por razones particulares, desde el DIEZ (10) de febrero hasta el TREINTA Y UNO (31) de marzo de 2025, a José Adrián PROFILI (DNI Nro. 25.356.637 - Legajo Nro. 27.300), en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva de carácter efectivo, designado por Resolución Nro. 478/2014-CS, conforme a lo establecido por el Artículo 49 Punto II –inciso b)- del Decreto Nacional Nº 1246/2015. ARTICULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Administrativo Decana Económico Financiero Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 18.02.2025 15:07:48 Fecha y hora: 18.02.2025 11:10:50
70 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
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CD-2025-RES-023 18/02/2025 (Carga: 12/03/2025) |
► 2025
MENDOZA, 18 de febrero de 2025.
VISTO: El Expediente Nro. 43965/2024, donde se tramita la designación interina de Cecilia Verónica BOERR en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025, para el dictado del espacio curricular: Problemática Psicosocial de las Personas con Discapacidad, correspondiente al Departamento de Ciencias de la Salud de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que corre agregado el informe de la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica donde se detalla la descripción del título (carreras) disciplinas, subdisciplinas y especialidades respecto al plan de estudios en el que se ubica el espacio curricular a cargo de la docente.
Que la Secretaría Académica avala la continuidad de la designación hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta la sustanciación del concurso correspondiente.
Que la Dirección General Económico Financiera ha emitido el informe presupuestario pertinente.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en su reunión del 12 de diciembre de 2024, sugirió al Consejo Directivo la designación interina de Cecilia Verónica BOERR en el cargo indicado.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 34, inc. 4) del Estatuto Universitario, y teniendo en cuenta lo aprobado en sesión del 12 de diciembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Prorrogar la designación, con carácter interino, de Cecilia Verónica BOERR (DNI Nro. 23.283.087 – Legajo Nro. 31.963) en un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple, desde el UNO (1) de enero hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2025, para el dictado del espacio curricular: Problemática Psicosocial de las Personas con Discapacidad, correspondiente al Departamento de Ciencias de la Salud de esta Unidad Académica.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande la presente medida será imputado a la siguiente red presupuestaria: Depend. o Subdepe Fuente de Programa Sub- Proyecto Activi- Obra Finalidad Función Participación Apartado n Financia program dad Porcentual -dencia m. a 13 11 46 03 00 99 00 3 4 100%
23 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
Total, de la distribución programática 100%
El gasto se imputará según la clasificación por objeto del gasto y código de cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 13 Facultad de Educación Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 799-813 Personal docente – Jefe de Trabajo Prácticos-Simple
ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Administrativo Decana Económico Financiero Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 18.02.2025 15:08:13 Fecha y hora: 18.02.2025 13:12:07
23 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
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Designaciones | Mostrar 1 ![]() |
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DE-2025-RES-069 17/02/2025 (Carga: 6/03/2025) |
► 2025
MENDOZA, 17 de febrero de 2025.
VISTO:
El Expediente Nro. 29261/2024, y la Resolución Nro. 547/2024-D emitida ad referéndum del Consejo Directivo, y
CONSIDERANDO:
Que, por medio de la resolución mencionada en el visto, se otorgó al estudiante Jacinto Esteban VILLALOBOS ÁLVAREZ, del Profesorado Universitario de Educación Primaria, la extensión de carrera hasta el UNO (1) de octubre de 2026.
Que, según lo informado por la Dirección de Apoyo Académico, el estudiante únicamente debía rendir el examen global de reincorporación, sin que fuera necesaria la extensión de carrera.
Que, en virtud de lo expuesto, se torna necesario dejar sin efecto la resolución citada en el visto, fechada el 14 de octubre de 2024. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Derogar la Resolución Nro. 547/2024-D emitida ad referéndum del Consejo Directivo, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Comunicar e insertar en el Libro de Resoluciones.
Esp. María Gabriela GRIFFOULIERE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretaria Académica Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 17.02.2025 12:11:37 Fecha y hora: 17.02.2025 15:17:12
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 69 DIGITAL
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Académicas y Readmisión y/o Extensión de Carrera | Mostrar 1 ![]() |
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DE-2025-RES-068 17/02/2025 (Carga: 6/03/2025) |
► 2025
MENDOZA, 17 de febrero de 2025. VISTO:
El Expediente Nro. 645/2025, donde la estudiante Ana Paula MORGANI solicita la equivalencia entre espacios curriculares cursados y aprobados en la Licenciatura en Terapia del Lenguaje (Ordenanza Nro. 34/2012-CS) y los espacios curriculares correspondientes al Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación Discapacidad Motora (Ordenanza Nro. 30/2012-CS), y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas mediante la Ordenanza Nro. 7/2013-CD.
Que no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que, igualmente, es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Conceder la equivalencia de estudios a Ana Paula MORGANI (DNI Nro. 39.081.571) de acuerdo con el siguiente detalle: -Antropología Filosófica por -Antropología Filosófica -Psicología de la Educación y la Salud por -Psicología Educacional -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro y Expresión Corporal Teatro y Expresión Corporal -Alfabetización Digital por -Alfabetización Digital -Didáctica y Currículum por -Didáctica y Currículum -Gestión de la Información y Redes Sociales por -Gestión de la Información y Redes Sociales -Literatura para niños, jóvenes y adultos por -Literatura para niños, jóvenes y adultos -Historia y Geografía Argentina y por -Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana Latinoamericana -Psicología del Desarrollo por -Psicología del Desarrollo -Pedagogía por -Pedagogía -Lectura y Escritura en la Universidad por -Lectura y Escritura en la Universidad -Anatomoneurofisiología por -Anatomoneurofisiología -Neuropsicopatología por -Neuropsicopatología -Psicología de los Trastornos del Desarrollo por -Psicología de los Trastornos del Desarrollo -Lengua por -Lengua -Psicomotricidad por -Psicomotricidad -Neuropsicología Cognitiva por -Neuropsicología -Atención Temprana por -Atención Temprana
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
Esp. María Gabriela GRIFFOULIERE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretaria Académica Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 17.02.2025 12:11:37 Fecha y hora: 17.02.2025 15:17:05
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 68 DIGITAL
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Académicas y Equivalencias | Mostrar 1 ![]() |
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DE-2025-RES-067 17/02/2025 (Carga: 6/03/2025) |
► 2025
MENDOZA, 17 de febrero de 2025. VISTO: El Expediente Nro. 44788/2024, donde obra el pedido de solicitud de pago del adicional por título de posgrado presentado por el docente Mauricio Germán IGLESIAS, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo Nro. 38 del Decreto Nacional Nro. 1246/2015 prevé el pago del adicional por título de posgrado para aquellos/as docentes que posean el título de Especialista, Magíster o Doctor.
Que el segundo párrafo de la norma establece que la acumulación de títulos no dará lugar a la acumulación de los porcentajes previstos para este adicional.
Que, además, dispone que el pago del adicional se efectúe a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de las certificaciones respectivas.
Que corre agregado el informe favorable de Secretaría de Investigación, Internacionales y Posgrado del Rectorado.
Que obra informe de la Dirección de Recursos Humanos.
Que conforme al Artículo Nro. 6 de la Ordenanza Nro. 43/2022-R, se entenderá como la fecha de presentación de las certificaciones respectivas, a la fecha del inicio del expediente electrónico que diera lugar a la solicitud del pago del “adicional por título de posgrado”.
Que, en el caso concreto, corresponde que el adicional sea otorgado a partir 1 de enero de 2025, teniendo en cuenta que la presentación de la solicitud está fechada el 20 de diciembre de 2024.
Por ello, y en uso de atribuciones delegadas por el Artículo Nro. 7 de la Ordenanza Nro. 43/2022-R, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Otorgar, a partir del UNO (1) de enero de 2025, el adicional por título de posgrado de Magíster, conforme a los términos establecidos por el Artículo Nro. 38 del Decreto Nacional Nro. 1246/2015, al siguiente personal docente universitario:
1. Datos Personales del docente Apellido y IGLESIAS, Mauricio Germán Nombres DNI 32.352.626 CUIL o CUIT 20-32352626-6 Legajo N° 31.783
67 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
Los cargos donde se solicita el presente adicional corresponden al siguiente detalle:
CARGO NÚMERO 1:
2. Descripción del cargo Denominación del JEFE DE TRABAJOS PRÁCTICOS cargo Dedicación (*) SIMPLE Carácter (**) EFECTIVO Nro. de Resolución de 52/2022-CD designación (*) simple, semiexclusiva o exclusiva (**) (efectivo, interino, reemplazante, suplente o contratado)
3. Espacio/s curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*) 1) Planificación Socioeducativa (*) Si no encuadra en ninguna de estas clasificaciones consigne la función que cumple.
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad Facultad de Educación Su dependencia (*) Departamento de Didáctica (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc. (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
ARTÍCULO 2.- Los datos del título de posgrado corresponden al siguiente detalle:
Datos del Título de Posgrado del presente adicional Descripción del MÁSTER EN DESARROLLO EMPRENDEDOR E INNOVACIÓN Título de educación Entidad otorgante UNIVERSIDAD DE SALAMANDA Fecha de emisión del TRECE (13) de junio de 2024 titulo Número de resolución 4801/2024/006411 Ministerial
ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Administrativo Decana Económico Financiero Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 17.02.2025 15:17:13 Fecha y hora: 17.02.2025 11:45:12
67 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
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DE-2025-RES-066 17/02/2025 (Carga: 6/03/2025) |
► 2025
MENDOZA, 17 de febrero de 2025.
VISTO: El Expediente Nro. 1694/2025, donde la Profesora Solange Ailén BELOMO GONZALEZ (DNI Nro. 45.137.605), egresada de esta Facultad, solicita la expedición de su diploma en virtud de haber cumplido con todas las exigencias del plan de estudios aprobado mediante Ordenanza Nro. 1/2012-CD, Ordenanza Nro. 5/2012-CS y Resolución Ministerial Nro. 1219/2013, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Alumnos informa que se han cumplimentado todas las exigencias del plan de estudios aprobado mediante Ordenanza Nro. 1/2012-CD, Ordenanza Nro. 5/2012-CS y Resolución Ministerial Nro. 1219/2013.
Que se verifica en las presentes actuaciones la constancia de pago del arancel establecido por Ordenanza Nro. 99/2018-CS y la Circular Nro. 1/2024-R.
POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E:
ARTICULO 1.- Expedir a nombre de Solange Ailén BELOMO GONZALEZ (DNI Nro. 45.137.605), egresada de esta Facultad, el diploma de “Profesora Universitaria de Educación Primaria”.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
Esp. María Gabriela GRIFFOULIERE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretaria Académica Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 17.02.2025 12:11:31 Fecha y hora: 17.02.2025 15:17:12
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 66 DIGITAL
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CD-2025-RES-022 17/02/2025 (Carga: 12/03/2025) |
► 2025
MENDOZA, 17 de febrero de 2025. VISTO: El Expediente Nro. 41508/2024, donde obran las actuaciones relacionadas con el concurso cerrado interno de evaluación de antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición y propuesta de mejora, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 5 -Tramo Intermediodel Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en el Departamento de Registraciones y Documentación de la Dirección de Alumnos, dependiente de la Secretaria Académica de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que el concurso se efectúa en el marco de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, por la cual se aprobó la "Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo".
Que la Dirección de Recursos Humanos informa las fechas de publicación e inscripción.
POR ELLO,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Convocar a concurso cerrado interno de evaluación de antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición y propuesta de mejora, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 5 -Tramo Intermedio - del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en el Departamento de Registraciones y Documentación de la Dirección de Alumnos, dependiente de la Secretaria Académica de esta Unidad Académica, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Difundir el presente llamado a concurso en el periodo comprendido entre el VEINTISIETE (27) de febrero y el CATORCE (14) de marzo de 2025, en el marco de lo establecido en el Artículo 7 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 3.- Publicar la convocatoria a concurso, en caso de corresponder y conforme a lo estipulado en el Artículo 7º del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, en al menos un diario (digital o impreso) de circulación en la zona, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8º del mencionado Anexo.
ARTÍCULO 4.- Fijar como periodo de inscripción el plazo de CINCO (5) días hábiles, comprendido entre las 8:00 horas del DIECISIETE (17) de marzo y las 23:55 horas del VEINTIUNO (21) de marzo de 2025. Durante este período, quienes deseen inscribirse deberán completar su solicitud mediante el siguiente Formulario de Google: https://forms.gle/snPbuVxFk4f6aNE5A
22 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
ARTÍCULO 5.- Los aspirantes deberán anexar en la solicitud de inscripción su curriculum vitae y carpeta de probanzas en forma digital, con carácter de declaración jurada. No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción (Articulo 9 - Anexo I Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 6.- Establecer que la fecha de la prueba de oposición y la entrevista personal, a la que se hace referencia en la presente resolución, será determinada por la Comisión Asesora y comunicada fehacientemente al domicilio electrónico constituido por los aspirantes.
ARTÍCULO 7.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto a lo detallado en el Anexo de esta resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 8.- Establecer que, previo a darse a publicidad, la Dirección de Recursos Humanos deberá remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, siempre mediante el respectivo trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la UNCUYO, en virtud de lo establecido en el Artículo 8°penúltimo párrafo del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 9.- Convocar, mediante notificación fehaciente que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, a la Asociación de Trabajadores Universitarios No docentes de la Universidad Nacional de Cuyo (A.T.U.N.Cu), Inscripción Gremial Nro. 3163, otorgada por Resolución Nro. 1024 con legajo Nro. 10124, a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante, a través del correo electrónico atuncuyo@gmail.com.
ARTÍCULO 10.- Disponer que todas las actas que se realicen como consecuencia del proceso del concurso deberán ser notificadas en el domicilio electrónico constituido a tal efecto (Artículo 9-Anexo I- Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 11.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente concurso a través del correo institucional del Departamento de Concursos No Docentes de la Dirección de Recursos Humanos (concursosnodocentes@fed.uncu.edu.ar) o mediante la página web www.uncu.edu.ar (https://www.uncuyo.edu.ar/concursos/apoyo_academico).
ARTÍCULO 12.- A los efectos de las notificaciones que deban cursarse en el marco del presente trámite concursal deberán tenerse en cuenta las pautas previstas en el Decreto Nro. 1759/1972 (T.O. Decreto Nro. 894/2017), reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, y lo establecido en el Artículo Nro. 5 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 26/2020-CS que aprobó el texto ordenado del Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica (SI N.E.) en todo el ámbito de la gestión administrativa de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 13.- Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Administrativo Decana Económico Financiero Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 17.02.2025 16:37:29 Fecha y hora: 17.02.2025 16:39:37
22 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
-ANEXO AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nro. 91/2023 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Educación b) Unidad Organizativa: Dirección de Alumnos c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Departamento de Registraciones y Documentación
2) Datos del concurso: a) Clase de Concurso: Cerrado interno b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición y propuesta de mejora
3) Agrupamiento: Administrativo
4) Tramo: Intermedio
5) Categoría: CINCO (5)
6) Detalles del cargo: -Los datos de los apartados a), b) y c), sólo deberán completarse si el cargo a cubrir se encuentra previsto en la estructura orgánico – funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior. -Los datos del apartado d) corresponden a todos los cargos que no se encuentren previstos en la estructura orgánica - funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior.
d) Funciones Específicas: Apoyo académico en el Departamento de Registraciones y Documentación de la Dirección de Alumnos • Brindar atención y asistencia a estudiantes, docentes y público en general, resolviendo consultas y brindando información clara y precisa. • Orientar a los estudiantes en los trámites de readmisión, extensiones de carrera, cambios de planes de estudio y modificaciones en horarios de cursado, asegurando un proceso ágil y eficiente en cada gestión. • Participar activamente en las etapas de admisión e inscripción de aspirantes al ingreso, brindando asistencia operativa y técnica conforme a las pautas establecidas para asegurar una correcta inscripción.
22 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
• Realizar tareas de asesoramiento a estudiantes en relación a regularidad, cursadas, equivalencias y exámenes. • Asistir en la gestión y cumplimiento del calendario académico. • Colaborar en la actualización de registros académicos (papel y digital) • Colaborar con la actualización de información en los sistemas de gestión universitaria SIUSUDOCU y SIU-GUARANI, cumpliendo con los protocolos y procedimientos establecidos para la administración de datos estudiantiles.
7) Cantidad de cargos: UNO (1)
8) Horario de desempeño previsto: 14 a 21 horas
9) Remuneración del cargo: Importe vigente a la fecha del llamado a concurso
10) Bonificaciones especiales: Las que correspondan según la normativa vigente.
11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: La inscripción se realizará mediante un Formulario Google habilitado para tal fin durante el período de inscripción, de acuerdo con las instrucciones detalladas en la resolución correspondiente a la convocatoria.
12) Nombres de los integrantes del Jurado del concurso:
Jurados Titulares
Funciones que Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento ocupa DAMIANI, Héctor A cargo de 22.926 17.257.020 3 Administrativo Dirección de Guillermo Alumnos Director de EULIARTE, Sergio 23.688 21.705.005 2 Administrativo Gestión Mauricio Académica A cargo del YANZÓN, José departamento de 29.015 26.983.340 4 Administrativo Alberto Registraciones y Documentación
Jurados Suplentes
Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Funciones que ocupa A cargo de la MOLL, Gabriela Dirección de 25.570 24.705.572 3 Administrativo Alejandra Gestión de Apoyo Académico MOYANO, Roberto 20.211 20.357.679 2 Administrativo Director Técnico
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Daniel Académico Jefe del PENÍN TORANZO, Departamento de Renzo Nicolás del 30.393 33.440.347 3 Administrativo Concursos del Valle Personal No Docente
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones para el Ingreso y Egreso”, artículo 21º del Decreto Nacional Nro. 366/2006.
“TITULO 3 - CONDICIONES PARA EL INGRESO Y EGRESO Art. 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena”.
Además, el Artículo 4° de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS establece que regirán para el ingreso las siguientes pautas: a) Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad. b) A los fines de la acreditación de la aptitud psicofísica para el ejercicio de la función a la cual se aspira a ingresar, solo se dará curso a las designaciones una vez que el servicio médico que la Universidad determine haya expedido la certificación correspondiente.
14) Condiciones Generales:
● Título secundario o polimodal completo (excluyente)
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante):
1. Formación académica mínima: • No se requiere formación superior, pero se valorará formación adicional relacionada con administración o gestión pública.
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2. Experiencia laboral:
• Se valorará positivamente experiencia en funciones administrativas básicas, atención al público, manejo de documentación, o actividades relacionadas, pero no es un requisito excluyente.
3. Conocimientos técnicos básicos:
• Manejo básico de herramientas informáticas (Word, Excel, correo electrónico, etc.).
4. Competencias personales y habilidades:
Competencias personales:
• Supervisión directa: Capacidad para supervisar y orientar al personal del tramo inicial. • Colaboración técnica: Habilidad para brindar apoyo especializado a superiores. • Comunicación efectiva: Aptitud para transmitir información clara a diferentes niveles. • Organización del trabajo: Competencia para estructurar y distribuir tareas. • Resolución de problemas: Capacidad para abordar y resolver problemas operativos. • Trabajo en equipo: Habilidad para fomentar la colaboración y el trabajo conjunto. • Atención al detalle: Competencia para asegurar la precisión en las tareas realizadas. • Gestión del tiempo: Capacidad para priorizar y gestionar eficientemente las tareas.
Habilidades blandas:
• Comunicación asertiva y transmisión clara de información • Gestión del tiempo y priorización de actividades • Paciencia y tolerancia ante situaciones desafiantes • Proactividad e iniciativa para la mejora continua • Habilidades de mentoring y desarrollo de colaboradores
16) Temario General:
1) Constitución Nacional
2) Leyes Nacionales: • Ley 19.549 Ley Nacional y reglamentación de Procedimientos Administrativos. • Ley 22.140 Régimen jurídico básico de la Administración Pública • Ley 25.188 Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública
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• Ley 27.499 Ley Micaela de Capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado
3) Decretos Nacionales: • Decreto Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 1759/1972 • Decreto Nacional N° 41/1999 Código de Ética de la Función Publica • Decreto Nacional N° 366/2006 Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones. Universitarias Nacionales • Decreto Nacional N° 336/2017 Lineamientos para la redacción y producción de documentos administrativos
4) Estatuto Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo
5) Ordenanzas del Consejo Superior y Rectorado • Ordenanza N° 69/2009-CS Estructura orgánico-funcional de la Facultad de Educación • Ordenanza N° 24/2007-CS Aprobar las condiciones para ser considerado alumno de UNCU y las normas sobre el rendimiento académico de los alumnos, conforme con lo establecido en el Art. 50 de la Ley de Educación Superior Nro. 24.521 • Ordenanza N° 45/2016-CS Modifica los artículos 11, 12 y 13 del Anexo I de la Ordenanza N° 24/2007-CS, referente a las condiciones para ser considerado alumno de la UNCUYO y las normas sobre rendimiento académico, e incluye el Art. 13 bis. • Ordenanza N° 21/2021-CS Establece las condiciones básicas de Ingreso a las carreras de grado y pregrado de la Universidad Nacional de CUYO Universidad Nacional de Cuyo • Ordenanza N° 46/1995-CS Ingreso para aspirantes mayores de 25 años con el nivel secundario incompleto, requerimientos.
6) Ordenanzas y resoluciones del Consejo Directivo • Ordenanza N° 5/2016-CD Condición de Estudiante de la Facultad de Educación Elemental y Especial y Características de los espacios curriculares. • Ordenanza N° 3/2020-CD Reglamento de Régimen de Promoción • Ordenanza N° 8/2020-CD Sistema de Otorgamiento de Crédito dentro de las unidades curriculares electivas • Ordenanza N° 8/2021-CD Designación de Abanderados y Escoltas de la Facultad de Educación • Resolución N° 228/2024-CD Condiciones Básicas de ingreso a la Facultad de Educación. 7) Manuales y otros: • Manual de usuario Sistema informático SIU-SUDOCU y COMDOC III
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