Digesto
|
10635 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
CD-2025-RES-017 14/02/2025 (Carga: 24/02/2025) |
► 2025
MENDOZA, 14 de febrero de 2025. VISTO: El Expediente Nro. 18793/2024, donde se tramita el llamado a concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que el concurso se efectúa en el marco de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, por la cual se aprobó la "Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo".
Que la Dirección de Recursos Humanos informa las fechas de publicación e inscripción.
POR ELLO,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÌCULO 1.- Convocar a CONCURSO ABIERTO de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Unidad Académica, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo de la presente resolución. ARTÍCULO 2.- Difundir el presente llamado a concurso en el periodo comprendido entre el VEINTE (20) de marzo de 2025 y el CUATRO (4) de abril de 2025, en el marco de lo establecido en el Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 3.- Publicar, en al menos un diario (digital o papel) de circulación de la zona, la presente convocatoria a concurso, especificándose los datos mínimos establecidos en el Título V “Del llamado a concurso – Publicidad” del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 4.- Fijar como periodo de inscripción el plazo de CINCO (5) días hábiles, comprendido entre las 8:00 horas del SIETE (7) de abril y las 23:55 horas del ONCE (11) de abril de 2025. Durante este período, quienes deseen inscribirse deberán completar su solicitud mediante el siguiente Formulario de Google: https://forms.gle/2rrcLDUNj7jqRCwSA
ARTÍCULO 5.- Los aspirantes deberán anexar en la solicitud de inscripción su curriculum vitae, carpeta de probanzas en forma digital, con carácter de declaración jurada. No se admitirá
17 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción (Articulo 9 - Anexo I Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 6.- Establecer que la fecha de la prueba de oposición y la entrevista personal, a la que se hace referencia en la presente resolución, será determinada por la Comisión Asesora y comunicada fehacientemente al domicilio electrónico constituido por los aspirantes.
ARTÍCULO 7.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto a lo detallado en el Anexo de esta resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 8.- Remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, como así también copia de constancia del envió de un correo electrónico con archivo adjunto de la resolución en formato editable, a la dirección rrhh@uncu.edu.ar, a fin| de difundirlo en la página web de la Universidad (Artículo 8 del Anexo 1 de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 9.- Convocar, mediante notificación fehaciente que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, a la Asociación de Trabajadores Universitarios No docentes de la Universidad Nacional de Cuyo (A.T.U.N.Cu), Inscripción Gremial Nro. 3163, otorgada por Resolución Nro. 1024 con legajo Nro. 10124, a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante, a través del correo electrónico atuncuyo@gmail.com.
ARTÍCULO 10.- Disponer que todas las Actas que se realicen como consecuencia del proceso del concurso deberán ser notificadas en el domicilio electrónico constituido a tal efecto (Artículo 9-Anexo I- Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 11.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente concurso a través del correo institucional de la Dirección de Recursos Humanos (concursosnodocentes@fed.uncu.edu.ar) o mediante la página web www.uncu.edu.ar (https://www.uncuyo.edu.ar/concursos/apoyo_academico).
ARTÍCULO 12.- A los efectos de las notificaciones que deban cursarse en el marco del presente trámite concursal deberán tenerse en cuenta las pautas previstas en el Decreto Nro. 1759/1972 (T.O. Decreto Nro. 894/2017), reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, y lo establecido en el Artículo Nro. 5 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 26/2020-CS que aprobó el texto ordenado del Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica (SI N.E.) en todo el ámbito de la gestión administrativa de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 13.- Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Administrativo Decana Económico Financiero Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 14.02.2025 15:16:25 Fecha y hora: 14.02.2025 10:01:03
17 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
-ANEXO LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nro. 91/2023 – Consejo Superior
1) Dependencia de la vacante:
a) Unidad Académica: Facultad de Educación b) Unidad Organizativa: Dirección General Administrativa c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Recursos Humanos
2) Datos del Concurso:
a) Clase de Concurso: Abierto b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición.
3) Agrupamiento: Administrativo.
4) Tramo: Inicial
5) Categoría: SIETE (7)
6) Detalles del Cargo:
-Los datos de los apartados a), b) y c), sólo deberán completarse si el cargo a cubrir se encuentra previsto en la estructura orgánico – funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior.
-Los datos del apartado d) corresponden a todos los cargos que no se encuentren previstos en la estructura orgánico – funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior.
d) Funciones específicas:
Apoyo académico en la Dirección de Recursos Humanos
17 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
Atención al público en general. Utilización de los sistemas universitarios, control de trámites, expedientes provenientes del Rectorado, diferentes unidades académicas, instituciones externas y áreas, direcciones y secretarías de la FED. Elaborar notas e informes a requerimiento de las autoridades. Asesorar y confeccionar informes sobre control de actividades. Asesorar y confeccionar informes sobre trámites generales respectivos al área: reconocimientos de antigüedad docente y no docente, solicitud de pago del adicional por título de posgrado, indicación de las fechas de efectiva prestación de servicios. Control, seguimiento y producción de informes de licencias del personal. Control de declaraciones juradas electrónicas y elaboración de informes de situaciones de incompatibilidades. Mantener actualizado el sistema de marcación horaria - GIP. Conocer y asesorar sobre procedimientos relacionados a las Aseguradores de Riesgos del Trabajo (ART). Cargas de datos personales en el sistema SIU MAPUCHE. Carga, transferencia y búsqueda de documentación en el sistema SIU SUDOCU.
7) Cantidad de Cargos: UNO (1).
8) Horario de desempeño previsto: 14 a 21 hs.
9) Remuneración del cargo: Importe vigente a la fecha del llamado a concurso.
10) Bonificaciones especiales: Las que correspondan según la normativa vigente.
11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: La inscripción se realizará mediante un Formulario Google habilitado para tal fin durante el período de inscripción, de acuerdo con las instrucciones detalladas en la resolución correspondiente a la convocatoria.
12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso:
17 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
Jurados Titulares Nº de Nº Apellido y Nombre Categoría Agrupamiento Funciones que ocupa legajo Documento CRUZ, María A cargo de la Dirección 28.055 27.740.407 3 Administrativo Laura de Recursos Humanos PENÍN TORANZO, Jefe del Departamento Renzo Nicolás del 30.393 33.440.347 3 Administrativo de Concursos del Valle Personal No Docente Director General GALLO, Lucas 33.824 34.041.058 1 Administrativo Administrativo Martín
Jurados Suplentes
Nº de Apellido y Nombre Nº Documento Categoría Agrupamiento Funciones que ocupa legajo A cargo del BERTOLO, Departamento de 27.408 20.709.371 3 Administrativo Claudia Carmen Liquidación de Haberes Apoyo académico en MOYANO, Luis 29.012 25.874.385 7 Administrativo la Dirección General Fernando Económica Financiera SORIA Apoyo académico en GALVARRO 31.213 19.039.114 7 Administrativo la Dirección de CRUZ, Soren Alumnos Dilthey
13) Requisitos:
Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones para el Ingreso y Egreso”, artículo 21º del Decreto Nacional Nro. 366/2006. “TITULO 3 - CONDICIONES PARA EL INGRESO Y EGRESO Art. 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos.
17 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena”.
Además, el Artículo 4° de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS establece que regirán para el ingreso las siguientes pautas: a) Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad. b) A los fines de la acreditación de la aptitud psicofísica para el ejercicio de la función a la cual se aspira a ingresar, solo se dará curso a las designaciones una vez que el servicio médico que la Universidad determine haya expedido la certificación correspondiente.
14) Condiciones Generales:
• Título secundario o polimodal completo (excluyente)
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante):
1. Formación académica mínima:
• No se requiere formación superior, pero se valorará formación adicional relacionada con administración o gestión pública.
2. Experiencia laboral:
• Se valorará positivamente experiencia en funciones administrativas básicas, atención al público, manejo de documentación, o actividades relacionadas, pero no es un requisito excluyente.
3. Conocimientos técnicos básicos:
17 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
• Manejo básico de herramientas informáticas (Word, Excel, correo electrónico, etc.). • Conocimientos generales sobre Sistemas Informáticos- COMDOC y SUDOCU
4. Competencias personales y habilidades:
Relaciones interpersonales y trabajo en equipo:
a. Trabajo en equipo: Capacidad para colaborar con otros y alcanzar objetivos institucionales. b. Comunicación eficaz: Habilidad para expresar ideas de manera clara y concisa, tanto de forma oral como escrita. c. Respeto e integridad: Valores fundamentales que guían las interacciones con los demás. d. Discreción y cortesía: Capacidad para mantener la confidencialidad y tratar a los demás con respeto. e. Contribución al clima laboral: Actitud proactiva para fomentar un ambiente de trabajo positivo y armonioso.
Proactividad y resolución de problemas:
a. Iniciativa: Capacidad para proponer ideas y soluciones innovadoras. b. Responsabilidad: Compromiso con las tareas asignadas y los resultados obtenidos. c. Predisposición a colaborar: Disposición para ayudar a los demás y a la institución. d. Flexibilidad y adaptabilidad: Capacidad para ajustarse a cambios y nuevas situaciones. e. Autonomía: Capacidad para trabajar de manera independiente y tomar decisiones. f. Resolución de problemas: Habilidad para identificar y solucionar problemas de manera efectiva.
Orientación a resultados y profesionalismo:
17 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
a. Cumplimiento de normas: Adherencia a las políticas y procedimientos de la institución. b. Diligencia: Atención a los detalles y búsqueda de la excelencia en el trabajo. c. Tolerancia a la presión: Capacidad para trabajar bajo presión y mantener la calma en situaciones difíciles.
16) Temario general:
1) Constitución Nacional
2) Leyes Nacionales: • Ley 19.549 Ley Nacional y reglamentación de Procedimientos Administrativos. • Ley 22.140 Régimen jurídico básico de la Administración Pública • Ley 25.188 Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública • Ley 27.499 Ley Micaela de Capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado • Ley 24.557 Ley de Riesgos del Trabajo • Ley 24.241 Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones • Ley 26.508 Personal docente de las universidades públicas nacionales. Jubilaciones y Pensiones. Beneficios. • Ley 22.929 Régimen previsional para investigadores científicos y tecnológicos
3) Decretos Nacionales: • Decreto Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 1759/1972 • Decreto Nacional N° 3413/1979 Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias • Decreto Nacional N° 5196/1962 Régimen de acumulación de cargos y funciones para el personal docente • Decreto Nacional N° 41/1999 Código de Ética de la Función Publica • Decreto Nacional N° 160/2005 Medidas para la aplicación del Régimen Previsional Especial para investigadores científicos y tecnológicos establecido por la Ley N° 22.929
17 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
• Decreto Nacional N° 366/2006 Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones. Universitarias Nacionales • Decreto Nacional N° 1246/2015 Convenio Colectivo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales • Decreto Nacional N° 336/2017 Lineamientos para la redacción y producción de documentos administrativos
4) Estatuto Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo
5) Ordenanzas del Consejo Superior y Rectorado • Ordenanza N° 69/2009-CS Estructura orgánico-funcional de la Facultad de Educación • Ordenanza N° 82/2009-CS Establece las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la Ley 26.508 que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el Personal Docente de las Universidades Nacionales • Ordenanza N° 28/2000-CS Dedicaciones docentes, tipos, cumplimiento, sanciones, docentes incompatibilidades, profesores efectivos. • Ordenanza N° 48/2004-CS Régimen de Jubilación del Personal Docente y No Docente de la UNCU • Ordenanza N° 21/2020-CS Régimen de Jubilación del Personal Docente y No Docente de la UNCUYO. Deja sin efecto los Art. Nros. 1, 6 y 8 y modifica los Art. Nros. 2, 3,4 y 5 de la Ord. Nº 48/2004-CS. Aprueba Texto ordenado de la misma. • Ordenanza Nro. 31/2021-R Modifica el Art. 1 de la Ord. N.º 21/2020-R. y restablece la vigencia del Art. 6 de la Ord. N.º 48/2004-CS. Régimen de Jubilación del Personal docente y de apoyo académico de la UNCUYO. • Ordenanza Nro. 22/2021-CS Ratifica la Ord. Nº 31/2021-R., referida a la modificación del Art. 1 de la Ord. N.º 21/2020-R. y al restablecimiento de la vigencia del Art. 6 de la Ord. N.º 48/2004-CS. -Régimen de Jubilación del Personal docente y de apoyo académico de la UNCUYO• Ordenanza N° 17/1979-CS
17 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2025
6) Manuales y otros: • Manual de usuario Sistema informático SIU-SUDOCU y SIU-MAPUCHE • Manual de funcionamiento de Sistema de Gestión Integral del Personal (GIP)
17 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2025-RES-016 13/02/2025 (Carga: 24/02/2025) |
► 2025
MENDOZA, 13 de febrero de 2025. VISTO: El Expediente Nro. 41518/2023, donde obran las actuaciones relacionadas con el concurso cerrado interno de evaluación de antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición y propuesta de mejora, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 4 -Tramo Intermediodel Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección de Despacho, dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que el concurso se efectúa en el marco de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, por la cual se aprobó la "Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo".
Que la Dirección de Recursos Humanos informa las fechas de publicación e inscripción.
POR ELLO,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Convocar a concurso cerrado interno de evaluación de antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición y propuesta de mejora, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 4 -Tramo Intermedio - del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección de Despacho dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Unidad Académica, cuyos datos se encuentran detallados en el ANEXO de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Difundir el presente llamado a concurso en el periodo comprendido entre el VEINTISIETE (27) de febrero y el CATORCE (14) de marzo de 2025, en el marco de lo establecido en el Artículo 7 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 3.- Publicar la convocatoria a concurso, en caso de corresponder y conforme a lo estipulado en el Artículo 7º del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, en al menos un diario (digital o impreso) de circulación en la zona, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8º del mencionado Anexo.
ARTÍCULO 4.- Fijar como periodo de inscripción el plazo de CINCO (5) días hábiles, comprendido entre las 8:00 horas del DIECISIETE (17) de marzo y las 23:55 horas del VEINTIUNO (21) de marzo de 2025. Durante este período, quienes deseen inscribirse deberán completar su solicitud
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 16 DIGITAL
► 2025
mediante el siguiente Formulario de Google: https://forms.gle/4bvZ6eQ2GMJHNZcPA
ARTÍCULO 5.- Los aspirantes deberán anexar en la solicitud de inscripción su curriculum vitae y carpeta de probanzas en forma digital, con carácter de declaración jurada. No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción (Articulo 9 - Anexo I Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 6.- Establecer que la fecha de la prueba de oposición y la entrevista personal, a la que se hace referencia en la presente resolución, será determinada por la Comisión Asesora y comunicada fehacientemente al domicilio electrónico constituido por los aspirantes.
ARTÍCULO 7.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto a lo detallado en el Anexo de esta resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 8.- Establecer que, previo a darse a publicidad, la Dirección de Recursos Humanos deberá remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, siempre mediante el respectivo trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la UNCUYO, en virtud de lo establecido en el Artículo 8°penúltimo párrafo del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 9.- Convocar, mediante notificación fehaciente que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, a la Asociación de Trabajadores Universitarios No docentes de la Universidad Nacional de Cuyo (A.T.U.N.Cu), Inscripción Gremial Nro. 3163, otorgada por Resolución Nro. 1024 con legajo Nro. 10124, a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante, a través del correo electrónico atuncuyo@gmail.com.
ARTÍCULO 10.- Disponer que todas las actas que se realicen como consecuencia del proceso del concurso deberán ser notificadas en el domicilio electrónico constituido a tal efecto (Artículo 9-Anexo I- Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 11.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente concurso a través del correo institucional del Departamento de Concursos No Docentes de la Dirección de Recursos Humanos (concursosnodocentes@fed.uncu.edu.ar) o mediante la página web www.uncu.edu.ar (https://www.uncuyo.edu.ar/concursos/apoyo_academico).
ARTÍCULO 12.- A los efectos de las notificaciones que deban cursarse en el marco del presente trámite concursal deberán tenerse en cuenta las pautas previstas en el Decreto Nro. 1759/1972 (T.O. Decreto Nro. 894/2017), reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, y lo establecido en el Artículo Nro. 5 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 26/2020-CS que aprobó el texto ordenado del Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica (SI N.E.) en todo el ámbito de la gestión administrativa de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 13.- Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Administrativo Decana Económico Financiero Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 13.02.2025 11:37:30 Fecha y hora: 13.02.2025 10:46:26
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 16 DIGITAL
► 2025
-ANEXO AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nro. 91/2023 - Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Educación b) Unidad Organizativa: Dirección General Administrativa c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Despacho 2) Datos del Concurso: a) Clase de Concurso: Cerrado interno b) Metodología de evaluación: Antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición y propuesta de mejora. 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Intermedio 5) Categoría: CUATRO (4) 6) Detalles del Cargo:
Funciones específicas:
a) Desempeñar tareas de colaboración y apoyo al personal del tramo mayor y supervisión general de las tareas que debe cumplir el personal de su dependencia. Tiene a su cargo la supervisión y control del personal del tramo inicial. b) Redacción de actos administrativos. c) Control de ingreso y egreso de presentaciones. d) Ordenar y organizar el archivo de acuerdo a la normativa vigente. e) Recibir y distribuir la correspondencia que ingresan a la institución. f) Elaborar informes sobre expedientes, notas, y otros documentos cada vez que una autoridad competente lo requiera.
7) Cantidad de Cargos: UNO (1). 8) Horario de desempeño previsto: 14 a 21 hs. 9) Remuneración del cargo: Importe vigente a la fecha del llamado a concurso 10) Bonificaciones especiales: 11) Lugar y horario en que los interesados deberán presentar la documentación: Dirección de Recursos Humanos – de 8.30 a 13.00 horas, Facultad de Educación, Campus UNCuyo.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 16 DIGITAL
► 2025
12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: Jurados Titulares Apellido y Nº de Nº Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Nombre legajo Documento VELIZ, 28.116 23.387.083 3 Administrativo A cargo de la Dirección de José Luis Despacho
PENIN 30.191 26.236.747 3 Administrativo Apoyo académico en la Dirección TORANZO, de Gestión Académica Priscila Del Valle CRUZ, 28.055 27.740.407 3 Administrativo A cargo de la Dirección de Recursos María Humanos Laura
Jurados Suplentes
Apellido y Nº de Nº Categorí Agrupamiento Cargo que ocupa Nombre legajo Documento a YANZON, 29.01 26.983.340 4 Administrativo A cargo del Departamento de José 5 Registraciones y Documentación Alberto de la Dirección de Alumnos GALLARDO 30.55 22.872.183 4 Mantenimiento A cargo del Departamento de MARTINEZ, 3 y Producción Mantenimiento Edilicio y Mario Equipamiento de la Dirección de Andrés Mantenimiento EULIARTE, 23.68 21.705.005 2 Administrativo Director de Gestión de Apoyo Sergio 8 Académico. Mauricio
13) Requisitos: Ordenanza Nro. 91/2023-C.S. – Decreto Nro 366/2006 ARTÍCULO 4.- Regirán para el ingreso las siguientes pautas a) Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad. b) A los fines de la acreditación de la aptitud psicofísica para el ejercicio de la función a la cual se aspira a ingresar, sólo se dará curso a las designaciones una vez que el servicio médico que la Universidad determine haya expedido la certificación correspondiente. A los efectos de la aplicación de la presente norma, se entiende por requisitos los establecidos en el Título 3- “Condiciones de Ingreso”, art. 21 del Decreto Nacional 366/2006, que a continuación se transcribe:
Art. 21: Para ingresar como trabajador en una institución universitaria nacional se requieren:
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 16 DIGITAL
► 2025
* Las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, e Cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente
* No estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación:
a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena
b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier institución universitaria nacional o de la administración pública nacional, provincial o municipal.
c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos.
d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier institución universitaria nacional o en la administración pública nacional, provincial o municipal.
e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme a lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena. Para los concursos de ingreso en el tramo inicial e intermedio cualquiera sea el agrupamiento el mínimo nivel de estudio que se exigirá como requisito de inscripción será el título secundario. En los casos que el perfil del cargo a cubrir se requieren particulares condiciones de idoneidad y quede vacante el concurso podrá la paritaria exceptuarlo de este requisito, en el concurso posterior.
14) Condiciones Generales: Poseer título secundario o polimodal (excluyente) 15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante):
1. Conocimientos sobre organización y funciones del área. 2. Conocimiento específico sobre la reglamentación vigente. 3. Conocimiento específico sobre los circuitos administrativos 4. Conocimiento específico sobre el Sistema informático COMDOC II y III, y SUDOCU (Sistema Único de Documentación) y digesto. 5. Redacción de actos administrativos (ordenanzas, resoluciones, circulares, memos, notas, etc.). 6. Manejo de herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo, Internet y correo electrónico. 7. Excelente nivel de redacción.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 16 DIGITAL
► 2025
8. Actitudes Laborales: Liderazgo y desarrollo del trabajo en equipo. Responsabilidad para el desarrollo de tareas. Iniciativa para la generación de propuestas para el mejoramiento del área. Predisposición personal para brindar su colaboración en beneficio de la dependencia, área o grupo de trabajo. Discreción y seriedad. Capacidad de análisis y resolución de problemas prácticos vinculados con asuntos inherentes a la función y cargo. Espíritu crítico, creativo e innovador. Contribución al mantenimiento de un clima interno de respeto y armonía y a la proyección de una imagen positiva del área. Correcta expresión oral y escrita. 16) Temario General
Constitución Nacional
Constitución Nacional de la República Argentina
Leyes Nacionales
Ley Nro. 19.549 de Procedimiento Administrativo y Decreto Reglamentario N° 1759/1972
Ley Nro. 22.140 del régimen jurídico básico de la Administración Pública.
Ley Nro. 25.188 de ética en el ejercicio de la función pública
Ley Nro. 27.499/2018 Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado.
Decretos Nacionales
Decreto Nacional Número 366 de 2006 - Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales
Decreto Nacional Número 41 de 1999 - Código de Ética de la Función Pública
Decreto Nacional Número 336 de 2017 - Lineamientos para la Redacción y Producción de Documentos Administrativos
Decreto Nacional Nro. 1246/2015: Convenio Colectivo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 16 DIGITAL
► 2025
Ordenanzas y Reglamentos Universitarios
Estatuto Universitario - Estatuto Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo
Ordenanza Número 2 de 2020 del Consejo Superior – Reglamento para la Mesa de Entradas y Archivo en el ámbito de la UNCuyo.
Ordenanza Número 23 de 2010 del Consejo Superior – Reglamento de concursos para cubrir, con carácter efectivo, los cargos de Profesores Universitarios en las categorías de Titular, Asociado y Adjunto.
Ordenanza Número 1 de 2013 del Consejo Directivo – Reglamento de concursos para la designación de Auxiliares de docencia con carácter efectivo.
Ordenanza Número 4 de 2013 Consejo Directivo – Reglamento para el llamado a concurso, cerrado o abierto, de antecedentes para cubrir cargos en carácter de reemplazo.
Ordenanza Número 5 de 2018 del Consejo Directivo – Reglamento para llamados a concurso de trámite abreviado (cerrado o abierto) de antecedentes, méritos y coloquio, para cubrir cargos de Profesor Universitario de carácter interino.
Ordenanza Número 6 de 2018 del Consejo Directivo – Reglamento de concurso de antecedentes y coloquio (cerrado o abierto) para la designación de Auxiliares de docencia con carácter interino.
Manual Funcional COMDOC II y III y SUDOCU.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 16 DIGITAL
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2025-RES-015 13/02/2025 (Carga: 24/02/2025) |
► 2025
MENDOZA, 13 de febrero de 2025. VISTO: El Expediente Nro. 41495/2023, donde obran las actuaciones relacionadas con el concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección de Editorial dependiente de la Secretaría de Extensión, de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que el concurso se efectúa en el marco de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, por la cual se aprobó la "Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo".
Que la Dirección de Recursos Humanos informa las fechas de publicación e inscripción.
POR ELLO,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Convocar a concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial - del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección de Editorial dependiente de la Secretaría de Extensión, cuyos datos se encuentran detallados en el Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Difundir el presente llamado a concurso en el periodo comprendido entre el VEINTE (20) de marzo y el CUATRO (4) de abril de 2025, en el marco de lo establecido en el Artículo 7 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 3.- Publicar la convocatoria a concurso, en caso de corresponder y conforme a lo estipulado en el Artículo 7º del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, en al menos un diario (digital o impreso) de circulación en la zona, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8º del mencionado Anexo.
ARTÍCULO 4.- Fijar como periodo de inscripción el plazo de CINCO (5) días hábiles, comprendido entre las 8:00 horas del SIETE (7) de abril y las 23:55 horas del ONCE (11) de abril de 2025. Durante este período, quienes deseen inscribirse deberán completar su solicitud mediante el siguiente Formulario de Google: https://forms.gle/XYjTdxfx4JTnLiFQ9
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 15 DIGITAL
► 2025
ARTÍCULO 5.- Los aspirantes deberán anexar en la solicitud de inscripción su curriculum vitae y carpeta de probanzas en forma digital, con carácter de declaración jurada. No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción (Articulo 9 - Anexo I Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 6.- Establecer que la fecha de la prueba de oposición y la entrevista personal, a la que se hace referencia en la presente resolución, será determinada por la Comisión Asesora y comunicada fehacientemente al domicilio electrónico constituido por los aspirantes.
ARTÍCULO 7.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto a lo detallado en el Anexo de esta resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 8.- Establecer que, previo a darse a publicidad, la Dirección de Recursos Humanos deberá remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, siempre mediante el respectivo trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la UNCUYO, en virtud de lo establecido en el Artículo 8°penúltimo párrafo del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 9.- Convocar, mediante notificación fehaciente que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, a la Asociación de Trabajadores Universitarios No docentes de la Universidad Nacional de Cuyo (A.T.U.N.Cu), Inscripción Gremial Nro. 3163, otorgada por Resolución Nro. 1024 con legajo Nro. 10124, a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante, a través del correo electrónico atuncuyo@gmail.com.
ARTÍCULO 10.- Disponer que todas las actas que se realicen como consecuencia del proceso del concurso deberán ser notificadas en el domicilio electrónico constituido a tal efecto (Artículo 9-Anexo I- Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 11.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente concurso a través del correo institucional del Departamento de Concursos No Docentes de la Dirección de Recursos Humanos (concursosnodocentes@fed.uncu.edu.ar) o mediante la página web www.uncu.edu.ar (https://www.uncuyo.edu.ar/concursos/apoyo_academico).
ARTÍCULO 12.- A los efectos de las notificaciones que deban cursarse en el marco del presente trámite concursal deberán tenerse en cuenta las pautas previstas en el Decreto Nro. 1759/1972 (T.O. Decreto Nro. 894/2017), reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, y lo establecido en el Artículo Nro. 5 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 26/2020-CS que aprobó el texto ordenado del Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica (SI N.E.) en todo el ámbito de la gestión administrativa de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 13.- Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Administrativo Decana Económico Financiero Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 13.02.2025 11:37:35 Fecha y hora: 13.02.2025 10:46:25
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 15 DIGITAL
► 2025
-ANEXO PEDIDO DE AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nro. 91/2023 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
SEÑORA RECTORA: CONT. ESTHER LUCÍA SÁNCHEZ:
El presente pedido de autorización para llamado a Concurso ante el Consejo Superior para la cobertura de vacantes del Personal de Apoyo Académico corresponde al siguiente detalle:
1) Dependencia de la vacante:
a) Unidad Académica: Facultad de Educación b) Unidad Organizativa: Dirección de Editorial c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Departamento de Edición y Corrección
2) Datos del concurso:
a) Clase de Concurso: Abierto b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición.
3) Agrupamiento: Administrativo
4) Tramo: Inicial
5) Categoría: SIETE (7)
6) Detalles del cargo:
-Los datos de los apartados a), b) y c), sólo deberán completarse si el cargo a cubrir se encuentra previsto en la estructura orgánico – funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior. - Los datos del apartado d) corresponden a todos los cargos que no se encuentren previstos en la estructura orgánica - funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior.
d) Funciones Específicas:
Apoyo académico en el Departamento de Edición y Corrección
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 15 DIGITAL
► 2025
Aplicar las directrices de corrección de textos académicos y científicos, siguiendo pautas establecidas. Colaborar en la edición de revistas científicas, libros académicos y de investigación, siguiendo indicaciones del equipo editorial y utilizando plataformas como OJS. Verificar la correcta citación en textos académicos para evitar errores de citación y posibles casos de plagio. Aplicar normas de citación académica, específicamente las Normas APA 7ma Edición, según los requerimientos del equipo editorial. Utilizar plataformas como Google Workspace (Gmail, Google Drive, Meet) y Microsoft Teams para realizar correcciones lingüísticas y colaborar en tareas editoriales básicas.
7) Cantidad de cargos: UNO (1)
8) Horario de desempeño previsto: 14 a 21 horas
9) Remuneración del cargo: Importe vigente a la fecha del llamado a concurso
10) Bonificaciones especiales: Las que correspondan según la normativa vigente.
11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: La inscripción se realizará mediante un Formulario Google habilitado para tal fin durante el período de inscripción, de acuerdo con las instrucciones detalladas en la resolución correspondiente a la convocatoria.
12) Nombres de los integrantes del Jurado del concurso:
Jurados Titulares Funciones que Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento ocupa A cargo del Departamento de ROVELLO, Paola Edición y 27.172 27.012.873 5 Administrativo Inés Corrección de la Dirección de Editorial Jefa del Departamento PIZARRO, María 27.714 25.356.525 3 Administrativo Operativo de la Valeria Secretaría de Posgrado Apoyo académico PIACENTINI, María en el 33.825 23.159.330 7 Administrativo Celeste Departamento de Apoyo Operativo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 15 DIGITAL
► 2025
de la Secretaría de Posgrado
Jurados Suplentes Funciones que Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento ocupa MOYANO, Roberto Director Técnico 20.211 20.357.679 2 Administrativo Daniel Académico Apoyo académico en la Dirección de RÍO, Cecilia María 23.445 16.038.219 3 Administrativo Asuntos Inés Estudiantiles y Egresados A cargo del Departamento de Apoyo Mantenimiento y Administrativo a SANTI, Lucas Matías 29.624 34.284.435 6 Servicios las actividades Generales docentes de la Dirección de Gestión de Apoyo Académico
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones para el Ingreso y Egreso”, artículo 21º del Decreto Nacional Nro. 366/2006.
“TITULO 3 - CONDICIONES PARA EL INGRESO Y EGRESO Art. 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena”. Además, el Artículo 4° de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS establece que regirán para el ingreso las siguientes pautas: a) Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 15 DIGITAL
► 2025
b) A los fines de la acreditación de la aptitud psicofísica para el ejercicio de la función a la cual se aspira a ingresar, solo se dará curso a las designaciones una vez que el servicio médico que la Universidad determine haya expedido la certificación correspondiente.
14) Condiciones Generales:
Título secundario o polimodal completo (excluyente)
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante):
1. Formación académica mínima:
Poseer título de grado: Licenciado y/o Profesor en Comunicación Social, Letras y/o títulos afines (no excluyente.
2. Experiencia laboral:
Se valorará experiencia en corrección de textos en otros ámbitos profesionales.
3. Conocimientos técnicos básicos:
a) Manejo básico de herramientas informáticas (Word, Excel, correo electrónico, etc.). b) Dominio de las competencias del corrector profesional (lingüísticas, comunicativas, editoriales, pragmáticas, enciclopédicas, informáticas, etc.) para detectar, reparar y potenciar un escrito académico (no excluyente). c) Manejo de las normas de citación académicas Normas APA 7ma. Edición. d) Conocimiento del Reglamento de la Editorial de la Facultad de Educación y de las revistas que edita (Ejemplos: Revista de la RUEDES, Traslaciones, Convergencias, etc.). e) Conocimientos generales sobre Sistemas Informáticos- COMDOC y SUDOCU
4. Competencias personales y habilidades:
Relaciones interpersonales y trabajo en equipo:
a. Trabajo en equipo: Capacidad para colaborar con otros y alcanzar objetivos institucionales. b. Comunicación eficaz: Habilidad para expresar ideas de manera clara y concisa, tanto de forma oral como escrita.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 15 DIGITAL
► 2025
c. Respeto e integridad: Valores fundamentales que guían las interacciones con los demás. d. Discreción y cortesía: Capacidad para mantener la confidencialidad y tratar a los demás con respeto. e. Contribución al clima laboral: Actitud proactiva para fomentar un ambiente de trabajo positivo y armonioso.
Proactividad y resolución de problemas:
a. Iniciativa: Capacidad para proponer ideas y soluciones innovadoras. b. Responsabilidad: Compromiso con las tareas asignadas y los resultados obtenidos. c. Predisposición a colaborar: Disposición para ayudar a los demás y a la institución. d. Flexibilidad y adaptabilidad: Capacidad para ajustarse a cambios y nuevas situaciones. e. Autonomía: Capacidad para trabajar de manera independiente y tomar decisiones. f. Resolución de problemas: Habilidad para identificar y solucionar problemas de manera efectiva.
Orientación a resultados y profesionalismo:
a. Cumplimiento de normas: Adherencia a las políticas y procedimientos de la institución. b. Diligencia: Atención a los detalles y búsqueda de la excelencia en el trabajo. c. Tolerancia a la presión: Capacidad para trabajar bajo presión y mantener la calma en situaciones difíciles.
16) Temario General:
1) Constitución Nacional 2) Leyes Nacionales: Ley 19.549 Ley Nacional y reglamentación de Procedimientos Administrativos. Ley 22.140 Régimen jurídico básico de la Administración Pública Ley 25.188 Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública Ley 27.499 Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para Todas las Personas que Integran los Tres Poderes del Estado
3) Decretos Nacionales:
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 15 DIGITAL
► 2025
Decreto Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 1759/1972 Decreto Nacional N° 41/1999 Código de Ética de la Función Publica Decreto Nacional N° 366/2006 Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones. Universitarias Nacionales Decreto Nacional N° 336/2017 Lineamientos para la redacción y producción de documentos administrativos
4) Estatuto Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo
5) Ordenanzas del Consejo Superior y Rectorado
Ordenanza N° 69/2009-CS Estructura orgánico-funcional de la Facultad de Educación
6) Ordenanzas y resoluciones del Consejo Directivo y Decanato
Ordenanza N° 9/2006-CD Reglamento de la Editorial de la Facultad de Educación
7) Manuales y otros:
Manual de usuario Sistema informático SIU-SUDOCU y COMDOC III Normas APA 7ma. Edición
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 15 DIGITAL
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2025-RES-014 13/02/2025 (Carga: 24/02/2025) |
► 2025
MENDOZA, 13 de febrero de 2025. VISTO: El Expediente Nro. 41488/2023, donde obran las actuaciones relacionadas con el concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección de Gestión de Apoyo Académico, dependiente de la Secretaría Académica de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que el concurso se efectúa en el marco de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, por la cual se aprobó la "Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo".
Que la Dirección de Recursos Humanos informa las fechas de publicación e inscripción.
POR ELLO,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Convocar a concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial - del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección de Gestión de Apoyo Académica dependiente de la Secretaría Académica de esta Unidad Académica, cuyos datos se encuentran detallados en el ANEXO de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Difundir el presente llamado a concurso en el periodo comprendido entre el VEINTE (20) de marzo y el CUATRO (4) de abril de 2025, en el marco de lo establecido en el Artículo 7 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 3.- Publicar la convocatoria a concurso, en caso de corresponder y conforme a lo estipulado en el Artículo 7º del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, en al menos un diario (digital o impreso) de circulación en la zona, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8º del mencionado Anexo.
ARTÍCULO 4.- Fijar como periodo de inscripción el plazo de CINCO (5) días hábiles, comprendido entre las 8:00 horas del SIETE (7) de abril y las 23:55 horas del ONCE (11) de abril de 2025. Durante este período, quienes deseen inscribirse deberán completar su solicitud mediante el siguiente
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 14 DIGITAL
► 2025
Formulario de Google: https://forms.gle/UTtxCQtm6XaczBLt7
ARTÍCULO 5.- Los aspirantes deberán anexar en la solicitud de inscripción su curriculum vitae y carpeta de probanzas en forma digital, con carácter de declaración jurada. No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción (Articulo 9 - Anexo I Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 6.- Establecer que la fecha de la prueba de oposición y la entrevista personal, a la que se hace referencia en la presente resolución, será determinada por la Comisión Asesora y comunicada fehacientemente al domicilio electrónico constituido por los aspirantes.
ARTÍCULO 7.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto a lo detallado en el Anexo de esta resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 8.- Establecer que, previo a darse a publicidad, la Dirección de Recursos Humanos deberá remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, siempre mediante el respectivo trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la UNCUYO, en virtud de lo establecido en el Artículo 8°penúltimo párrafo del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 9.- Convocar, mediante notificación fehaciente que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, a la Asociación de Trabajadores Universitarios No docentes de la Universidad Nacional de Cuyo (A.T.U.N.Cu), Inscripción Gremial Nro. 3163, otorgada por Resolución Nro. 1024 con legajo Nro. 10124, a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante, a través del correo electrónico atuncuyo@gmail.com.
ARTÍCULO 10.- Disponer que todas las actas que se realicen como consecuencia del proceso del concurso deberán ser notificadas en el domicilio electrónico constituido a tal efecto (Artículo 9-Anexo I- Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 11.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente concurso a través del correo institucional del Departamento de Concursos No Docentes de la Dirección de Recursos Humanos (concursosnodocentes@fed.uncu.edu.ar) o mediante la página web www.uncu.edu.ar (https://www.uncuyo.edu.ar/concursos/apoyo_academico).
ARTÍCULO 12.- A los efectos de las notificaciones que deban cursarse en el marco del presente trámite concursal deberán tenerse en cuenta las pautas previstas en el Decreto Nro. 1759/1972 (T.O. Decreto Nro. 894/2017), reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, y lo establecido en el Artículo Nro. 5 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 26/2020-CS que aprobó el texto ordenado del Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica (SI N.E.) en todo el ámbito de la gestión administrativa de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 13.- Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Administrativo Decana Económico Financiero Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 13.02.2025 12:06:34 Fecha y hora: 13.02.2025 11:44:14
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 14 DIGITAL
► 2025
-ANEXO AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nro. 91/2023 - Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Educación b) Unidad Organizativa: Secretaría Académica c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Gestión de Apoyo Académico 2) Datos del concurso: a) Clase de Concurso: Abierto b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición. 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: SIETE (7) 6) Detalles del cargo: -Los datos de los apartados a), b) y c), sólo deberán completarse si el cargo a cubrir se encuentra previsto en la estructura orgánico – funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior. - Los datos del apartado d) corresponden a todos los cargos que no se encuentren previstos en la estructura orgánica - funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior. d) Funciones Específicas: Apoyo académico en la Dirección de Gestión de Apoyo Académico Atención al público en general Confeccionar horarios de clases y exámenes y atender asimismo la distribución edilicia de dichas actividades y de los ciclos de licenciaturas. Seguimiento y control de horarios de consulta. Llevar a cabo todo lo relativo a mesas de exámenes (actas, cronogramas). Confeccionar notas, comunicaciones y certificaciones. Gestión y seguimiento de adscripciones. Atender todo lo relativo a licencias estudiantiles. Tramitar expedientes electrónicos, mediante el uso del sistema COMDOC/SUDOCU. Brindar información pertinente en cuanto a la organización de aspectos académicos.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 14 DIGITAL
► 2025
Notificar de reuniones, comunicaciones y todo lo necesario para el funcionamiento de la institución. Uso del sistema SIU GUARANI para todo lo relacionado con datos académicos de estudiantes. Difundir las normativas relacionadas con el funcionamiento del área académica.
7) Cantidad de cargos: UNO (1) 8) Horario de desempeño previsto: 14 a 21 horas 9) Remuneración del cargo: Importe vigente a la fecha del llamado a concurso 10) Bonificaciones especiales: Las que correspondan según la normativa vigente. 11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: La inscripción se realizará mediante un Formulario Google habilitado para tal fin durante el período de inscripción, de acuerdo con las instrucciones detalladas en la resolución correspondiente a la convocatoria. 12) Nombres de los integrantes del Jurado del concurso: Jurados Titulares Funciones que Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento ocupa A cargo de la MOLL, Gabriela Dirección de 25.570 24.705.572 3 Administrativo Alejandra Gestión Académica MOYANO, Roberto Director Técnico 20.211 20.357.679 2 Administrativo Daniel Académico Apoyo académico PENIN TORANZO, en la Dirección de 30.191 26.236.747 3 Administrativo Priscila del Valle Gestión Académica
Jurados Suplentes Funciones que Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento ocupa Director de EULIARTE, Sergio 23.688 21.705.005 2 Administrativo Gestión Mauricio Académica Jefe del Departamento de PALMA, Pablo 22.525 20.336.331 3 Administrativo Actividades de Nelson Capacitación y Perfeccionamiento Apoyo académico en la Dirección de BAY, María Paula 31.533 18.840.309 7 Administrativo Gestión Académica
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones para el Ingreso y Egreso”, artículo 21º del Decreto Nacional Nro. 366/2006.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 14 DIGITAL
► 2025
“TITULO 3 - CONDICIONES PARA EL INGRESO Y EGRESO Art. 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena”. Además, el Artículo 4° de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS establece que regirán para el ingreso las siguientes pautas: a) Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad. b) A los fines de la acreditación de la aptitud psicofísica para el ejercicio de la función a la cual se aspira a ingresar, solo se dará curso a las designaciones una vez que el servicio médico que la Universidad determine haya expedido la certificación correspondiente. 14) Condiciones Generales: Título secundario o polimodal completo (excluyente) 15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): 1. Formación académica mínima: No se requiere formación superior, pero se valorará formación adicional relacionada con administración o gestión pública. 2. Experiencia laboral: No es obligatoria la experiencia previa en puestos administrativos. Se valorará positivamente experiencia en funciones administrativas básicas, atención al público, manejo de documentación, o actividades relacionadas, pero no es un requisito excluyente.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 14 DIGITAL
► 2025
3. Conocimientos técnicos básicos: Manejo básico de herramientas informáticas (Word, Excel, correo electrónico, etc.). Conocimientos generales sobre Sistemas Informáticos- COMDOC y SUDOCU 4. Competencias personales y habilidades: Relaciones interpersonales y trabajo en equipo: a. Trabajo en equipo: Capacidad para colaborar con otros y alcanzar objetivos institucionales. b. Comunicación eficaz: Habilidad para expresar ideas de manera clara y concisa, tanto de forma oral como escrita. c. Respeto e integridad: Valores fundamentales que guían las interacciones con los demás. d. Discreción y cortesía: Capacidad para mantener la confidencialidad y tratar a los demás con respeto. e. Contribución al clima laboral: Actitud proactiva para fomentar un ambiente de trabajo positivo y armonioso. Proactividad y resolución de problemas: a. Iniciativa: Capacidad para proponer ideas y soluciones innovadoras. b. Responsabilidad: Compromiso con las tareas asignadas y los resultados obtenidos. c. Predisposición a colaborar: Disposición para ayudar a los demás y a la institución. d. Flexibilidad y adaptabilidad: Capacidad para ajustarse a cambios y nuevas situaciones. e. Autonomía: Capacidad para trabajar de manera independiente y tomar decisiones. f. Resolución de problemas: Habilidad para identificar y solucionar problemas de manera efectiva. Orientación a resultados y profesionalismo: a. Cumplimiento de normas: Adherencia a las políticas y procedimientos de la institución. b. Diligencia: Atención a los detalles y búsqueda de la excelencia en el trabajo. c. Tolerancia a la presión: Capacidad para trabajar bajo presión y mantener la calma en situaciones difíciles.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 14 DIGITAL
► 2025
16) Temario General: 1) Constitución Nacional 2) Leyes Nacionales: Ley 19.549 Ley Nacional y reglamentación de Procedimientos Administrativos. Ley 22.140 Régimen jurídico básico de la Administración Pública Ley 25.188 Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública Ley 27.499 Ley Micaela de Capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado 3) Decretos Nacionales: Decreto Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 1759/1972 Decreto Nacional N° 41/1999 Código de Ética de la Función Publica Decreto Nacional N° 366/2006 Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones. Universitarias Nacionales Decreto Nacional N° 1246/2015 Convenio Colectivo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales Decreto Nacional N° 336/2017 Lineamientos para la redacción y producción de documentos administrativos 4) Estatuto Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo 5) Ordenanzas del Consejo Superior y Rectorado Ordenanza N° 69/2009-CS Estructura orgánico-funcional de la Facultad de Educación Ordenanza N° 28/2000-CS Dedicaciones docentes, tipos, cumplimiento, sanciones, docentes incompatibilidades, profesores efectivos. Ordenanza N° 24/2007-CS Aprobar las condiciones para ser considerado alumno de UNCU y las normas sobre el rendimiento académico de los alumnos, conforme con lo establecido en el Art. 50 de la Ley de Educación Superior Nro. 24.521 Ordenanza N° 45/2016-CS Modifica los artículos 11, 12 y 13 del Anexo I de la Ord. Nro. 24/2007-CS, referente a las condiciones para ser considerado alumno de la UNCUYO y las normas sobre rendimiento académico, e incluye el Art. 13 bis.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 14 DIGITAL
► 2025
Ordenanza N° 18/2018-CS Aprueba el "SISTEMA DE LICENCIA ESTUDIANTIL DE LA UNCUYO". Asimismo, aprueba el MODELO DE SOLICITUD DE LICENCIA ESTUDIANTIL. 6) Ordenanzas y Resoluciones del Consejo Directivo Ordenanza N° 16/1999-CD Departamentalización de Secretaría Académica Ordenanza N° 8/2009-CD Reglamento de Adscripciones Ordenanza N° 5/2016-CD Condición de estudiante de la Facultad de Educación 7) Manuales y otros: Manual de usuario Sistema informático SIU-SUDOCU y COMDOC III
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 14 DIGITAL
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2025-RES-013 13/02/2025 (Carga: 24/02/2025) |
► 2025
MENDOZA, 13 de febrero de 2025. VISTO: El Expediente Nro. 41486/2023, donde obran las actuaciones relacionadas con el concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que el concurso se efectúa en el marco de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, por la cual se aprobó la "Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo".
Que la Dirección de Recursos Humanos informa las fechas de publicación e inscripción.
POR ELLO,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Convocar a concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial - del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Unidad Académica, cuyos datos se encuentran detallados en el ANEXO de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Difundir el presente llamado a concurso en el periodo comprendido entre el VEINTE (20) de marzo y el CUATRO (4) de abril de 2025, en el marco de lo establecido en el Artículo 7 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 3.- Publicar la convocatoria a concurso, en caso de corresponder y conforme a lo estipulado en el Artículo 7º del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, en al menos un diario (digital o impreso) de circulación en la zona, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8º del mencionado Anexo.
ARTÍCULO 4.- Fijar como periodo de inscripción el plazo de CINCO (5) días hábiles, comprendido entre las 8:00 horas del SIETE (7) de abril y las 23:55 horas del ONCE (11) de abril de 2025. Durante este período, quienes deseen inscribirse deberán completar su solicitud mediante el siguiente
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 13 DIGITAL
► 2025
Formulario de Google: https://forms.gle/W87QAJjVUCiYxE516
ARTÍCULO 5.- Los aspirantes deberán anexar en la solicitud de inscripción su curriculum vitae y carpeta de probanzas en forma digital, con carácter de declaración jurada. No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción (Articulo 9 - Anexo I Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 6.- Establecer que la fecha de la prueba de oposición y la entrevista personal, a la que se hace referencia en la presente resolución, será determinada por la Comisión Asesora y comunicada fehacientemente al domicilio electrónico constituido por los aspirantes.
ARTÍCULO 7.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto a lo detallado en el Anexo de esta resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 8.- Establecer que, previo a darse a publicidad, la Dirección de Recursos Humanos deberá remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, siempre mediante el respectivo trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la UNCUYO, en virtud de lo establecido en el Artículo 8°penúltimo párrafo del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 9.- Convocar, mediante notificación fehaciente que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, a la Asociación de Trabajadores Universitarios No docentes de la Universidad Nacional de Cuyo (A.T.U.N.Cu), Inscripción Gremial Nro. 3163, otorgada por Resolución Nro. 1024 con legajo Nro. 10124, a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante, a través del correo electrónico atuncuyo@gmail.com.
ARTÍCULO 10.- Disponer que todas las actas que se realicen como consecuencia del proceso del concurso deberán ser notificadas en el domicilio electrónico constituido a tal efecto (Artículo 9-Anexo I- Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 11.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente concurso a través del correo institucional del Departamento de Concursos No Docentes de la Dirección de Recursos Humanos (concursosnodocentes@fed.uncu.edu.ar) o mediante la página web www.uncu.edu.ar (https://www.uncuyo.edu.ar/concursos/apoyo_academico).
ARTÍCULO 12.- A los efectos de las notificaciones que deban cursarse en el marco del presente trámite concursal deberán tenerse en cuenta las pautas previstas en el Decreto Nro. 1759/1972 (T.O. Decreto Nro. 894/2017), reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, y lo establecido en el Artículo Nro. 5 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 26/2020-CS que aprobó el texto ordenado del Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica (SI N.E.) en todo el ámbito de la gestión administrativa de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 13.- Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Administrativo Decana Económico Financiero Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 13.02.2025 12:06:35 Fecha y hora: 13.02.2025 11:44:14
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 13 DIGITAL
► 2025
-ANEXO AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nro. 91/2023 - Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Educación b) Unidad Organizativa: Dirección General Administrativa c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Recursos Humanos 2) Datos del concurso: a) Clase de Concurso: Abierto b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición. 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: SIETE (7) 6) Detalles del cargo: -Los datos de los apartados a), b) y c), sólo deberán completarse si el cargo a cubrir se encuentra previsto en la estructura orgánico – funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior. - Los datos del apartado d) corresponden a todos los cargos que no se encuentren previstos en la estructura orgánica - funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior. d) Funciones Específicas: Apoyo académico en la Dirección de Recursos Humanos Atención al público en general. Utilización de los sistemas universitarios, control de trámites, expedientes provenientes del Rectorado, diferentes unidades académicas, instituciones externas y áreas, direcciones y secretarías de la FED. Elaborar notas e informes a requerimiento de las autoridades. Asesorar y confeccionar informes sobre control de actividades. Asesorar y confeccionar informes sobre trámites generales respectivos al área: reconocimientos de antigüedad docente y no docente, solicitud de pago del adicional por título de posgrado, indicación de las fechas de efectiva prestación de servicios. Control, seguimiento y producción de informes de licencias del personal.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 13 DIGITAL
► 2025
Control de declaraciones juradas electrónicas y elaboración de informes de situaciones de incompatibilidades. Mantener actualizado el sistema de marcación horaria - GIP. Conocer y asesorar sobre procedimientos relacionados a las Aseguradores de Riesgos del Trabajo (ART). Cargas de datos personales en el sistema SIU MAPUCHE. Carga, transferencia y búsqueda de documentación en el sistema SIU SUDOCU. 7) Cantidad de cargos: UNO (1) 8) Horario de desempeño previsto: 14 a 21 horas 9) Remuneración del cargo: Importe vigente a la fecha del llamado a concurso. 10) Bonificaciones especiales: Las que correspondan según la normativa vigente. 11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: La inscripción se realizará mediante un Formulario Google habilitado para tal fin durante el período de inscripción, de acuerdo con las instrucciones detalladas en la resolución correspondiente a la convocatoria. 12) Nombres de los integrantes del Jurado del concurso: Jurados Titulares
Funciones que Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento ocupa A cargo de la CRUZ, María Dirección de 28.055 27.740.407 3 Administrativo Laura Recursos Humanos Jefe del PENÍN TORANZO, Departamento Renzo Nicolás del 30.393 33.440.347 3 Administrativo de Concursos Valle del Personal No Docente A cargo del Departamento de Redacción y Control GALLO, Lucas 33.824 34.041.058 7 Administrativo Operativo; y Martín Mesa de Entadas y Archivo
Jurados Suplentes
Funciones que Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento ocupa BERTOLO, A cargo del 27.408 20.709.371 3 Administrativo Claudia Carmen Departamento
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 13 DIGITAL
► 2025
de Liquidación de Haberes Apoyo académico en la MOYANO, Luis Dirección 29.012 25.874.385 7 Administrativo Fernando General Económica Financiera SORIA Apoyo GALVARRO académico en la 31.213 19.039.114 7 Administrativo CRUZ, Soren Dirección de Dilthey Alumnos
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones para el Ingreso y Egreso”, artículo 21º del Decreto Nacional Nro. 366/2006. “TITULO 3 - CONDICIONES PARA EL INGRESO Y EGRESO Art. 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena”. Además, el Artículo 4° de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS establece que regirán para el ingreso las siguientes pautas: a) Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad. b) A los fines de la acreditación de la aptitud psicofísica para el ejercicio de la función a la cual se aspira a ingresar, solo se dará curso a las designaciones una vez que el servicio médico que la Universidad determine haya expedido la certificación correspondiente.
14) Condiciones Generales: Título secundario o polimodal completo (excluyente)
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 13 DIGITAL
► 2025
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): 1. Formación académica mínima: No se requiere formación superior, pero se valorará formación adicional relacionada con administración o gestión pública. 2. Experiencia laboral: Se valorará positivamente experiencia en funciones administrativas básicas, atención al público, manejo de documentación, o actividades relacionadas, pero no es un requisito excluyente. 3. Conocimientos técnicos básicos: Manejo básico de herramientas informáticas (Word, Excel, correo electrónico, etc.). Conocimientos generales sobre Sistemas Informáticos- COMDOC y SUDOCU 4. Competencias personales y habilidades: Relaciones interpersonales y trabajo en equipo: a. Trabajo en equipo: Capacidad para colaborar con otros y alcanzar objetivos institucionales. b. Comunicación eficaz: Habilidad para expresar ideas de manera clara y concisa, tanto de forma oral como escrita. c. Respeto e integridad: Valores fundamentales que guían las interacciones con los demás. d. Discreción y cortesía: Capacidad para mantener la confidencialidad y tratar a los demás con respeto. e. Contribución al clima laboral: Actitud proactiva para fomentar un ambiente de trabajo positivo y armonioso. Proactividad y resolución de problemas: a. Iniciativa: Capacidad para proponer ideas y soluciones innovadoras. b. Responsabilidad: Compromiso con las tareas asignadas y los resultados obtenidos. c. Predisposición a colaborar: Disposición para ayudar a los demás y a la institución. d. Flexibilidad y adaptabilidad: Capacidad para ajustarse a cambios y nuevas situaciones. e. Autonomía: Capacidad para trabajar de manera independiente y tomar decisiones.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 13 DIGITAL
► 2025
f. Resolución de problemas: Habilidad para identificar y solucionar problemas de manera efectiva. Orientación a resultados y profesionalismo: a. Cumplimiento de normas: Adherencia a las políticas y procedimientos de la institución. b. Diligencia: Atención a los detalles y búsqueda de la excelencia en el trabajo. c. Tolerancia a la presión: Capacidad para trabajar bajo presión y mantener la calma en situaciones difíciles. 16) Temario General: 1) Constitución Nacional 2) Leyes Nacionales: Ley 19.549 Ley Nacional y reglamentación de Procedimientos Administrativos. Ley 22.140 Régimen jurídico básico de la Administración Pública Ley 25.188 Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública Ley 27.499 Ley Micaela de Capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado Ley 24.557 Ley de Riesgos del Trabajo Ley 24.241 Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones Ley 26.508 Personal docente de las universidades públicas nacionales. Jubilaciones y Pensiones. Beneficios. Ley 22.929 Régimen previsional para investigadores científicos y tecnológicos 3) Decretos Nacionales: Decreto Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 1759/1972 Decreto Nacional N° 3413/1979 Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias Decreto Nacional N° 5196/1962 Régimen de acumulación de cargos y funciones para el personal docente Decreto Nacional N° 41/1999 Código de Ética de la Función Publica Decreto Nacional N° 160/2005 Medidas para la aplicación del Régimen Previsional Especial para investigadores científicos y tecnológicos establecido por la Ley N° 22.929
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 13 DIGITAL
► 2025
Decreto Nacional N° 366/2006 Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones. Universitarias Nacionales Decreto Nacional N° 1246/2015 Convenio Colectivo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales Decreto Nacional N° 336/2017 Lineamientos para la redacción y producción de documentos administrativos 4) Estatuto Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo 5) Ordenanzas del Consejo Superior y Rectorado Ordenanza N° 69/2009-CS Estructura orgánico-funcional de la Facultad de Educación Ordenanza N° 82/2009-CS Establece las pautas y procedimientos administrativos para la formalización de la opción prevista en la Ley 26.508 que crea el Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el Personal Docente de las Universidades Nacionales Ordenanza N° 28/2000-CS Dedicaciones docentes, tipos, cumplimiento, sanciones, docentes incompatibilidades, profesores efectivos. Ordenanza N° 48/2004-CS Régimen de Jubilación del Personal Docente y No Docente de la UNCU Ordenanza N° 21/2020-CS Régimen de Jubilación del Personal Docente y No Docente de la UNCUYO. Deja sin efecto los Art. Nros. 1, 6 y 8 y modifica los Art. Nros. 2, 3,4 y 5 de la Ord. Nº 48/2004-CS. Aprueba Texto ordenado de la misma. Ordenanza Nro. 31/2021-R Modifica el Art. 1 de la Ord. N.º 21/2020-R. y restablece la vigencia del Art. 6 de la Ord. N.º 48/2004-CS. Régimen de Jubilación del Personal docente y de apoyo académico de la UNCUYO. Ordenanza Nro. 22/2021-CS Ratifica la Ord. Nº 31/2021-R., referida a la modificación del Art. 1 de la Ord. N.º 21/2020-R. y al restablecimiento de la vigencia del Art. 6 de la Ord. N.º 48/2004-CS. -Régimen de Jubilación del Personal docente y de apoyo académico de la UNCUYO Ordenanza N° 17/1979-CS
6) Manuales y otros: Manual de usuario Sistema informático SIU-SUDOCU y SIU-MAPUCHE Manual de funcionamiento de Sistema de Gestión Integral del Personal (GIP)
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 13 DIGITAL
► 2025
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 13 DIGITAL
|
Convocatorias | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2025-RES-012 13/02/2025 (Carga: 24/02/2025) |
► 2025
MENDOZA, 13 de febrero de 2025. VISTO: El Expediente Nro. 41480/2023, donde obran las actuaciones relacionadas con el concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección Técnica Académica, dependiente de la Secretaría Académica de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que el concurso se efectúa en el marco de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, por la cual se aprobó la "Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo".
Que la Dirección de Recursos Humanos informa las fechas de publicación e inscripción.
POR ELLO,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Convocar a concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial - del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección Técnica Académica dependiente de la Secretaría Académica de esta Unidad Académica, cuyos datos se encuentran detallados en el ANEXO de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Difundir el presente llamado a concurso en el periodo comprendido entre el VEINTE (20) de febrero y el SIETE (7) de marzo de 2025, en el marco de lo establecido en el Artículo 7 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 3.- Publicar la convocatoria a concurso, en caso de corresponder y conforme a lo estipulado en el Artículo 7º del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, en al menos un diario (digital o impreso) de circulación en la zona, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8º del mencionado Anexo.
ARTÍCULO 4.- Fijar como periodo de inscripción el plazo de CINCO (5) días hábiles, comprendido entre las 8:00 horas del DIEZ (10) de marzo y las 23:55 horas del CATORCE (14) de marzo de 2025. Durante este período, quienes deseen inscribirse deberán completar su solicitud mediante el siguiente Formulario de Google: https://forms.gle/e6bba4u64jEBckW98
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 12 DIGITAL
► 2025
ARTÍCULO 5.- Los aspirantes deberán anexar en la solicitud de inscripción su curriculum vitae y carpeta de probanzas en forma digital, con carácter de declaración jurada. No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción (Articulo 9 - Anexo I Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 6.- Establecer que la fecha de la prueba de oposición y la entrevista personal, a la que se hace referencia en la presente resolución, será determinada por la Comisión Asesora y comunicada fehacientemente al domicilio electrónico constituido por los aspirantes.
ARTÍCULO 7.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto a lo detallado en el Anexo de esta resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 8.- Establecer que, previo a darse a publicidad, la Dirección de Recursos Humanos deberá remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, siempre mediante el respectivo trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la UNCUYO, en virtud de lo establecido en el Artículo 8°penúltimo párrafo del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 9.- Convocar, mediante notificación fehaciente que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, a la Asociación de Trabajadores Universitarios No docentes de la Universidad Nacional de Cuyo (A.T.U.N.Cu), Inscripción Gremial Nro. 3163, otorgada por Resolución Nro. 1024 con legajo Nro. 10124, a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante, a través del correo electrónico atuncuyo@gmail.com.
ARTÍCULO 10.- Disponer que todas las actas que se realicen como consecuencia del proceso del concurso deberán ser notificadas en el domicilio electrónico constituido a tal efecto (Artículo 9-Anexo I- Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 11.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente concurso a través del correo institucional del Departamento de Concursos No Docentes de la Dirección de Recursos Humanos (concursosnodocentes@fed.uncu.edu.ar) o mediante la página web www.uncu.edu.ar (https://www.uncuyo.edu.ar/concursos/apoyo_academico).
ARTÍCULO 12.- A los efectos de las notificaciones que deban cursarse en el marco del presente trámite concursal deberán tenerse en cuenta las pautas previstas en el Decreto Nro. 1759/1972 (T.O. Decreto Nro. 894/2017), reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, y lo establecido en el Artículo Nro. 5 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 26/2020-CS que aprobó el texto ordenado del Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica (SI N.E.) en todo el ámbito de la gestión administrativa de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 13.- Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Administrativo Decana Económico Financiero Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 13.02.2025 12:06:35 Fecha y hora: 13.02.2025 11:44:13
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 12 DIGITAL
► 2025
-ANEXO AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nro. 91/2023 - Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Educación b) Unidad Organizativa: Secretaría Académica c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección Técnica Académica 2) Datos del concurso: a) Clase de Concurso: Abierto b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición. 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Inicial 5) Categoría: SIETE (7) 6) Detalles del cargo: -Los datos de los apartados a), b) y c), sólo deberán completarse si el cargo a cubrir se encuentra previsto en la estructura orgánico – funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior. - Los datos del apartado d) corresponden a todos los cargos que no se encuentren previstos en la estructura orgánica - funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior. d) Funciones Específicas: Apoyo académico en la Dirección Técnica Académica Ejecutar tareas administrativas básicas vinculadas con la Evaluación de Desempeño Docente de la Facultad de Educación. Brindar atención y orientación a los docentes en relación con sus consultas sobre procesos administrativos. Colaborar en la articulación con otras áreas para la correcta ejecución de las tareas asignadas. Confeccionar, actualizar y archivar documentación y registros relacionados con la evaluación y demás procedimientos administrativos. Redactar notas y comunicaciones sobre actividades académicas, siguiendo instrucciones específicas. Transferir documentación utilizando los sistemas operativos institucionales, como COMDOC, SIU SUDOCU y SIU GUARANI.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 12 DIGITAL
► 2025
Apoyar en la organización del proceso de evaluación, asistiendo en la planificación, ejecución y seguimiento de las etapas del mismo. Colaborar en la redacción de convocatorias y comunicación de los requisitos a los docentes, especificando fechas y detalles importantes. Apoyar en la recepción y clasificación de la documentación presentada por los docentes. Gestionar expedientes electrónicos, asegurando la correcta incorporación de documentos y notificaciones. Coordinar aspectos logísticos básicos del procedimiento, como programación de citas y reserva de espacios. Mantener actualizado el archivo de documentación relacionada con la evaluación de desempeño. Proporcionar asistencia administrativa a las comisiones de evaluación, asegurando el suministro de información y documentación pertinente. Colaborar en la preparación de informes periódicos sobre el estado del proceso de evaluación, siguiendo indicaciones. Asistir en la organización y coordinación de encuestas de evaluación docente por parte de los estudiantes, asegurando su correcta incorporación al proceso de evaluación. 7) Cantidad de cargos: UNO (1) 8) Horario de desempeño previsto: 14 a 21 horas 9) Remuneración del cargo: Importe vigente a la fecha del llamado a concurso 10) Bonificaciones especiales: Las que correspondan según la normativa vigente. 11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: La inscripción se realizará mediante un Formulario Google habilitado para tal fin durante el período de inscripción, de acuerdo con las instrucciones detalladas en la resolución correspondiente a la convocatoria. 12) Nombres de los integrantes del Jurado del concurso: Jurados Titulares
Funciones que Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento ocupa MOYANO, Roberto Director Técnico 20.211 20.357.679 2 Administrativo Daniel Académico A cargo de la MOLL, Gabriela Dirección de 25.570 24.705.572 3 Administrativo Alejandra Gestión Académica
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 12 DIGITAL
► 2025
Mantenimiento A cargo de la BARRIENTOS, , Producción y 31.290 32.627.832 7 movilidad Nahuel Alejandro Servicios institucional Generales
Jurados Suplentes
Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Funciones que ocupa Director de EULIARTE, Sergio 23.688 21.705.005 2 Administrativo Gestión Mauricio Académica Apoyo académico en la BAY, María Paula 31.533 18.840.309 7 Administrativo Dirección de Gestión Académica Apoyo académico en la SALGUERO, Dirección de 29.759 32.093.256 7 Administrativo Sergio Oscar Asuntos Estudiantiles y Egresados
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones para el Ingreso y Egreso”, artículo 21º del Decreto Nacional Nro. 366/2006.
“TITULO 3 - CONDICIONES PARA EL INGRESO Y EGRESO Art. 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena”. Además, el Artículo 4° de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS establece que regirán para el ingreso las siguientes pautas:
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 12 DIGITAL
► 2025
a) Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad. b) A los fines de la acreditación de la aptitud psicofísica para el ejercicio de la función a la cual se aspira a ingresar, solo se dará curso a las designaciones una vez que el servicio médico que la Universidad determine haya expedido la certificación correspondiente. 14) Condiciones Generales: Título secundario o polimodal completo (excluyente) 15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): 1. Formación académica mínima: No se requiere formación superior, pero se valorará formación adicional relacionada con administración o gestión pública. 2. Experiencia laboral: Se valorará positivamente experiencia en funciones administrativas básicas, atención al público, manejo de documentación, o actividades relacionadas, pero no es un requisito excluyente. 3. Conocimientos técnicos básicos: Manejo básico de herramientas informáticas (Word, Excel, correo electrónico, etc.). Conocimientos generales sobre Sistemas Informáticos COMDOC y SUDOCU 4. Competencias personales y habilidades: Relaciones interpersonales y trabajo en equipo: a. Trabajo en equipo: Capacidad para colaborar con otros y alcanzar objetivos institucionales. b. Comunicación eficaz: Habilidad para expresar ideas de manera clara y concisa, tanto de forma oral como escrita. c. Respeto e integridad: Valores fundamentales que guían las interacciones con los demás. d. Discreción y cortesía: Capacidad para mantener la confidencialidad y tratar a los demás con respeto. e. Contribución al clima laboral: Actitud proactiva para fomentar un ambiente de trabajo positivo y armonioso. Proactividad y resolución de problemas: a. Iniciativa: Capacidad para proponer ideas y soluciones innovadoras. b. Responsabilidad: Compromiso con las tareas asignadas y los resultados obtenidos.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 12 DIGITAL
► 2025
c. Predisposición a colaborar: Disposición para ayudar a los demás y a la institución. d. Flexibilidad y adaptabilidad: Capacidad para ajustarse a cambios y nuevas situaciones. e. Autonomía: Capacidad para trabajar de manera independiente y tomar decisiones. f. Resolución de problemas: Habilidad para identificar y solucionar problemas de manera efectiva. Orientación a resultados y profesionalismo: a. Cumplimiento de normas: Adherencia a las políticas y procedimientos de la institución. b. Diligencia: Atención a los detalles y búsqueda de la excelencia en el trabajo. c. Tolerancia a la presión: Capacidad para trabajar bajo presión y mantener la calma en situaciones difíciles. 16) Temario General: 1) Constitución Nacional 2) Leyes Nacionales: Ley 19.549 Ley Nacional y reglamentación de Procedimientos Administrativos. Ley 22.140 Régimen jurídico básico de la Administración Pública Ley 25.188 Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública Ley 27.499 Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para Todas las Personas que Integran los Tres Poderes del Estado 3) Decretos Nacionales: Decreto Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 1759/1972 Decreto Nacional N° 41/1999 Código de Ética de la Función Publica Decreto Nacional N° 366/2006 Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones. Universitarias Nacionales Decreto Nacional N° 1246/2015 Convenio Colectivo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales Decreto Nacional N° 336/2017 Lineamientos para la redacción y producción de documentos administrativos
4) Estatuto Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 12 DIGITAL
► 2025
5) Ordenanzas del Consejo Superior y Rectorado Ordenanza N° 69/2009-CS Estructura orgánico-funcional de la Facultad de Educación Ordenanza N° 28/2000-CS Dedicaciones docentes, tipos, cumplimiento, sanciones, docentes incompatibilidades, profesores efectivos. Ordenanza N° 91/2014-CS Aprueba el Reglamento de evaluación de desempeño de los docentes efectivos de la UNCUYO 6) Ordenanzas y Resoluciones del Consejo Directivo Ordenanza N° 29/2015-CD Evaluación de los docentes efectivos de la Facultad de Educación Ordenanza N° 30/2015-CD Evaluación de Desempeño de los Docente interinos y reemplazantes de la Facultad de Educación 7) Manuales y otros: Manual de usuario Sistema informático SIU-SUDOCU y COMDOC III
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 12 DIGITAL
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2025-RES-011 13/02/2025 (Carga: 24/02/2025) |
► 2025
MENDOZA, 13 de febrero de 2025. VISTO: El Expediente Nro. 41473/2023, donde obran las actuaciones relacionadas con el concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección General Económica Financiera, dependiente de la Secretaría Administrativa Económico Financiera de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que el concurso se efectúa en el marco de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, por la cual se aprobó la "Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo".
Que la Dirección de Recursos Humanos informa las fechas de publicación e inscripción.
POR ELLO,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Convocar a concurso abierto de evaluación de antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición, para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 7 -Tramo Inicial - del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección General Económica Financiera dependiente de la Secretaría Administrativa Económico Financiera de esta Unidad Académica, cuyos datos se encuentran detallados en el ANEXO de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Difundir el presente llamado a concurso en el periodo comprendido entre el VEINTE (20) de marzo y el CUATRO (4) de abril de 2025, en el marco de lo establecido en el Artículo 7 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 3.- Publicar la convocatoria a concurso, en caso de corresponder y conforme a lo estipulado en el Artículo 7º del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS, en al menos un diario (digital o impreso) de circulación en la zona, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8º del mencionado Anexo.
ARTÍCULO 4.- Fijar como periodo de inscripción el plazo de CINCO (5) días hábiles, comprendido entre las 8:00 horas del SIETE (7) de abril y las 23:55 horas del ONCE (11) de abril de 2025. Durante este período, quienes deseen inscribirse deberán completar su solicitud mediante el siguiente
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 11 DIGITAL
► 2025
Formulario de Google: https://forms.gle/Eo6T2u24RGryAgVGA
ARTÍCULO 5.- Los aspirantes deberán anexar en la solicitud de inscripción su curriculum vitae y carpeta de probanzas en forma digital, con carácter de declaración jurada. No se admitirá documentación con posterioridad a la clausura del plazo de inscripción (Articulo 9 - Anexo I Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 6.- Establecer que la fecha de la prueba de oposición y la entrevista personal, a la que se hace referencia en la presente resolución, será determinada por la Comisión Asesora y comunicada fehacientemente al domicilio electrónico constituido por los aspirantes.
ARTÍCULO 7.- El temario de la prueba de oposición estará sujeto a lo detallado en el Anexo de esta resolución y serán seleccionados y graduados por la Junta Examinadora en orden de la naturaleza y especialidad del cargo que se concursa.
ARTÍCULO 8.- Establecer que, previo a darse a publicidad, la Dirección de Recursos Humanos deberá remitir una copia certificada de la presente resolución de llamado a concurso a la Dirección General de Personal del Rectorado, siempre mediante el respectivo trámite iniciado por SUDOCU, a fin de difundirlo en la página web de la UNCUYO, en virtud de lo establecido en el Artículo 8°penúltimo párrafo del Anexo I de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS.
ARTÍCULO 9.- Convocar, mediante notificación fehaciente que deberá constar en las actuaciones del presente concurso, a la Asociación de Trabajadores Universitarios No docentes de la Universidad Nacional de Cuyo (A.T.U.N.Cu), Inscripción Gremial Nro. 3163, otorgada por Resolución Nro. 1024 con legajo Nro. 10124, a participar con carácter de veedor, mediante la designación de UN (1) representante, a través del correo electrónico atuncuyo@gmail.com.
ARTÍCULO 10.- Disponer que todas las actas que se realicen como consecuencia del proceso del concurso deberán ser notificadas en el domicilio electrónico constituido a tal efecto (Artículo 9-Anexo I- Ordenanza Nro. 91/2023-CS).
ARTÍCULO 11.- Los postulantes podrán obtener mayor información del presente concurso a través del correo institucional del Departamento de Concursos No Docentes de la Dirección de Recursos Humanos (concursosnodocentes@fed.uncu.edu.ar) o mediante la página web www.uncu.edu.ar (https://www.uncuyo.edu.ar/concursos/apoyo_academico).
ARTÍCULO 12.- A los efectos de las notificaciones que deban cursarse en el marco del presente trámite concursal deberán tenerse en cuenta las pautas previstas en el Decreto Nro. 1759/1972 (T.O. Decreto Nro. 894/2017), reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, y lo establecido en el Artículo Nro. 5 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 26/2020-CS que aprobó el texto ordenado del Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica (SI N.E.) en todo el ámbito de la gestión administrativa de la Universidad Nacional de Cuyo.
ARTÍCULO 13.- Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Administrativo Decana Económico Financiero Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo Fecha y hora: 13.02.2025 12:06:36 Fecha y hora: 13.02.2025 11:44:13
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 11 DIGITAL
► 2025
-ANEXO PEDIDO DE AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nro. 91/2023 – Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo
SEÑORA RECTORA: CONT. ESTHER LUCÍA SÁNCHEZ:
El presente pedido de autorización para llamado a Concurso ante el Consejo Superior para la cobertura de vacantes del Personal de Apoyo Académico corresponde al siguiente detalle:
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Educación b) Unidad Organizativa: Dirección General Económico Financiera c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Presupuesto
2) Datos del concurso: a) Clase de Concurso: Abierto b) Metodología de Evaluación: Antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición.
3) Agrupamiento: Administrativo
4) Tramo: Inicial
5) Categoría: SIETE (7)
6) Detalles del cargo: -Los datos de los apartados a), b) y c), sólo deberán completarse si el cargo a cubrir se encuentra previsto en la estructura orgánico – funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior. -Los datos del apartado d) corresponden a todos los cargos que no se encuentren previstos en la estructura orgánica - funcional respectiva aprobada por el Consejo Superior.
c) Funciones Específicas: Apoyo académico en la Dirección de Presupuesto
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 11 DIGITAL
► 2025
Brindar asistencia y responder consultas de docentes, personal no docente, estudiantes, egresados y proveedores. Utilizar sistemas internos y externos relacionados con la gestión administrativa, financiera y de recursos, conforme a los procedimientos vigentes de la institución. Realizar las gestiones necesarias para la solicitud, ejecución y rendición de fondos asignados a diferentes programas y actividades de la unidad académica. Registrar, verificar, dar conformidad y archivar la documentación administrativa correspondiente. Gestionar el registro, entrega y control de materiales de oficina y limpieza para las diferentes sedes. Colaborar en las tareas de gestión administrativa general, como rendición de cuentas, compras y seguimiento de expedientes.
7) Cantidad de cargos: UNO (1)
8) Horario de desempeño previsto: 14 a 21 horas
9) Remuneración del cargo: Importe vigente a la fecha del llamado a concurso
10) Bonificaciones especiales: Las que correspondan según la normativa vigente.
11) Lugar, horario y modalidad en que los interesados deberán presentar la documentación: La inscripción se realizará mediante un Formulario Google habilitado para tal fin durante el período de inscripción, de acuerdo con las instrucciones detalladas en la resolución correspondiente a la convocatoria.
12) Nombres de los integrantes del Jurado del concurso: Jurados Titulares Funciones que Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento ocupa
Directora General GONZALEZ, Justina 23.548 17.573.173 1 Administrativo Económica Adriana Financiera
Director de MEDINA, Juan Cruz 27.103 25.938.068 2 Administrativo Presupuesto
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 11 DIGITAL
► 2025
A cargo de la Dirección de CRUZ, María Laura 28.055 27.740.407 3 Administrativo Recursos Humanos
Jurados Suplentes
Apellido y Nombre Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Funciones que ocupa Director de ILLANES, Francisco 21.538 16.767.627 2 Administrativo Contrataciones y Sergio Patrimonio Apoyo Académico en la Dirección MOYANO, Luis 29.012 25.874.385 7 Administrativo General Fernando Económico Financiera Apoyo Académico RODRÍGUEZ, Adrián 31.541 31.288.257 7 Administrativo en la Dirección de Matías Despacho
13) Requisitos: Son aquellos establecidos en el Titulo 3 – “Condiciones para el Ingreso y Egreso”, artículo 21º del Decreto Nacional Nro. 366/2006.
“TITULO 3 - CONDICIONES PARA EL INGRESO Y EGRESO Art. 21º: Para ingresar como trabajador de una Institución Universitaria nacional se requieren las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a través de los mecanismos que se establezcan, cumplir satisfactoriamente con el examen de aptitud psicofísica correspondiente y no estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena. b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier Institución Universitaria nacional o de la Administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier Institución Universitaria nacional o en la Administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena”. Además, el Artículo 4° de la Ordenanza Nro. 91/2023-CS establece que regirán para el ingreso las siguientes pautas: a) Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 11 DIGITAL
► 2025
b) A los fines de la acreditación de la aptitud psicofísica para el ejercicio de la función a la cual se aspira a ingresar, solo se dará curso a las designaciones una vez que el servicio médico que la Universidad determine haya expedido la certificación correspondiente.
14) Condiciones Generales:
Título secundario o polimodal completo (excluyente)
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante):
1. Formación académica mínima:
No se requiere formación superior, se valorará formación adicional relacionada con administración o gestión pública.
2. Experiencia laboral:
Se valorará positivamente experiencia en funciones administrativas básicas, atención al público, manejo de documentación, o actividades relacionadas, pero no es un requisito excluyente.
3. Conocimientos técnicos básicos:
Manejo básico de herramientas informáticas (Word, Excel, correo electrónico, etc.).
4. Competencias personales y habilidades:
Relaciones interpersonales y trabajo en equipo:
a. Trabajo en equipo: Capacidad para colaborar con otros y alcanzar objetivos institucionales. b. Comunicación eficaz: Habilidad para expresar ideas de manera clara y concisa, tanto de forma oral como escrita. c. Respeto e integridad: Valores fundamentales que guían las interacciones con los demás.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 11 DIGITAL
► 2025
d. Discreción y cortesía: Capacidad para mantener la confidencialidad y tratar a los demás con respeto. e. Contribución al clima laboral: Actitud proactiva para fomentar un ambiente de trabajo positivo y armonioso.
Proactividad y resolución de problemas:
a. Iniciativa: Capacidad para proponer ideas y soluciones innovadoras. b. Responsabilidad: Compromiso con las tareas asignadas y los resultados obtenidos. c. Predisposición a colaborar: Disposición para ayudar a los demás y a la institución. d. Flexibilidad y adaptabilidad: Capacidad para ajustarse a cambios y nuevas situaciones. e. Autonomía: Capacidad para trabajar de manera independiente y tomar decisiones. f. Resolución de problemas: Habilidad para identificar y solucionar problemas de manera efectiva.
Orientación a resultados y profesionalismo:
a. Cumplimiento de normas: Adherencia a las políticas y procedimientos de la institución. b. Diligencia: Atención a los detalles y búsqueda de la excelencia en el trabajo. c. Tolerancia a la presión: Capacidad para trabajar bajo presión y mantener la calma en situaciones difíciles.
16) Temario General:
1) Constitución Nacional
2) Leyes Nacionales: Ley 19.549 Ley Nacional y reglamentación de Procedimientos Administrativos. Ley 22.140 Régimen jurídico básico de la Administración Pública Ley 25.188 Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública Ley 27.499 Ley Micaela de Capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 11 DIGITAL
► 2025
Ley 24.156 Administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional
3) Decretos Nacionales: Decreto Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 1759/1972 Decreto Nacional N° 41/1999 Código de Ética de la Función Publica Decreto Nacional N° 366/2006 Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones. Universitarias Nacionales Decreto Nacional N° 336/2017 Lineamientos para la redacción y producción de documentos administrativos
4) Estatuto Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo
5) Ordenanzas del Consejo Superior y Rectorado Ordenanza N° 69/2009-CS Estructura orgánico-funcional de la Facultad de Educación Ordenanza N° 31/1997-CS Pautas para la utilización de fondos de presupuesto destinados al área de Secretaría de Investigación y Posgrado de la Facultad de Educación Ordenanza N° 40/2016-CS Reglamento correspondiente a la Administración de fondos asignados para la promoción de la investigación. Ordenanza N° 8/2019-CS sustituye el Art 8 de la Ordenanza 40/216- CS Ordenanza N° 55/2022-R Instructivo sobre ejecución y rendición de fondos ante la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) y de otras Secretarías, que correspondan efectuarse por SITRARED. Resolución N° 2511/2024-R Actualización del valor del módulo establecido en Ordenanza N° 86/2014-CS Resolución N° 1270/2016-CS Condiciones mínimas para rendición de cuentas de subsidios para la promoción de la investigación. Resolución N° 437/2017-CS sustituir el punto f, del Art 1ro del Anexo I de la Resolución N° 1270/2016-CS
6) Ordenanzas y resoluciones del Consejo Directivo y Decanato
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 11 DIGITAL
► 2025
Ordenanza N° 5/2024-CD Reglamento de Becas y subsidios de la Facultad de Educación Ordenanza N° 16/2011-CD Programa de Integración para capacitación de docentes, personal de apoyo académico, alumnos y egresados que participen en programas institucionales. Resolución N° 375/2024-D Procedimiento solicitud, pago y rendición de Unidad Académica para Secretaría de Investigación de la Facultad de Educación.
7) Manuales y otros: Manual de usuario Sistema informático SIU-SUDOCU y SITRARED.
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 11 DIGITAL
|
Concursos | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||