Digesto
|
10646 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
DE-2023-RES-469 21/06/2023 (Carga: 23/06/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 21 de junio de 2023. VISTO:
El Expediente Nro. 14112/2023, donde la estudiante Giuliana Victoria SOTO solicita las equivalencias entre espacios curriculares cursados y aprobados en el Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación Discapacidad Motora (Ordenanza Nro. 30/2012-CS) y espacios curriculares correspondientes a la Tecnicatura Universitaria en Educación Social (Ordenanza Nro. 86/2015-CS), y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante la Ordenanza Nro. 6/2016-CD.
Que no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que igualmente es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER las equivalencias de estudios a Giuliana Victoria SOTO (DNI Nro. 40.561.610) de acuerdo con el siguiente detalle:
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 469 DIGITAL
|
Académicas y Equivalencias | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2023-RES-468 21/06/2023 (Carga: 23/06/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 21 de junio de 2023. VISTO: El Expediente Nro. 13649/2023, donde obra el pedido de reconocimiento de antigüedad no docente de Analía Elcira VÁZQUEZ, dependiente de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que la interesada solicita el reconocimiento de antigüedad no docente por los servicios prestados en una institución educativa del ámbito de gestión pública provincial.
Que acompaña declaración jurada de cargos, horas cátedra, funciones, y certificación de servicios de la institución.
Que, analizadas las actuaciones por la Dirección de Recursos Humanos, concluye que no es factible el reconocimiento de antigüedad no docente ya que la interesada revista actualmente en el Instituto Técnico Nro. 4-109 “Ingeniero Alvarez Condarco”, perteneciente a la Dirección General de Escuelas, y percibe el adicional por antigüedad.
Que, conforme al Artículo 59 del Decreto Nro. 366/2006, “cuando el trabajador desempeñare más de un empleo y alguno de ellos fuere cumplido en organismos excluidos de este Escalafón que tuvieran implementado un régimen de bonificaciones por antigüedad, sólo se le reconocerán a los efectos de las presentes normas, los servicios que no sean ya bonificados en sus otros empleos”.
Que, en consecuencia, salvo mejor criterio, deberá rechazarse la presente solicitud.
Que la Secretaría Administrativa Económica Financiera presta la conformidad a lo resuelto en el trámite. Por ello, atento a lo expuesto, lo informado por la Dirección de Recursos Humanos, lo establecido por el artículo Nro. 8 de la Ordenanza Nro. 32/2016-R, modificado por el artículo Nro. 3 de la Ordenanza Nro. 4/2022-R; y en ejercicio de atribuciones delegadas,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- RECHAZAR el pedido de reconocimiento de antigüedad no docente efectuado por Analía Elcira VÁZQUEZ (DNI Nro. 25.292.204 – Legajo Nro. 34.925), por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 468 DIGITAL
|
Reconocimiento | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2023-RES-467 21/06/2023 (Carga: 21/06/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 21 de junio de 2023. VISTO: El Expediente Nro. 11396/2023 y la Resolución Nro. 393/2023-D,
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución citada en el visto se reconoció a Lucrecia Soledad MEONIS FOSCO una antigüedad docente de CUATRO (4) años y VEINTE (20) días al TREINTA (30) de abril de 2023, en el marco de lo establecido en el Artículo Nro. 36 del Decreto Nacional Nro. 1246/2015 (CCT) y Ordenanza Nro. 45/1997-CS.
Que la Dirección de Recursos Humanos solicita la rectificación de la norma en virtud del incorrecto reconocimiento de antigüedad consignado en el informe técnico anexado a las presentes actuaciones.
Que conforme a lo establecido en el artículo 101 del Decreto 1759/72 TO 2017, procede la rectificación de la Resolución Nro. 393/2023-D, en la parte pertinente. Por ello, atento a lo expuesto, lo informado por la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica; lo establecido por el artículo 8º de la Ordenanza Nro. 32/2016-R, modificado por el artículo 3º de la Ordenanza Nro. 4/2022-R; y en ejercicio de atribuciones delegadas,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- SUSTITUIR el Artículo 1 de la Resolución Nro. 393/2023-D por el siguiente:
“RECONOCER a Lucrecia Soledad MEONIS FOSCO (DNI Nro. 33.596.594 – Legajo Nro. 35.587), una antigüedad docente de CUATRO (4) años, UN (1) mes y VEINTIÚN (21) días al TREINTA (31) de mayo de 2023, en el marco de lo establecido en el Artículo Nro. 36 del Decreto Nacional Nro. 1246/2015 (CCT) y Ordenanza Nro. 45/1997-CS”. ARTÍCULO 2.- SUSTITUIR el ANEXO de la Resolución Nro. 393/2023-D por el ANEXO que forma parte de la presente resolución. ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 467 DIGITAL
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
-ANEXO
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 467 DIGITAL
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2023-RES-294 21/06/2023 (Carga: 27/06/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 21 de junio de 2023. VISTO: El EXP_E-CUY:0041313/2022, donde se tramita la evaluación de desempeño docente de Gonzalo Germán ARANDA, correspondiente al segundo cuatrimestre 2021 al primer cuatrimestre del 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nro. 543/2022-CD se conformó la comisión evaluadora del Departamento de Expresión, constituida por las docentes Irma Graciela MIRANDA, Laura SOLER y María Silvina BASCUÑAN.
Que el proceso evaluativo se ha efectuado según lo establecido por la Ordenanza Nro. 30/2015-CD.
Que la comisión evaluadora considera el desempeño del docente como NO SATISFACTORIO.
Que en sus conclusiones sugiere que el docente se incorpore a proyectos de extensión o investigación a fin de cumplir con las funciones inherentes a la docencia, según lo establecido en el Estatuto Universitario.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 13 de abril de 2023, sugirió al Consejo Directivo aprobar lo actuado por la comisión evaluadora que calificó como NO SATISFACTORIO el desempeño del docente Gonzalo Germán ARANDA. Por ello, teniendo en cuenta lo aprobado en sesión del 20 de abril de 2023, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- APROBAR el dictamen de la comisión evaluadora de desempeño para el docente Gonzalo Germán ARANDA (DNI Nro. 25.742.084 - Legajo Nro. 32.853), correspondiente al periodo segundo cuatrimestre 2021 al primer cuatrimestre del 2022, expresado como NO SATISFACTORIO.
ARTÍCULO 2.- DERIVAR a la Dirección de Recursos Humanos a fin de registrar la presente resolución en el legajo personal.
ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 294 DIGITAL
|
Evaluación de Desempeño | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CD-2023-RES-293 21/06/2023 (Carga: 23/06/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 21 de junio de 2023. VISTO: El Expediente Nro. 12667/2023 y la Resolución Nro. 8/2023-CD, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución citada en el visto se aprobó lo actuado por la Junta Electoral Particular y designó a los miembros titulares y suplentes del Consejo de Investigación, dependiente de la Secretaría de Investigación y Posgrado, correspondiente al período 2022-2026.
Que la Secretaría de Investigación y Posgrado solicita la sustitución de Carolina Eva MARTÍNEZ como miembro titular del Consejo, en virtud de la licencia presentada por la docente por su reciente designación en el cargo de Directora de Posgrado.
Que, por otra parte, comunica la renuncia de la docente María Magdalena TOSONI como miembro suplente, por lo que además solicita la designación del reemplazante para completar la integración del órgano según el escrutinio definitivo de la elección.
Que la Comisión de Interpretación y Reglamento, en reunión del 1 de junio de 2023, sugirió al Consejo Directivo la sustitución de Carolina Eva MARTÍNEZ por Claudina Estela RODRIGUEZ como miembro titular del Consejo de Investigación, mientras dure la licencia de la primera. Además, designar como miembro suplente del órgano a Ana María Jorgelina REPETTO. Por ello, teniendo en cuenta lo aprobado en sesión del 8 de junio de 2023,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- DESIGNAR a Claudina Estela RODRÍGUEZ (DNI Nro. 22.597.978) como miembro titular del Consejo de Investigación, mientras dure la licencia solicitada por la docente Carolina Eva MARTÍNEZ. ARTÍCULO 2.- DESIGNAR a Ana María Jorgelina REPETTO (DNI Nro. 20.357.448) como miembro suplente del Consejo de Investigación, correspondiente al período 2022-2026, en virtud de la renuncia a dicho órgano presentada por María Magdalena TOSONI.
ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 293 DIGITAL
|
Designaciones | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2023-RES-466 16/06/2023 (Carga: 21/06/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 16 de junio de 2023. VISTO: El Expediente Nro. 14227/2023, donde se tramita la aprobación del Panel “Inclusión educativa: conflictos y respuestas” presentado por la docente María Cecilia TOSONI, y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Extensión elevó la propuesta del Panel “Inclusión educativa: conflictos y respuestas”, presentado por la docente María Cecilia TOSONI, como actividad de capacitación y perfeccionamiento.
Que la propuesta pretendió generar un debate y un intercambio de saberes sobre los desafíos ético-políticos que la inclusión de las personas con discapacidad demandan en Mendoza.
Que la actividad fue analizada y aprobada por el Consejo de Extensión, según consta en Acta Nro. 8 del 7 de junio de 2023.
Que el programa se ajusta a las disposiciones de la Ordenanza Nro. 6/2019-CD.
Que la emisión del acto administrativo se realizará ad referéndum del Consejo Directivo.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE: ARTÍCULO 1.- DÉSE por aprobado el Panel “Inclusión educativa: conflictos y respuestas”, presentado por la docente María Cecilia TOSONI, realizado el QUINCE (15) de junio de 2023 en el SUM de la sede campus de la Facultad de Educación, según el programa obrante en el ANEXO que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 466 DIGITAL
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
-ANEXO Panel: Inclusión educativa: conflictos y respuestas
Categoría: Panel Alcance: abierto
Nombre de la propuesta: Inclusión educativa: conflictos y respuestas Responsable: Prof. Dra. Cecilia Tosoni (coordinadora) Profesoras invitadas: Prof. Elizabeth
Quero, Prof. Cecilia García y Prof. Florencia Urquiza
Destinatarios: Estudiantes, Docentes de la FED, público en general
Cupo de asistentes: 5 a 50 personas Carga Horaria: 2 horas Cronograma: jueves 15 de junio de 18:30 a 20:30hs
Lugar y recursos: SUM (sede Campus) y equipo multimedia, equipo para grabar el panel para su difusión posterior
Arancel: actividad gratuita
Honorarios profesionales: no corresponde Características de la propuesta: Fundamentación:
La Ley de Educación Nacional N° 26.206 de 2006 asumió la inclusión educativa como uno de sus fines y objetivos (Art. 11). Posteriormente, se establecieron una serie de reglamentaciones nacionales y provinciales fundamentadas en el modelo social de la discapacidad a fin lograr la inclusión de niños y niñas con discapacidad en las escuelas comunes. Desde entonces, se ha implementado la inclusión escolar considerando que su consagración legal modificaría prejuicios de larga data, prácticas de segregación, actitudes y discursos discriminatorios sobre las personas con alguna diversidad funcional o con comportamientos disruptivos en la escuela.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 466 DIGITAL
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Por otro lado, los procesos de inclusión generados a partir de las normativas vigentes han configurado múltiples experiencias educativas, caracterizadas por la participación de distintas instituciones, aumento del número y de la diversidad de profesionales vinculados a las PcD, particularmente a les niñes, a sus familias. Distintas investigaciones muestran los conflictos que atraviesan las y los estudiantes con discapacidad, las cuales evidencian una inclusión excluyente en la medida en que, si bien permanecen en escuelas comunes, sufren discriminación o segregación. Ellas y ellos son los excluidos de adentro (Sinisi 2010). Asimismo, en las dinámicas de su escolarización, aparece el aislamiento, la violencia simbólica, la evaluación permanente y la vigencia de visiones discapacitantes (Cobeñas, 2018). Además, los procedimientos establecidos para enfrentar situaciones de fracaso escolar, conllevan en muchos casos, una patologización de sus causas y a una medicalización de niños y niñas de edad temprana, iniciando una trayectoria como pacientes (Dueñas, 2019; Miranda, 2011)).
La ejecución de proyectos de extensión realizados con instituciones de educación especial desde 2015 nos llevó a indagar sobre inclusión educativa. En nuestras investigaciones hemos advertido que la puesta en práctica de la inclusión educativa muestra vacíos o contradicciones en la normativa. Además, aumentó la intervención de múltiples profesionales cuya permanencia en la escuela es diversa y conflictiva. En las entrevistas llevadas adelante, hemos observado diferentes interpretaciones sobre la discapacidad o sobre los problemas de aprendizajes por parte de docentes, directivos y familias (García y Urquiza, 2019). También, lamentablemente, en los procesos de inclusión hemos relevado experiencias de sufrimiento de niñez (discriminación, segregación, indiferencia) que se creían erradicadas.
En este contexto actual, donde el imperativo de inclusión educativa suscita conflictos ante los cuales los distintos agentes educativos (autoridades DGE, directivos, docentes, otros profesionales, familias y PcD) responden de manera diversa. Los resultados de nuestras investigaciones nos muestran que la inclusión escolar vivida como un imperativo educativo incuestionado genera situaciones no problematizadas. En ellas, se advierte que en muchos casos promueven lo contrario: segregación y sufrimiento. Por lo cual, nos parece relevante que les estudiantes y docentes de nuestra institución conozcan reflexionen sobre cómo se llevan adelante los procesos de inclusión, qué respuestas dan los docentes involucrados, cuáles son sus demandas, qué lugar le cabe a nuestra institución como formadora de docentes en este contexto. Es por eso, que entendemos que es importante escuchar a especialistas, profesoras egresadas de nuestra institución, que aportarán sus conocimientos y experiencias. Pretendemos generar un debate y un intercambio de saberes entre panelistas, estudiantes, docentes sobre los desafíos ético-políticos que la inclusión de PcD demanda en Mendoza.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 466 DIGITAL
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Las Prof. Cecilia García y Prof. Florencia Urquiza, además de su actividad profesional, forman parte del equipo de investigación que actualmente lleva adelante Proyecto Desigualdades sociales, construcciones simbólicas e inclusión educativa en escuelas del Gran Mendoza, SIIP UNCuyo 20222024 (Resol. Nº 2118/2022 Cod. Nº 06/H015-T1), dirigido por Dra. Magdalena Tosoni, y han participado de actividades de extensión desde 2011 hasta la fecha en nuestra facultad. La Prof. Elizabeth
Quero es directora de la Esc. N° 2-701 Arte Aplicado. Institución que participa de la propuesta del Taller de Noticias de y para niñez en el marco del Proyecto de extensión: Estamos al aire. Talleres de producción radial para niñez y adolescentes de Godoy Cruz y Luján de Cuyo (4ta. Convocatoria Prácticas Sociales Educativas UNCuyo) durante el presente año.
Objetivos:
✔ Visibilizar diversas situaciones conflictivas ocurridas en la puesta en práctica de la inclusión educativa.
✔ Reconocer diferentes tipos de barreras sociales e institucionales que generan los procesos de inclusión educativa a partir de las experiencias de docentes egresadas de la FED
✔ Identificar los distintos agentes que intervienen en los conflictos, sus prácticas y responsabilidades en los procesos de inclusión educativa.
✔ Conocer las respuestas que proponen nuestras egresadas para resolver situaciones conflictivas en los procesos de inclusión escolar
✔ Comunicar conocimientos producidos en proyectos de investigación
✔ Identificar desafíos éticopoliticos que implica la puesta en práctica de la inclusión educativa para los y las docentes de educación especial y común. Contenidos:
● La inclusión educativa y la vida cotidiana en las escuelas: inclusión excluyente, visiones discapacitantes, evaluación permanente. Diferentes interpretaciones de la discapacidad: docentes, directivos, niñas, niños, familias, otros profesionales.
● Conflictos y respuestas de los distintos agentes e instituciones. Tensiones entre docentes y otros profesionales involucrados.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 466 DIGITAL
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Metodología
Cada panelista contará con 15 minutos para presentar su exposición basada en su experiencia en procesos de inclusión
Luego se realizará un debate de 30-45 minutos a partir de preguntas de los y las participan
Evaluación: no corresponde
Bibliografía:
Armijo Cabrera, Muriel. «Deconstruyendo la noción de inclusión: Un análisis de investigaciones, políticas y prácticas en educación.» Revista Electrónica Educare. setiembre diciembre de 2018. http://www.una.ac.cr/educare.
Burad, Viviana, Cecilia García, y Florencia Urquiza. «Diferentes interpretaciones sobre inclusión educativa en escuelas primarias de sectores populares del Gran Mendoza.» 2018.
Cobeñas, Pilar. «Escuela y personas con discapacidad: integración y desintegración en tiempos de inclusión.» Archivos de Ciencias de la Educación v. 12 n. 13, 2018: https://doi.org/10.24215/23468866e042.
Dueñas, Gabriela. «Acerca de la patologización y medicalización de los malestares infantiles actuales y sus derechos en juego.» Revista Derechos en Acción Año 4 n.12, 2019: 178189.
García, Cecilia, y Florencia Urquiza. «“Las construcciones de las clasificaciones en torno a la inclusión. La mirada de los niños y las niñas vs la mirada de los adultos y las adultas.» IV Jornadas de Sociología Agrietar el neoliberalismo en nuestra América Fac. de Ciencias Políticas y Sociales UNCuyo. Mendoza, 2021.
—. «La “discapacidad” en cuestión: significados, percepciones e identidades en disputa.» XIII Jornadas de Sociología UBA. Buenos Aires, 2019.
Miranda, Estela. «Una 'caja de herramientas' para el análisis de la trayectoria de la política educativa. La perspectiva de los ciclos de las políticas.» En (Re) Pensar la Educación Pública. Aportes desde la Argentina y Brasil, de Estela Miranda, 105-126. Córdoba: Editorial de la FFYL de UNCórdoba, 2011.
Sinisi, Liliana. «Integración o inclusión escolar: ¿un cambio de paradigma?» Boletín de Antropología de la Educación n.1 diciembre, 2010: 11-14.
Skliar, Carlos. ¿Y si el otro no estuviera ahí? Notas para una pedagogía (improbable) de la diferencia. Buenos Aires: Miño y Dávila 5 reimpresión, 2007.
Tosoni, Cecilia. «La Inclusión educativa como imperativo político: conflictos y nuevas formas de subjetividad.» Ponencia en XI Congreso Chileno de Sociología PreAlas 2022, modalidad virtual. Universidad de Concepción, 2022.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 466 DIGITAL
|
Mostrar 1 ![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2023-RES-465 16/06/2023 (Carga: 21/06/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 16 de junio de 2023.
VISTO:
El Expediente Nro. 14313/2023, donde se tramita la adecuación de la situación de revista del docente Aldo Aníbal ALTAMIRANO, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nro. 172/2023 el Consejo Superior designó al docente en un cargo Profesor Titular con dedicación simple de carácter efectivo, cuya efectiva prestación de servicios fue determinada a partir del 1 de mayo de 2023 según la Resolución Nro. 228/2023-D.
Que, debido a ello, es necesario adecuar la situación de revista del agente para evitar situaciones de incompatibilidad.
Que el docente posee un cargo Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva de carácter efectivo, designado por la Resolución Nro. 344/2014-CS, para el dictado del espacio curricular “Pedagogía” en diversas carreras de esta Unidad Académica, desde el 29 de julio de 2014 según la Resolución Nro. 702/2014-D.
Que, en este caso, se reducirá temporalmente la dedicación a partir del 1 de junio hasta el 31 de diciembre de 2023.
Que, por otra parte, se designará, por el mismo periodo de tiempo, en un cargo Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva de carácter interino, ambos para el dictado del espacio curricular “Educación Social” en la Tecnicatura Universitaria en Educación Social.
Que la Dirección General Económica Financiera incorpora informe presupuestario.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- OTORGAR el cambio de dedicación temporal, de SEMIEXCLUSIVA a SIMPLE, a Aldo Aníbal ALTAMIRANO (DNI Nro. 22.392.263 - Legajo Nro. 29.068) en UN (1) cargo de Profesor Adjunto de carácter efectivo, a partir del UNO (1) de junio hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023, para el dictado del espacio curricular “Educación Social” en la Tecnicatura Universitaria en Educación Social.
ARTÍCULO 2.- DESIGNAR a Aldo Aníbal ALTAMIRANO (DNI Nro. 22.392.263 - Legajo Nro. 29.068) en UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva de carácter interino, a partir del UNO (1) de junio hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2023, para el dictado del espacio curricular “Educación Social” en la Tecnicatura Universitaria en Educación Social.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 465 DIGITAL
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
ARTÍCULO 3.- El gasto que ocasione la presente medida responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente categoría programática:
Depend. o Subdepen Fuente de Programa Sub- Proyecto Activi- Obra Finalidad Función Participación Apartado -dencia Financiam. programa dad Porcentual 13 11 46 03 00 99 0 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
El gasto que demande la presente designación se imputará según la clasificación por objeto del gasto y código de cargos que a continuación se detalla: Código Descripción Clasificación Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 13 Facultad de Educación Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 799-800 Personal Docente – Profesor Adjunto 799-811 Personal Docente – Profesor Adjunto
ARTÍCULO 4.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 465 DIGITAL
|
Designaciones | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||