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10646 Normativas
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DE-2022-RES-207
29/04/2022
(Carga: 20/05/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 29 de abril de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0004677/2022 y la Resolución Nº 107/2022-CD, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1 de la Resolución Nº 107/2022 el Consejo Directivo aprobó la opción de continuidad de la docente Ana Mabel TORTAJADA en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación exclusiva de carácter interino, designada mediante Resolución N° 800/2021-CD.
Que por Resolución Nº 207/2022-CS efectivizó el cargo en el marco del procedimiento de “Concursos Especiales por Razones Extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID-19 para Docentes Interinos” (CEREP.Cov).
Que en la resolución citada en el visto se consignó erróneamente el cargo interino, cuando la permanencia correspondía en el cargo efectivo.
Que, atento a lo expuesto, resulta necesario rectificar la norma.
Que en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/1972 - T.O. 2017 se establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión. POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- RECTIFICAR la Resolución Nº 107/2022-CD con el siguiente alcance: Donde dice: … UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación exclusiva de carácter interino, designada mediante Resolución N° 800/2021-CD … Debe decir: … UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación exclusiva de carácter efectivo, designada mediante Resolución Nº 207/2022-CS …
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG
AR Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 207 DIGITAL
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DE-2022-RES-206
29/04/2022
(Carga: 20/05/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 29 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0004405/2022, donde obra el pedido de licencia por razones particulares, sin goce de haberes, presentada por Dante Gabriel MERELLES, , en el marco del Artículo 49 del Decreto Nº 1246/2015, y
CONSIDERANDO:
Que dicha licencia se solicita desde el UNO (1) de abril de abril hasta el TREINTA (30) de junio de 2022, en el cargo Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva de carácter suplente, con funciones en la Escuela Carmen Vera Arenas, según Resolución Nº 94/2022-D, emitida ad-referéndum del Consejo Directivo.
Que corre agregado el Formulario Nº 20 de la Circular Nº 39/2015 de Gestión de Personal de la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica.
Que obra anexa la declaración jurada electrónica de los cargos, funciones y pasividades de la docente.
Que lo solicitado encuadra en el Artículo 49 Punto II –inciso b)- del Decreto Nacional Nº 1246/2015, el que, en su parte pertinente, dice: “El docente que cuente con dos (2) años de antigüedad ininterrumpida en la Institución Universitaria Nacional en el período inmediato anterior a la fecha en que formule el pedido respectivo, podrá hacer uso de licencia por razones particulares por treinta (30) días por año de servicio. Podrán ser utilizados en forma continua o fraccionada y serán acumulables hasta un máximo de seis (6) meses por vez…”.
Que el trámite cuenta con la conformidad de la Dirección General de Personal del Rectorado. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la Ordenanza Nº 32/2016-R, complementada por la Ordenanza Nº 4/2022-R, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER licencia por razones particulares, sin goce de haberes, desde el UNO (1) de abril de 2022 hasta el TREINTA (30) de junio de 2022, a Dante Gabriel MERELLES (DNI Nº 29.974.620 - Legajo Nº 28.981), en el cargo Ayudante de Primera con dedicación semiexclusiva de carácter suplente, con funciones en la Escuela Carmen Vera Arenas, según Resolución Nº 94/2022-D, emitida ad-referéndum del Consejo Directivo. ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 206 DIGITAL
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Licencias
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DE-2022-RES-205
29/04/2022
(Carga: 20/05/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 29 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0005163/2022, la Ordenanza Nº 1/2021-CD y la Resolución Nº 195, emitida por ad-referéndum del Consejo Directivo, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución citada en el visto se autorizó la convocatoria a becas de ayuda económica y de práctica destinadas a estudiantes de pregrado y grado de esta Unidad Académica, conforme a la propuesta elevada por la Dirección de Asuntos Estudiantiles y Egresados/as, dependiente de la Secretaría de Extensión, según los términos establecidos en el ANEXO I y II de la norma.
Que en dicha convocatoria se estableció el plazo de inscripción entre el DOS (2) y el DIEZ (10) de mayo de 2022.
Que el Secretario Administrativo Económico Financiero solicita modificar el periodo de inscripción ya que el sistema SIU KOLLA requiere ser adaptado a los términos del nuevo llamado. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- ESTABLECER entre el NUEVE (9) y el DIECISIETE (17) de mayo de 2022 el periodo de inscripción de la convocatoria a becas de ayuda económica y de práctica destinadas a estudiantes de pregrado y grado de esta Unidad Académica, conforme a la propuesta elevada por la Dirección de Asuntos Estudiantiles y Egresados/as, dependiente de la Secretaría de Extensión, según los términos establecidos en el ANEXO I y II de la Resolución Nº 195, emitida por ad-referéndum del Consejo Directivo.
ARTÍCULO 2.- Comunicar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 205 DIGITAL
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Becas y Convocatorias
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DE-2022-RES-204
29/04/2022
(Carga: 20/05/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 29 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0041627/2021, donde se tramita la rendición del Programa de Integración 2019 de la Escuela Carmen Vera Arenas, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de la Escuela Carmen Vera Arenas solicita la reconstrucción digital del expediente en soporte papel EXP-CUY:0023480/2019 Programa de Integración, conforme al Artículo 105 del DECRETO 1759/72 - T.O. 2017.
Que, a tal fin, adjunta carátulas de las notas incorporadas al expediente en soporte papel, la nota iniciadora del trámite, el resumen de gastos y los recibos firmados por el personal docente.
Que los fondos disponibles a través del Programa de Integración están destinados a promover y colaborar con el perfeccionamiento y capacitación en el país y en el exterior, de docentes de planta que cumplan funciones docentes frente a alumnos, personal de apoyo académico, de gestión, estudiantes y egresados/as que participen en programas y proyectos institucionales.
Que mediante la Ordenanza Nº 6/2011-CD se aprobó el reglamento de distribución de fondos del Programa de Integración.
Que obran las solicitudes de ayuda económica presentada por el personal de la institución con el correspondiente recibo firmado.
Que la Dirección de la escuela adjunta informe presupuestario. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- AUTORIZAR a la Escuela Carmen Vera Arenas a liquidar los fondos destinados al Programa de Integración 2019 por un importe total de PESOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE con 67/100 ($ 41.387,67) a favor del personal que se detalla en el ANEXO de la presente resolución. ARTÍCULO 2.- El gasto que demande la ejecución de la presente disposición deberá imputarse a la siguiente red presupuestaria: A.1100.065.001.000.11.14.01.00.02.00.5.1.0.0000.1.21.3.4
ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 204 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
-ANEXO
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 204 DIGITAL
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Económica
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CD-2022-RES-113
29/04/2022
(Carga: 20/05/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 29 de abril de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0004070/2021, las Ordenanzas Nros. 23/2010-CS y su modificatoria 39/2010-CS, las Resoluciones Nros. 639/2021-CS, 593/2021-CD y 14/2022-CD, donde se tramita el llamado a Concurso Abierto para la provisión de UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple de carácter efectivo, correspondiente al Departamento de Fundamentos de la Educación, para el dictado del espacio curricular “Pedagogía” y para dictar por extensión el espacio curricular “Teoría de la Educación” en el Profesorado Universitario de Educación Primaria, Licenciatura en Terapia del lenguaje, Tecnicatura Universitaria en Educación Social, Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas, Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora, Profesorado Universitario de Educación Inicial, Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 639/2021 el Consejo Superior autorizó a la Facultad de Educación a convocar el concurso de referencia.
Que a través de la Resolución Nº 14/2022-CD de fecha 15 de marzo de 2022 se efectuó el llamado a concurso abierto para la provisión de UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple de carácter efectivo, correspondiente al Departamento de Fundamentos de la Educación, para el dictado del espacio curricular “Pedagogía” y para dictar por extensión el espacio curricular “Teoría de la Educación” en el Profesorado Universitario de Educación Primaria, Licenciatura en Terapia del lenguaje, Tecnicatura Universitaria en Educación Social, Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas, Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora, Profesorado Universitario de Educación Inicial, Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual de esta Unidad Académica.
Que la reglamentación establece que la convocatoria deberá ser publicada dentro de los DIEZ (10) días antes de iniciarse el periodo de inscripción, DOS (2) veces en diarios de Mendoza, la primera dentro de los primeros CINCO (5) días del periodo de convocatoria.
Que en función de los plazos establecidos, y con el objeto de alcanzar una mayor difusión y período de preparación de los/as aspirantes al proceso, garantizando así los principios que rigen los mecanismos de concurso público -entre los que se destacan igualdad de oportunidades y de trato, y debida difusión pública de las convocatorias-, se propicia reprogramar los plazos de publicación de la convocatoria y consecuentemente los plazos de inscripción.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 28 de abril de 2022, sugirió al Consejo Directivo ratificar el perfil consignado en las Resoluciones Nros. 593/2021-CD y 14/2022CD. Remitir el expediente a Dirección Técnica Académica para que se establezcan las nuevas fechas de publicación e inscripción de la convocatoria a la brevedad.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 113 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Que el Consejo Directivo, en sesión del 28 de abril de 2022, resolvió aprobar el dictamen de la Comisión.
Que la Dirección Técnica Académica informó las nuevas fechas de publicación e información y el periodo de inscripción de los/as postulantes.
POR ELLO,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- REPROGRAMAR los plazos de publicación e inscripción establecidos por la Resolución Nº 14/2022-CD de fecha QUINCE (15) de marzo de 2022, conforme el nuevo cronograma establecido por la Dirección Técnica Académica dependiente de Secretaría Académica.
ARTÍCULO 2.- FIJAR como nuevo período de publicación e información del concurso entre el CINCO (5) de mayo y el DIECINUEVE (19) de mayo de 2022 y el periodo de inscripción desde el VEINTE (20) de mayo hasta el VEINTE (20) de junio de 2022.
ARTÍCULO 3. Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 113 DIGITAL
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Convocatorias
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DE-2022-RES-203
28/04/2022
(Carga: 20/05/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 28 de abril de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0014163/2022, donde solicita que se autorice el pago de los montos destinados a la continuidad de los proyectos de extensión, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Resoluciones Nros.145/2022-D y 151/2022-D se aprobaron la continuidad de los siguientes proyectos de extensión: -PROYECTO DE MOVILIDAD SOCIAL Y EDUCATIVA: UN CAMINO ASCENDENTE EN EL BARRIO POPULAR LUZ DE VIDA. Director: OSIMANI, JAVIER ALFREDO -PROYECTO: FUGA INTERIOR. Directora: ECHEGARAY, ANDREA CECILIA -PROYECTO: OBSERVATORIO AUDIOVISUAL: LA EDUCACIÓN DE AYER, DE HOY Y DE MAÑANA: UNA CONSTRUCCIÓN PARTICIPATIVA. Director: ASSO, JORGE ALEJANDRO
Que el Consejo de Extensión, en reunión del NUEVE (9) de marzo del 2022, aprobó el presupuesto de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS 00/100 ($ 47.500,00) destinado a la continuidad de los proyectos de extensión.
Que la Dirección General Económica Financiera informa que puede accederse a lo solicitado por la Secretaría de Extensión. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- APROBAR el presupuesto destinado a la continuidad de los proyectos de extensión, según el siguiente detalle:
Proyecto/Director Monto “Movilidad Social y Educativa un camino ascendente en $ 47.500,00 el Barrio Popular Luz de Vida” OSIMANI, Javier
“Fuga Interior ” $ 47.500,00 ECHEGARAY, Andrea
“La Educación de ayer de hoy y de mañana: una $ 47.500,00 construcción participativa” ASSO, Jorge
MONTO TOTAL $ 142.500,00
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 203 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande lo dispuesto en la presente resolución deberá imputarse al presupuesto ordinario de la Secretaria de Extensión: A:1100.0001.013.000.000.11.46.00.00.00.00.3.4.
ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 203 DIGITAL
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Proyectos de Extensión
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DE-2022-RES-202
28/04/2022
(Carga: 20/05/2022)
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INFORMAR que el monto asignado al Programa de Integración 2022 destinado a la Facultad de Educación, en el marco de las Ordenanzas Nros. 16/2009-CS y 6/2011-CD, es de PESOS TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS con 94/100 ($ 319.236,94).
DETERMINAR los siguientes criterios de distribución, montos máximos a otorgar y condiciones exigidas a los/as beneficiarios/as en el marco del Programa de Integración 2022: El concepto de inscripción, alojamiento y transporte se reconocerá, durante el presente ejercicio y como montos máximos: Al beneficiario/a en calidad de ASISTENTE, hasta PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 7.800,00). Al beneficiario/a en calidad de EXPOSITOR/A, hasta PESOS NUEVE MIL CIEN con 00/100 ($ 9.100,00).
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 28 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0005295/2022, las Ordenanzas Nros. 16/2009-CS, 6/2011-CD y la Resolución Nº 112/2022-CD, donde se determina la distribución de la asignación de recursos destinados al Programa de Integración 2022 de la Facultad de Educación, y
CONSIDERANDO:
Que los fondos disponibles a través del Programa de Integración están destinados a promover y colaborar con el perfeccionamiento y capacitación en el país y en el exterior, de docentes de planta que cumplan funciones docentes frente a alumnos, personal de apoyo académico, de gestión, estudiantes y egresados/as que participen en programas y proyectos institucionales.
Que anualmente cada Unidad Académica asignará los recursos según la ordenanza de presupuesto que rija para el ejercicio económico.
Que a través de la Resolución Nº 112/2022 el Consejo Directivo estableció que la asignación de recursos destinados al Programa de Integración 2022 de la Facultad de Educación es de PESOS TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 94/100 ($ 319.236,94).
Que el Punto 1 inciso d) del Anexo I de la Ordenanza N° 6/2011-CD expresa que “una vez conocido el monto anual asignado a la Facultad, Decanato comunicará por resolución el monto que corresponde a cada uno de los claustros, el monto máximo a otorgar por ayuda económica y el monto fijo a otorgarse por concepto de hospedaje”.
Que, atento a la reconducción presupuestaria de la Universidad Nacional de Cuyo, se dispone replicar los criterios de distribución y asignación de recursos utilizados en la resolución emitida en 2019 con motivo del Programa de Integración. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1. INFORMAR que el monto asignado al Programa de Integración 2022 destinado a la Facultad de Educación, en el marco de las Ordenanzas Nros. 16/2009-CS y 6/2011-CD, es de PESOS TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS con 94/100 ($ 319.236,94). ARTÍCULO 2. DETERMINAR los siguientes criterios de distribución, montos máximos a otorgar y condiciones exigidas a los/as beneficiarios/as en el marco del Programa de Integración 2022: El concepto de inscripción, alojamiento y transporte se reconocerá, durante el presente ejercicio y como montos máximos: Al beneficiario/a en calidad de ASISTENTE, hasta PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 7.800,00). Al beneficiario/a en calidad de EXPOSITOR/A, hasta PESOS NUEVE MIL CIEN con 00/100 ($ 9.100,00).
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 202 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Durante el presente ejercicio se reconocerá en concepto de alojamiento, hasta dos (2) noches, un monto de hasta $ 1.690, 00 (PESOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA con 00/100) por noche.
En concepto de capacitaciones pagadas en cuotas se reconocerá, durante el presente ejercicio y con los respectivos comprobantes, hasta PESOS NUEVE MIL CIEN con 00/100 ($ 9.100,00). Los plazos de presentación de solicitudes de pedidos de ayuda económica, solventados mediante el Programa de Integración, se extienden hasta el: TREINTA Y UNO (31) de mayo de 2022, para actividades a desarrollarse en el primer semestre. TREINTA Y UNO (31) de agosto de 2022, para actividades a desarrollarse en el segundo semestre.
El pago del monto asignado se abonará en dos cuotas: El CINCUENTA POR CIENTO (50 %) será abonado con anterioridad al desarrollo de la actividad, en base a los montos declarados en la solicitud, en conceptos de inscripción, pasajes y hospedaje. El otro CINCUENTA POR CIENTO (50 %) será abonado con posterioridad al desarrollo de la actividad, atento a lo dispuesto posteriormente.
El/la beneficiario/a de la ayuda económica deberá presentar en Dirección General Económica Financiera los DOS (2) Formularios: Informe Académico e Informe Financiero, según lo prescribe el Artículo 7 de la Ordenanza Nº 16/2009-CS. Instrucciones para la rendición de cuentas: a) Los comprobantes deben ser originales. Estos deben ser facturas o tickets “B” o Recibo “C” a nombre del BENEFICIARIO/A y UNCUYO. Se acepta como forma de pago: contado efectivo, tarjeta de crédito en un pago (con la presentación del resumen correspondiente) y tarjeta de débito con presentación del cupón de pago y la factura correspondiente. No se aceptarán comprobantes ilegibles o de difícil identificación. b) Presentar el informe académico de la labor desarrollada, con la correspondiente certificación, y el informe financiero según los modelos del Anexo I de la Ordenanza Nº 16/2009-CS.
La Dirección General Económica Financiera brindará información a la comunidad educativa sobre los requisitos del Programa de Integración 2022.
ARTÍCULO 3.- Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 202 DIGITAL
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Económica
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