Digesto
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10646 Normativas
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DE-2022-RES-170 20/04/2022 (Carga: 17/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 20 de abril de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:00014161/2022, donde la Licenciada Sandra Carina NIETO (DNI Nº 24.160.673), egresada de esta Facultad, solicita la expedición de su diploma en virtud de haber cumplido con todas las exigencias del plan de estudios aprobado mediante Ordenanza Nº 13/2004-CD, Ordenanza Nº 97/2004-CS y Resolución Ministerial Nº 784/2005, y
CONSIDERANDO:
Que Dirección de Alumnos informa que se han cumplimentado todas las exigencias del plan de estudios aprobado mediante Ordenanza Nº 13/2004-CD, Ordenanza Nº 97/2004-CS y Resolución Ministerial Nº 784/2005.
Que se verifica en las presentes actuaciones la constancia de pago del arancel establecido por Ordenanza N° 99/2018-CS.
POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E:
ARTICULO 1.- EXPEDIR a nombre de Sandra Carina NIETO (DNI Nº 24.160.673), egresada de esta Facultad, el diploma de “Licenciada en Documentación y Gestión de la Información”.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 170 DIGITAL
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DE-2022-RES-169 20/04/2022 (Carga: 17/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 20 de abril de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0007847/2022, donde la estudiante Carina LOFARO solicita equivalencia entre materias cursadas y aprobadas en la Licenciatura en Terapia del Lenguaje (Ordenanza Nº 34/2012-CS) y las correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Inicial (Ordenanza Nº 80/2013-CS), ambas de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante las Ordenanzas Nº 7/2013-CD de la Facultad de Educación Elemental y Especial.
Que por ello no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante.
Que la emisión de la norma respectiva es en beneficio de los administrados e interesados, posibilitando conservar de acuerdo a los casos, la condición de estudiante universitario, promoción, cursado o egreso. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Carina LOFARO (DNI Nº 29.375.641) de acuerdo con el siguiente detalle: -Lectura y Escritura en la Universidad por -Lectura y Escritura en la Universidad -Alfabetización Digital por -Alfabetización Digital -Didáctica y Curriculum por -Didáctica y Curriculum -Expresión Artística: Música, artes visuales, teatro y por -Expresión Artística: Música, artes visuales, teatro y expresión corporal expresión corporal
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 169 DIGITAL
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DE-2022-RES-168 20/04/2022 (Carga: 17/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 20 de abril de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0007842/2022, donde la estudiante María Daniela ROMERA CONTE solicita equivalencia entre materias cursadas y aprobadas en el Profesorado de Grado Universitario en Educación General Básica para el primero y segundo ciclo (Ordenanza Nº 10/1997-CS) y las correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Primaria (Ordenanza Nº 05/2012-CS), ambas de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante las Ordenanzas Nº 7/2013-C.D de la Facultad de Educación Elemental y Especial.
Que por ello no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante.
Que la emisión de la norma respectiva es en beneficio de los administrados e interesados, posibilitando conservar de acuerdo a los casos, la condición de estudiante universitario, promoción, cursado o egreso. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante María Daniela ROMERA CONTE (DNI Nº 35.133.461) de acuerdo con el siguiente detalle: -Integración e Inserción en la Realidad Educativa I por -Práctica Profesional e Investigación Educativa I: -Metodología de la Investigación Educativa y Escuela y comunidad Seminario -Antropología Filosófica por -Antropología Filosófica -Psicología Evolutiva por -Psicología del Desarrollo -Pedagogía por -Pedagogía -Comunicación Lingüística I por -Lengua -Psicología Educacional por -Psicología Educacional -Educación Artística: Plástica por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro -Educación Artística: Música y Expresión Corporal -Educación Artística: Expresión Corporal -Teoría y Desarrollo del Currículo por -Didáctica y Currículum -Sociología de la Educación por -Sociología de la Educación -Integración e Inserción en la Realidad Educativa II por -Práctica Profesional e Investigación Educativa II: -Metodología de la Investigación Educativa y Currículo y Grupos de Aprendizaje Seminario -Comunicación Lingüística II por -Lectura y Escritura en la Universidad -Educación Física y su didáctica por -Juego y Educación
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 168 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
-Ciencias Sociales por -Didáctica de las Ciencias Sociales I -Didáctica de las Ciencias Sociales - Didáctica de las Ciencias Sociales II -Pasantía y Taller de Reflexión Docente y por -Práctica Profesional e Investigación Educativa III: Planificación Gestión del Proceso de Enseñanza y Aprendizaje -Metodología de la Investigación Educativa y Seminario -Taller: Educación en sexualidad por -Unidad Curricular Optativa: Educación en sexualidad -Taller: POR TU SALUD: CAMINA, CORRE, por - Unidad Curricular Optativa: POR TU SALUD: JUEGA CAMINA, CORRE, JUEGA -Taller de Integración y Profundización cultural por Contextos, Sujetos y Subjetividades -Taller de Educación Integrada por -Problemática Psicosocial de las Personas con Discapacidad -Ciencias Sociales por - Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana. -Tecnología de la Información y de las por -Gestión de la Información y Redes Sociales Comunicaciones -Tecnología Digital Educativa en las Prácticas Escolares -Alfabetización Digital -Tecnología Digital y Educación -Didáctica de la Lengua. por -Didáctica de la Lengua. -Matemática por -Didáctica de la Matemática I.
-Didáctica de la Matemática - Didáctica de la Matemática II.
- Didáctica de la Matemática III
-Ciencias Naturales por -Didáctica de las Ciencias Naturales I -Didáctica de las Ciencias Naturales - Didáctica de las Ciencias Naturales II -Literatura Infantil por -Literatura para niños, jóvenes y adultos
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 168 DIGITAL
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DE-2022-RES-167 20/04/2022 (Carga: 16/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 20 de abril de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0007264/2022, donde la estudiante Anahí Lourdes PORCARI solicita equivalencia entre materias cursadas y aprobadas en el Profesorado de Grado Universitario en Educación General Básica para el primero y segundo ciclo (Ordenanza 10/1997-CS) y las correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Primaria (Ordenanza Nº 05/2012CS), ambas de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante las Ordenanzas Nº 7/2013-C.D de la Facultad de Educación Elemental y Especial.
Que por ello no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante.
Que la emisión de la norma respectiva es en beneficio de los administrados e interesados, posibilitando conservar de acuerdo a los casos, la condición de estudiante universitario, promoción, cursado o egreso. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Anahí Lourdes PORCARI (DNI Nº 34.776.431) de acuerdo con el siguiente detalle: -Integración e Inserción en la Realidad Educativa I por -Práctica Profesional e Investigación Educativa I: Escuela y comunidad -Antropología Filosófica por -Antropología Filosófica -Psicología Evolutiva por -Psicología del Desarrollo -Pedagogía por -Pedagogía -Comunicación Lingüística I por -Lengua -Psicología Educacional por -Psicología Educacional -Educación Artística: Plástica por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro -Educación Artística: Música y Expresión Corporal -Educación Artística: Expresión Corporal -Teoría y Desarrollo del Currículo por -Didáctica y Currículum -Sociología de la Educación por -Sociología de la Educación -Integración e Inserción en la Realidad Educativa II por -Práctica Profesional e Investigación Educativa II: Currículo y Grupos de Aprendizaje -Comunicación Lingüística II por -Lectura y Escritura en la Universidad -Educación Física y su didáctica por -Juego y Educación
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 167 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
-Ciencias Sociales por -Didáctica de las Ciencias Sociales I -Didáctica de las Ciencias Sociales - Didáctica de las Ciencias Sociales II -Pasantía y Taller de Reflexión Docente y por Práctica Profesional e Investigación Educativa III: Planificación Gestión del Proceso de Enseñanza y Aprendizaje -Taller: Educar en Memoria, Verdad y Justicia a por -Unidad Curricular Optativa: Educar en Memoria, partir de la perspectiva de los Derechos Humanos. Verdad y Justicia a partir de la perspectiva de los Derechos Humanos -Taller: Género, Sexualidad y Escuela. por - Unidad Curricular Optativa: Género, Sexualidad y Escuela -Taller de Integración y Profundización cultural por Contextos, Sujetos y Subjetividades -Taller de Educación Integrada por -Problemática Psicosocial de las Personas con Discapacidad -Ciencias Sociales por - Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana. - Política, Legislación y Gestión Educativa por - Política y Legislación de la Educación -Tecnología de la Información y de las por -Gestión de la Información y Redes Sociales Comunicaciones -Tecnología Digital Educativa en las Prácticas Escolares -Alfabetización Digital -Tecnología Digital y Educación Didáctica de la Lengua. por Didáctica de la Lengua. -Matemática por Didáctica de la Matemática I.
-Didáctica de la Matemática - Didáctica de la Matemática II.
- Didáctica de la Matemática III
-Ciencias Naturales por -Didáctica de las Ciencias Naturales I -Didáctica de las Ciencias Naturales - Didáctica de las Ciencias Naturales II -Didáctica de la Lectura y la Escritura por -Didáctica de la Lectura y la Escritura
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 167 DIGITAL
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DE-2022-RES-166 20/04/2022 (Carga: 16/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 20 de abril de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0007266/2022, donde la estudiante Daiana Erika PORCARI solicita equivalencia entre materias cursadas y aprobadas en el Profesorado de Grado Universitario en Educación General Básica para el primero y segundo ciclo (Ordenanza 10/1997-C.S.) y las correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Primaria (Ordenanza Nº 05/2012C.S), ambas de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante las Ordenanzas Nº 07/13-C.D de la Facultad de Educación Elemental y Especial.
Que por ello no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante.
Que la emisión de la norma respectiva es en beneficio de los administrados e interesados, posibilitando conservar de acuerdo a los casos, la condición de estudiante universitario, promoción, cursado o egreso. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Daiana Erika PORCARI (DNI Nº 31.159.465) de acuerdo con el siguiente detalle: -Integración e Inserción en la Realidad Educativa I por -Práctica Profesional e Investigación Educativa I: Escuela y comunidad -Antropología Filosófica por -Antropología Filosófica -Psicología Evolutiva por -Psicología del Desarrollo -Pedagogía por -Pedagogía -Comunicación Lingüística I por -Lengua -Psicología Educacional por -Psicología Educacional -Educación Artística: Plástica por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatroy -Educación Artística: Música Expresión Corporal -Educación Artística: Expresión Corporal -Teoría y Desarrollo del Currículo por -Didáctica y Currículum -Sociología de la Educación por -Sociología de la Educación -Integración e Inserción en la Realidad Educativa II por -Práctica Profesional e Investigación Educativa II: Currículo y Grupos de Aprendizaje -Comunicación Lingüística II por -Lectura y Escritura en la Universidad -Educación Física y su didáctica por -Juego y Educación
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
-Ciencias Sociales -Didáctica de las Ciencias Sociales I por -Didáctica de las Ciencias Sociales - Didáctica de las Ciencias Sociales II -Pasantía y Taller de Reflexión Docente y por Práctica Profesional e Investigación Educativa III: Planificación Gestión del Proceso de Enseñanza y Aprendizaje -Taller: Educar en Memoria, Verdad y Justicia a por -Unidad Curricular Optativa: Educar en Memoria, partir de la perspectiva de los Derechos Humanos. Verdad y Justicia a partir de la perspectiva de los Derechos Humanos -Taller: Género, Sexualidad y Escuela. por - Unidad Curricular Optativa: Género, Sexualidad y Escuela -Taller de Integración y Profundización cultural por Contextos, Sujetos y Subjetividades -Taller de Educación Integrada por -Problemática Psicosocial de las Personas con Discapacidad -Ciencias Sociales por - Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana. - Política, Legislación y Gestión Educativa por - Política y Legislación de la Educación -Tecnología de la Información y de las por -Gestión de la Información y Redes Sociales Comunicaciones -Tecnología Digital Educativa en las Prácticas Escolares -Alfabetización Digital -Tecnología Digital y Educación Didáctica de la Lengua. por Didáctica de la Lengua. -Matemática por Didáctica de la Matemática I.
-Didáctica de la Matemática - Didáctica de la Matemática II.
- Didáctica de la Matemática III
-Ciencias Naturales por -Didáctica de las Ciencias Naturales I -Didáctica de las Ciencias Naturales - Didáctica de las Ciencias Naturales II
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº DIGITAL
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DE-2022-RES-165 20/04/2022 (Carga: 12/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 20 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0006428/2022, donde obra el pedido de licencia sin goce de haberes por incompatibilidad para desempeñarse en un cargo de mayor jerarquía, sin estabilidad, solicitado por el docente Javier Alfredo OSIMANI, a partir del UNO (1) de enero de 2022 hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que corre agregado el Formulario Nº 17 de la Circular Nº 39/2015 de Gestión de Personal de la Dirección de Recursos Humanos de esta Unidad Académica.
Que obra anexa la declaración jurada electrónica de los cargos, funciones y pasividades de la agente.
Que el trámite cuenta con la conformidad de la Dirección General de Personal del Rectorado. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el Anexo I Apartado III de la Ordenanza Nº 32/2016-R, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER licencia sin goce de haberes por incompatibilidad, para desempeñarse en un cargo o funciones de mayor jerarquía, sin estabilidad, del siguiente Personal DOCENTE UNIVERSITARIO: 1. DATOS PERSONALES DEL DOCENTE Apellido y OSIMANI, Javier Alfredo Nombres Documento Único: 17.640.846 CUIL o CUIT 20-17640846-5 Legajo 23.696
2. TÉRMINO DE LA LICENCIA POR INCOMPATIBILIDAD Desde UNO (01) de enero de 2022 Hasta (*) TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022 (*) Podrá consignarse: mientras dure su situación de incompatibilidad
3. Tipo de incompatibilidad (*) 1) Por exceso de acumulación de cargos X 2) Por superposición horaria (*) Marcar con una X lo que corresponda.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 165 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
4. Disposiciones Aplicables (*) Artículo 49º Punto II inciso a) apartado 1. a) Anexo II del Decreto Nacional Nº 1246/2015 Ordenanza Nº 28/2000-CS Ordenanza Nª 12/2000-R- (Ord. 71/1989-R. de corresponder) (*) Detallar según el escalafón que corresponde al cargo donde se solicita la licencia
El/los cargo/s donde se solicita la licencia por incompatibilidad: CARGO NÚMERO 1º 1.1. Descripción del Cargo: Denominación del JEFE DE TRABAJOS PRÁCTICOS Cargo (*) Dedicación (**) SEMIEXCLUSIVA Carácter (***) EFECTIVO Nº de Resolución de 242/2016 – CS designación (*) Es importante recordar que en aquellos casos de revistar en distintos cargos y en distintas Unidades Académicas, deberá impulsarse las tramitaciones individuales respectivas en cada una de ellas. (**) (Simple, semiexclusiva o exclusiva) (***) (Efectivo, interino, reemplazante, suplente o contratado)
1.2. Término de la última designación Desde UNO (01) de junio de 2016 Hasta (*) ----------------------------------(*) Sólo en el caso que el carácter de la designación fuese: interino, reemplazante, suplente o contratado
1.3. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*) 1) Gestión de la Información y Redes Sociales (*) Si no encuadra en ninguna de estas clasificaciones consigne la función que cumple.
1.4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE EDUCACIÓN Subdependencia (*) Departamento de Tecnología (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
CARGO DE MAYOR JERAQUIA QUE PRODUCE INCOMPATIBILIDAD
1. Descripción del Cargo de Mayor Jerarquía que produjo incompatibilidad: Denominación del CargoPROFESOR ADJUNTO Dedicación SEMIEXCLUSIVA Carácter INTERINO Nº de Resolución de 800/2021 – CD designación
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 165 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
2. Término de la designación Desde UNO (1) de enero de 2022 Hasta TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022
3. Espacio/s Curricular/es (Cátedra o Asignatura o Área o Seminario o Taller): (*) 1) Gestión de la Información y Redes Sociales (*) Si no encuadra en ninguna de estas calificaciones consigne la función que cumple.
4. Denominación de la Unidad Académica Dependencia o Facultad FACULTAD DE EDUCACIÓN Subdependencia (*) Departamento de Tecnología (*) Carreras o Departamentos o Áreas, etc.
5. Tipo de Organismo estatal donde pertenece el cargo que produjo la incompatibilidad (*) Organismo público centralizado o descentralizado nacional X Organismo público centralizado o descentralizado regional Organismo público centralizado o descentralizado provincial Organismo público centralizado o descentralizado municipal Organismo internacional de naturaleza bilateral en el que participe el Estado Nacional en carácter de representante de este Organismo internacional de naturaleza multilateral en el que participe el Estado Nacional en carácter de representante de este Escuelas privadas incorporadas a la enseñanza oficial (*) Marcar con una X lo que corresponda
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 165 DIGITAL
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DE-2022-RES-164 20/04/2022 (Carga: 12/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 20 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0002435/2022, las Ordenanzas Nros. 32/2016-R y 4/2022-R y la Circular Nº 57/2018 de Gestión de Personal, donde se tramita la baja por renuncia del docente Andrés FEREZ a partir de VEINTIUNO (21) de febrero de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que obra el Formulario Nº 1 de la Circular Nº 57/2018 de Gestión de Personal del Rectorado.
Que la Dirección de Recursos Humanos anexa el Formulario Nº 10 de la circular mencionada anteriormente, en el cual se detalla la situación de revista en el cargo de baja por renuncia: Profesor Adjunto con dedicación simple de carácter interino desde UNO (1) de enero de 2022 hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, designado por Resolución Nº 800/2021-CD en el espacio curricular “Alfabetización Digital”.
Que obra el informe de la Dirección General de Personal de Rectorado, otorgando la conformidad al trámite. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 32/2016-R, modificado por el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 4/2022-R, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- DAR de baja por renuncia, a partir del VEINTIUNO (21) de febrero de 2022, al docente Andrés FEREZ (DNI Nº 20.256.520 - Legajo Nº 31.722), en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple de carácter interino, designado en el espacio curricular “Alfabetización Digital” por Resolución Nº 800/2021-CD. ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 164 DIGITAL
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