Digesto
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10646 Normativas
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DE-2022-RES-157 19/04/2022 (Carga: 10/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 19 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0008707/2022, donde la estudiante Angélica Natalia TINTILAY solicita equivalencia entre el Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora (Ordenanza 30/2012-CS) y las correspon-dientes a la Profesorado Universitario de Nivel Inicial (Ordenanza 80/2013 - CS), ambos de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante las Ordenanzas Nº 07/2013-CD de la Facultad de Educación Elemental y Especial.
Que por ello no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Angélica Natalia TINTILAY (DNI Nº 28.599.953) de acuerdo con el siguiente detalle:
Alfabetización digital por Alfabetización digital
Didáctica y Curriculum por Didáctica y Curriculum
Práctica Profesional e Investigación por Práctica Profesional e Investigación Educativa Educativa I: Escuela y Comunidad I: Instituciones Socio-Educativas y Comunidad Expresión Artística: Música, Artes por Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Visuales, Teatro y Expresión Corporal Teatro y Expresión Corporal Historia y Geografía Argentina y por Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana Latinoamericana Pedagogía por Pedagogía
Psicología del desarrollo por Psicología del desarrollo
Sociología de la Educación por Sociología de la Educación
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Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 157 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Lectura y Escritura en la Universidad por Lectura y Escritura en la Universidad
Lengua por Lengua
Gestión de la Información y Redes por Gestión de la Información y Redes Sociales Sociales Psicolingüística por Psicolingüística
Psicomotricidad por Psicomotricidad
Tecnología Digital y Educación por Tecnología Digital y Educación
Taller: “Danza folklórica - nivel 1” por Unidad Curricular Optativa: “Danza folklórica - nivel 1” Taller: “Cuidado del buen uso de la Voz por Unidad Curricular Optativa: “Cuidado del para el Futuro Profesional Docente” buen uso de la Voz para el Futuro Profesional Docente”
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones
JLV
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Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 157 DIGITAL
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 19 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0008695/2022, donde la estudiante María Belén VICENT MORE solicita equivalencia entre espacios curriculares aprobados en el Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora (Ordenanza 30/2012 - CS) y los correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Primaria (Ordenanza Nº 05/2012- CS), ambas carreras de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante las Ordenanzas Nº 7/2013-CD de Facultad de Educación Elemental y Especial.
Que por ello no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante María Belén VICENT MORE (DNI Nº 40.595.058) de acuerdo con el siguiente detalle: Pedagogía por Pedagogía
Didáctica y currículum por Didáctica y currículum
Historia y Geografía Argentina y por Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana Latinoamericana Práctica Profesional e Investigación por Práctica Profesional e Investigación Educativa Educativa I: Escuela y Comunidad I: Escuela y Comunidad Psicología del Desarrollo por Psicología del Desarrollo
Lectura y Escritura en la Universidad por Lectura y Escritura en la Universidad
Sociología de la Educación por Sociología de la Educación
Literatura para niños, jóvenes y adultos por Literatura para niños, jóvenes y adultos
Psicología Educacional por Psicología Educacional
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Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 156 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Alfabetización Digital por Alfabetización Digital
Expresión Artística: Música, Artes por Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Visuales, Teatro y Expresión Corporal Teatro y Expresión Corporal Lengua por Lengua
Gestión de la Información y Redes por Gestión de la Información y Redes Sociales Sociales Tecnología Digital y Educación por Tecnología Digital y Educación
Taller: “CANCIONES: por Unidad Curricular Optativa: “CANCIONES: COMUNICACIÓN Y COMUNICACIÓN Y VALOR AFECTIVO” VALOR AFECTIVO” Taller: “Espacios Educativos más por Unidad Curricular Optativa: “Espacios igualitarios: Debates Actuales y Educativos más igualitarios: Debates Actuales Normativas Vigentes” y Normativas Vigentes”
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
JLV
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Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
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RESOLUCIÓN Nº 156 DIGITAL
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DE-2022-RES-155 19/04/2022 (Carga: 10/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 19 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0009209/2022, donde el estudiante Mariano Fabián MUÑOZ AYLES solicita equivalencia entre espacios curriculares aprobados en el Profesorado Universitario de Educación Primaria (Ordenanza Nº5/2012-CS) y los correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Inicial (Ordenanza N° 80/2013-CS), ambas carreras de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante las Ordenanzas Nº 7/2013-CD de la Facultad de Educación Elemental y Especial.
Que por ello no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios al estudiante Mariano Fabián MUÑOZ AYLES (DNI Nº 18.446.757) de acuerdo con el siguiente detalle: Antropología Filosófica por Antropología Filosófica
Historia y Geografía Argentina y por Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana Latinoamericana Pedagogía por Pedagogía
Sociología de la Educación por Sociología de la Educación
Didáctica y currículum por Didáctica y currículum
Psicología Educacional por Psicología Educacional
Alfabetización Digital por Alfabetización Digital
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
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Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 155 DIGITAL
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DE-2022-RES-154 19/04/2022 (Carga: 10/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 19 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0006240/2022, donde la estudiante Guadalupe Transito SOSA solicita equivalencia entre espacios curriculares aprobados en el Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora (Ordenanza 30/2012 - CS), en el Profesorado de Grado Universitario en Sordos y Terapia del Lenguaje (Ordenanza 9/1997 - CS) y en la Licenciatura en Terapia del Lenguaje (Ordenanza Nº 34/2012-CS), y los correspondientes al Profesorado Universitario de Nivel Inicial (Ordenanza 80/2013 - CS), de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante las Ordenanzas Nº 7/2013-CD de la Facultad de Educación Elemental y Especial.
Que por ello no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Guadalupe Transito SOSA (DNI Nº 18.492.722) de acuerdo con el siguiente detalle: Alfabetización Digital por Alfabetización Digital
Didáctica y currículum por Didáctica y currículum
Integración e Inserción en la Realidad por Práctica Profesional e Investigación Educativa Educativa I I: Instituciones Socio-Educativas y Comunidad Lectura y Escritura en la Universidad por Lectura y Escritura en la Universidad
Historia y Geografía Argentina y por Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana Latinoamericana Sociología de la Educación por Sociología de la Educación
Antropología Filosófica por Antropología Filosófica
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RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 154 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Pedagogía por Pedagogía
Lengua por Lengua
Psicología del Desarrollo por Psicología del Desarrollo
Psicomotricidad por Psicomotricidad
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
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RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 154 DIGITAL
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DE-2022-RES-153 19/04/2022 (Carga: 10/05/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 19 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0005475/2022, donde la estudiante Candela Agostina GARRETA solicita equivalencia entre espacios curriculares aprobados en la Licenciatura en Terapia del Lenguaje (Ordenanza Nº34/2012-CS) y los correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Primaria (Ordenanza Nº5/2012-CS), ambas carreras de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante las Ordenanzas Nº 7/2013-CD de la Facultad de Educación Elemental y Especial.
Que por ello no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Candela Agostina GARRETA (DNI Nº 41.417.355) de acuerdo con el siguiente detalle: Pedagogía por Pedagogía
Didáctica y currículum por Didáctica y currículum
Expresión Artística: Música, Artes por Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Visuales, Teatro y Expresión Corporal Teatro y Expresión Corporal Alfabetización Digital por Alfabetización Digital
Psicología del Desarrollo por Psicología del Desarrollo
Lectura y Escritura en la Universidad por Lectura y Escritura en la Universidad
Lengua por Lengua
Gestión de la Información y Redes por Gestión de la Información y Redes Sociales Sociales Literatura para niños, jóvenes y adultos por Literatura para niños, jóvenes y adultos
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Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 153 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Antropología Filosófica por Antropología Filosófica
Historia y Geografía Argentina y por Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana Latinoamericana Psicología de la Educación y la Salud por Psicología Educacional
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
JLV
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Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 153 DIGITAL
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Académicas y Equivalencias | Mostrar 1 ![]() |
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CD-2022-RES-108 19/04/2022 (Carga: 20/04/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA 19 de abril de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0031102/2021y la Ordenanza Nº 8/2009-CD, donde se tramita la adscripción de la estudiante Viviana Zunilda Josefina PEREYRA al espacio curricular “Didáctica del sistema Braille” en el Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual, correspondiente al Departamento de Ciencias del Lenguaje, y
CONSIDERANDO:
Que la interesada acompaña currículum vitae y probanzas.
Que la Dirección de Gestión de Apoyo Académico informa que la estudiante cumple con lo requerido por el Reglamento de Adscripciones aprobado por la Ordenanza N° 8/2009–CD.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en su reunión del día TREINTA Y UNO (31) de marzo de 2022, sugirió al Consejo Directivo aprobar el pedido de adscripción realizado por la estudiante Viviana Zunilda Josefina PEREYRA al espacio curricular “Didáctica del sistema Braille” en el Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual, correspondiente al Departamento de Ciencias del Lenguaje, en virtud de los informes favorables de la docente responsable y el Departamento respectivo.
Que el Consejo Directivo, en sesión del día SIETE (7) de abril del 2022, aprueba el despacho de la Comisión.
POR ELLO, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E:
ARTICULO 1.- APROBAR la solicitud de adscripción realizada por Viviana Zunilda Josefina PEREYRA (DNI N° 20.448.917), en la Categoría Estudiante Adscripta ad-honorem, al espacio curricular “Didáctica del sistema Braille” en el Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual, correspondiente al Departamento de Ciencias del Lenguaje, acorde a lo establecido en la Ordenanza N° 8/2009–CD.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 108 DIGITAL
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CD-2022-RES-107 19/04/2022 (Carga: 20/04/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 19 de abril de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0004677/2022, la Ley 26.508 y la Ordenanza N° 82/2009-CS, donde se tramita la opción de permanencia en la docencia universitaria manifestada por la profesora Ana Mabel TORTAJADA, y
CONSIDERANDO:
Que la interesada revista en UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación exclusiva de carácter interino, desde el UNO (1) de enero de 2022 hasta el TREINTA Y UNO (31) de diciembre de 2022, en el espacio curricular “Gestión de la Información y Redes Sociales”, por el que fuera designada mediante Resolución N° 800/2021-CD.
Que el Artículo 62º del Estatuto Universitario de esta Universidad dispone que el personal docente universitario cesará en sus cargos un año después de la fecha en que cumpla sesenta y cinco años de edad.
Que los Artículos 22º y 23º de la Ley Nº 22.140 (Régimen Jurídico Básico de la Función Pública) establecen que el personal podrá ser intimado a iniciar los trámites jubilatorios, cuando reúna los requisitos exigidos para obtener el porcentaje máximo del haber de la jubilación ordinaria.
Que, en este sentido, la docente formalizó la opción de permanencia prevista en el Artículo 1º Inciso a) Apartado 2° de la Ley 26.508 que regula el Régimen Previsional del personal docente de las Universidades Públicas Nacionales, cuya reglamentación se halla en la Ordenanza N° 82/2009-CS.
Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS informa que la solicitud de permanencia en la actividad laboral docente encuadra en la normativa vigente mencionada ut-supra.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en su reunión del 31 de marzo de 2022, sugirió al Consejo Directivo aceptar lo solicitado por la Prof. Ana Mabel Tortajada de permanecer en la actividad laboral docente, en el cargo de Profesor Adjunto con dedicación exclusiva de carácter interino, en los términos del Artículo 8 de la Ordenanza Nº 82/2009-CS.
Que el Consejo Directivo, en sesión del 7 de abril de 2022, aprobó el despacho de la Comisión.
POR ELLO, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6 de la Ordenanza N° 82/2009-CS,
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 107 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- APROBAR la opción de continuidad de la docente Ana Mabel TORTAJADA (DNI N° 12.931.271 – Legajo Nº 26.761) en UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación exclusiva de carácter interino, designada mediante Resolución N° 800/2021-CD, de conformidad a lo previsto en Artículo 1º Inciso a) Apartado 2° de la Ley 26.508 -que regula el Régimen Previsional del personal docente de las Universidades Públicas Nacionales- y el Artículo 8 de la Ordenanza N° 82/2009-CS.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
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RESOLUCIÓN Nº 107 DIGITAL
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