Digesto
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10646 Normativas
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DE-2024-RES-539 8/10/2024 (Carga: 15/10/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 8 de octubre de 2024. VISTO:
El Expediente Nro. 29011/2024, donde la estudiante Joana Jaqueline NUÑEZ solicita la equivalencia entre un espacio curricular cursado y aprobado en el Profesorado Terapéutico de Grado Universitario en Discapacitados Mentales y Motores (Ordenanza Nro. 11/1997-CS) y un espacio curricular correspondiente al Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación Discapacidad Motora (Ordenanza Nro. 30/2012-CS), y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas mediante la Ordenanza Nro. 7/2013-CD.
Que no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que, igualmente, es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER la equivalencia de estudios a Joana Jaqueline NUÑEZ (DNI Nro. 36.416.822) de acuerdo con el siguiente detalle: -Psicopatología por -Neuropsicopatología
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Dra. Ana María Lourdes SISTI Prof. Esp. María Gabriela AL GRIFFOULIERE Decana Facultad de Educación Secretaria Académica Universidad Nacional de Cuyo Facultad de Educación Fecha y hora: 08.10.2024 16:26:29 Universidad Nacional de Cuyo
539 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
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DE-2024-RES-538 8/10/2024 (Carga: 15/10/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 8 de octubre de 2024. VISTO: El Expediente Nro. 30183 /2024, donde se tramita la extensión de carrera a la estudiante Magdalena Mercedes ESPINOZA, y
CONSIDERANDO:
Que la interesada solicitó la extensión de carrera en la Licenciatura en Psicomotricidad Educativa.
Que la presente solicitud se enmarca en la Ordenanza Nro. 6/2023-CD.
Que la Secretaria Académica prestó la conformidad al trámite en virtud de que la estudiante aprobó el examen global de reincorporación.
Que la presente normativa se emitirá ad referéndum del Consejo Directivo.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- OTORGAR a la estudiante Magdalena Mercedes ESPINOZA (DNI Nro. 32.002.449), de la Licenciatura en Psicomotricidad Educativa, la extensión de carrera hasta el UNO (1) de octubre de 2025.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Dra. Ana María Lourdes SISTI Prof. Esp. María Gabriela AR GRIFFOULIERE Decana Facultad de Educación Secretaria Académica Universidad Nacional de Cuyo Facultad de Educación Fecha y hora: 08.10.2024 16:26:30 Universidad Nacional de Cuyo
538 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
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► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 8 de octubre de 2024. VISTO: El Expediente Nro. 30263/2024, donde se tramita la extensión de carrera a la estudiante Jimena Isabel BEJARANO, y
CONSIDERANDO:
Que la interesada solicitó la extensión de carrera en la Licenciatura en Psicomotricidad Educativa.
Que la presente solicitud se enmarca en la Ordenanza Nro. 6/2023-CD.
Que la Secretaria Académica prestó la conformidad al trámite en virtud de que la estudiante aprobó el examen global de reincorporación.
Que la presente normativa se emitirá ad referéndum del Consejo Directivo.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- OTORGAR a la estudiante Jimena Isabel BEJARANO (DNI Nro. 28.220.156), de la Licenciatura en Psicomotricidad Educativa, la extensión de carrera hasta el UNO (1) de octubre de 2025.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Dra. Ana María Lourdes SISTI Prof. Esp. María Gabriela AR GRIFFOULIERE Decana Facultad de Educación Secretaria Académica Universidad Nacional de Cuyo Facultad de Educación Fecha y hora: 08.10.2024 16:26:31 Universidad Nacional de Cuyo
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DE-2024-RES-536 8/10/2024 (Carga: 15/10/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 8 de octubre de 2024. VISTO: El Expediente Nro. 29534/2024, donde se tramita la extensión de carrera a la estudiante Dora Mónica Noemí ARAYA, y
CONSIDERANDO:
Que la interesada solicitó la extensión de carrera en la Tecnicatura en Interpretación de Lengua de Señas.
Que la presente solicitud se enmarca en la Ordenanza Nro. 6/2023-CD.
Que la Secretaria Académica prestó la conformidad al trámite en virtud de que la estudiante aprobó el examen global de reincorporación.
Que la presente normativa se emitirá ad referéndum del Consejo Directivo.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- OTORGAR a la estudiante Dora Mónica Noemí ARAYA (DNI Nro. 23.225.844), de la Tecnicatura en Interpretación de Lengua de Señas, la extensión de carrera hasta el UNO (1) de octubre de 2025.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Dra. Ana María Lourdes SISTI Prof. Esp. María Gabriela AR GRIFFOULIERE Decana Facultad de Educación Secretaria Académica Universidad Nacional de Cuyo Facultad de Educación Fecha y hora: 08.10.2024 16:26:31 Universidad Nacional de Cuyo
536 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
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CD-2024-RES-544 7/10/2024 (Carga: 15/10/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 7 de octubre de 2024.
VISTO: El Expediente Nro. 30352/2024, mediante el cual el Director de Educación a Distancia, Javier Alfredo OSIMANI, solicita el aval académico para el curso de capacitación denominado “Gestión General de Moodle y Aulas Virtuales 2024”, destinado a los docentes de la Facultad de Educación, y CONSIDERANDO:
Que dicho curso se realizará en modalidad semipresencial, contando con un total de 20 horas, distribuidas en encuentros los días 8, 15, 22 y 29 de octubre de 2024, de 14:00 a 16:00 horas, en el Laboratorio de Informática de la Sede Centro de la Facultad de Educación.
Que el objetivo general de este curso es capacitar a los docentes de la Facultad de Educación en el uso efectivo de la plataforma Moodle, a compartir desde un nivel básico hasta un nivel intermedio, con el fin de mejorar la experiencia de enseñanza y aprendizaje en entornos virtuales.
Que el curso será dictado por el Equipo de Educación a Distancia de la Facultad, con soporte en la plataforma FEDVirtual en formato de aula taller, contando con la disponibilidad de espacios individuales para la aplicación de los contenidos aprendidos.
Que se ha presentado el programa de formación adjunto al expediente, detallando los contenidos a abordar y la metodología a utilizar.
Que el curso propuesto se ajusta a los lineamientos estratégicos de formación y capacitación continua de los docentes de la Facultad de Educación Por ello, teniendo en cuenta lo aprobado en sesión del 26 de septiembre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- OTORGAR el aval académico al curso de capacitación denominado “Gestión General de Moodle y Aulas Virtuales 2024”, a llevarse a cabo los días 8, 15, 22 y 29 de octubre de 2024, en la sede centro de la Facultad de Educación, conforme al ANEXO que integra la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Dra. Ana María Lourdes SISTI Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Decana Secretario Adm. Económico Facultad de Educación Financiero Universidad Nacional de Cuyo Facultad de Educación Fecha y hora: 07.10.2024 15:27:35 Universidad Nacional de Cuyo
544 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN N
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
-ANEXO
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544 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN N
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
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544 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN N
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
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DE-2024-RES-535 7/10/2024 (Carga: 15/10/2024) |
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 7 de octubre 2024.
VISTO: El Expediente Nro. 41518/2023 y la Resolución Nro. 497/2024-CD, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la mencionada norma se solicitó al Consejo Superior la autorización para el llamado a concurso cerrado de evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, con el objetivo de cubrir en forma efectiva un cargo Categoría 4 -Tramo Intermedio- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones en la Dirección de Despacho dependiente de la Dirección General Administrativa de esta Unidad Académica.
Que en el texto de la Resolución Nro. 497/2024-CD, así como en su ANEXO, se omitió consignar que el concurso es de carácter cerrado interno y que el método de evaluación incluye la propuesta de mejora, además de la evaluación de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición.
Que la Dirección General de Personal ha detectado un error material en el número de legajo del señor José Luis Veliz, integrante titular del jurado, consignado en el ANEXO de la Resolución Nro. 497/2024-CD.
Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nro. 1759/72 (T.O. 2017) establece que los errores materiales, de hecho o de derecho, pueden ser rectificados en cualquier momento por la autoridad administrativa competente;
Que la Decana de la Facultad de Educación cuenta con atribuciones para dictar la presente resolución ad referéndum del Consejo Directivo.
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- RECTIFICAR la Resolución Nro. 497/2024-CD, aclarando que el concurso convocado es de carácter cerrado interno y que el método de evaluación incluirá la propuesta de mejora, además de la evaluación de antecedentes, la entrevista personal y la prueba de oposición.
ARTÍCULO 2.- SUSTITUIR el ANEXO de la Resolución Nro. 497/2024-CD, emitida con fecha 30 de agosto de 2024, por el ANEXO que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3.- Comunicar e insertar en el Libro de Resoluciones.
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Dra. Ana María Lourdes SISTI Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Decana Secretario Adm. Económico Facultad de Educación Financiero Universidad Nacional de Cuyo Facultad de Educación Fecha y hora: 07.10.2024 15:26:35 Universidad Nacional de Cuyo
535 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
-ANEXO PEDIDO DE AUTORIZACIÓN PARA LLAMADO A CONCURSO DEL PERSONAL DE APOYO ACADÉMICO Ordenanza Nro. 91/2023-CS
SEÑORA RECTORA: CONT. Esther Sánchez
El presente pedido de autorización ante el Consejo Superior sobre el llamado a concurso para la cobertura de vacantes del personal de apoyo académico corresponde al siguiente detalle:
1) Dependencia de la vacante: a) Unidad Académica: Facultad de Educación b) Unidad Organizativa: Dirección General Administrativa c) Área o Sección donde pertenecen las funciones: Dirección de Despacho 2) Datos del Concurso: a) Clase de Concurso: Cerrado interno b) Metodología de evaluación: Antecedentes, entrevista personal, prueba de oposición y propuesta de mejora. 3) Agrupamiento: Administrativo 4) Tramo: Intermedio 5) Categoría: CUATRO (4) 6) Detalles del Cargo: Funciones específicas: a) Desempeñar tereas de colaboración y apoyo al personal del tramo mayor y supervisión general de las tareas que debe cumplir el personal de su dependencia. Tiene a su cargo la supervisión y control del personal del tramo inicial. b) Redacción de actos administrativos. c) Control de ingreso y egreso de presentaciones. d) Ordenar y organizar el archivo de acuerdo a la normativa vigente. e) Recibir y distribuir la correspondencia que ingresan a la institución. f) Elaborar informes sobre expedientes, notas, y otros documentos cada vez que una autoridad competente lo requiera.
7) Cantidad de Cargos: UNO (1). 8) Horario de desempeño previsto: 14 a 21 hs. 9) Remuneración del cargo: Importe vigente a la fecha del llamado a concurso 10) Bonificaciones especiales: 11) Lugar y horario en que los interesados deberán presentar la documentación: Dirección de Recursos Humanos – de 8.30 a 13.00 horas, Facultad de Educación, Campus UNCuyo.
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535 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
12) Nombres de los integrantes del Jurado del Concurso: Jurados Titulares Apellido y Nº de legajo Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Nombre VELIZ, José 28.116 23.387.083 3 Administrativo A cargo de la Dirección de Despacho Luis
PENIN 30.191 26.236.747 3 Administrativo Apoyo académico en la Dirección de TORANZO, Gestión Académica Priscila Del Valle CRUZ, 28.055 27.740.407 3 Administrativo A cargo de la Dirección de Recursos María Laura Humanos
Jurados Suplentes
Apellido y Nº de Nº Documento Categoría Agrupamiento Cargo que ocupa Nombre legajo YANZON, 29.015 26.983.340 4 Administrativo A cargo del Departamento de José Alberto Registraciones y Documentación de la Dirección de Alumnos GALLARDO 30.553 22.872.183 4 Mantenimiento A cargo del Departamento de MARTINEZ, y Producción Mantenimiento Edilicio y Mario Equipamiento de la Dirección de Andrés Mantenimiento EULIARTE, 23.688 21.705.005 2 Administrativo Director de Gestión de Apoyo Sergio Académico. Mauricio
13) Requisitos:
Ordenanza Nro. 91/2023-C.S. – Decreto Nro 366/2006 ARTÍCULO 4.- Regirán para el ingreso las siguientes pautas a) Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad. b) A los fines de la acreditación de la aptitud psicofísica para el ejercicio de la función a la cual se aspira a ingresar, sólo se dará curso a las designaciones una vez que el servicio médico que la Universidad determine haya expedido la certificación correspondiente.
A los efectos de la aplicación de la presente norma, se entiende por requisitos los establecidos en el Título 3- “Condiciones de Ingreso”, art. 21 del Decreto Nacional 366/2006, que a continuación se transcribe: Art. 21: Para ingresar como trabajador en una institución universitaria nacional se requieren: * Las condiciones de conducta e idoneidad para el cargo de que se trate, lo que se acreditará a JLV través de los mecanismos que se establezcan, e Cumplir satisfactoriamente con el examen de LG
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► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
aptitud psicofísica correspondiente * No estar incurso en alguna de las circunstancias que se detallan a continuación: a) Haber sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la prescripción de la pena b) Haber sido condenado por delito en perjuicio de cualquier institución universitaria nacional o de la administración pública nacional, provincial o municipal. c) Estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos. d) Haber sido sancionado con exoneración o cesantía en cualquier institución universitaria nacional o en la administración pública nacional, provincial o municipal. e) Haber incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático, conforme a lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal, aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de la pena. Para los concursos de ingreso en el tramo inicial e intermedio cualquiera sea el agrupamiento el mínimo nivel de estudio que se exigirá como requisito de inscripción será el título secundario. En los casos que el perfil del cargo a cubrir se requieren particulares condiciones de idoneidad y quede vacante el concurso podrá la paritaria exceptuarlo de este requisito, en el concurso posterior.
14) Condiciones Generales: Poseer título secundario o polimodal (excluyente)
15) Condiciones Particulares (Perfil del postulante): 1. Conocimientos sobre organización y funciones del área. 2. Conocimiento específico sobre la reglamentación vigente. 3. Conocimiento específico sobre los circuitos administrativos 4. Conocimiento específico sobre el Sistema informático COMDOC II y III, y SUDOCU (Sistema Único de Documentación) y digesto. 5. Redacción de actos administrativos (ordenanzas, resoluciones, circulares, memos, notas, etc.). 6. Manejo de herramientas informáticas: procesador de textos, planillas de cálculo, Internet y correo electrónico. 7. Excelente nivel de redacción. 8. Actitudes Laborales: • Liderazgo y desarrollo del trabajo en equipo. • Responsabilidad para el desarrollo de tareas. • Iniciativa para la generación de propuestas para el mejoramiento del área. • Predisposición personal para brindar su colaboración en beneficio de la dependencia, área o grupo de trabajo. JLV
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► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
• Discreción y seriedad. • Capacidad de análisis y resolución de problemas prácticos vinculados con asuntos inherentes a la función y cargo. • Espíritu crítico, creativo e innovador. • Contribución al mantenimiento de un clima interno de respeto y armonía y a la proyección de una imagen positiva del área. • Correcta expresión oral y escrita. 16) Temario General
Constitución Nacional • Constitución Nacional de la República Argentina Leyes Nacionales • Ley Nro. 19.549 de Procedimiento Administrativo y Decreto Reglamentario N° 1759/1972 • Ley Nro. 22.140 del régimen jurídico básico de la Administración Pública. • Ley Nro. 25.188 de ética en el ejercicio de la función pública • Ley Nro. 27.499/2018 Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. Decretos Nacionales • Decreto Nacional Número 366 de 2006 - Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales • Decreto Nacional Número 41 de 1999 - Código de Ética de la Función Pública • Decreto Nacional Número 336 de 2017 - Lineamientos para la Redacción y Producción de Documentos Administrativos • Decreto Nacional Nro. 1246/2015: Convenio Colectivo para Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales. Ordenanzas y Reglamentos Universitarios
• Estatuto Universitario - Estatuto Universitario de la Universidad Nacional de Cuyo
• Ordenanza Número 2 de 2020 del Consejo Superior – Reglamento para la Mesa de Entradas y Archivo en el ámbito de la UNCuyo.
• Ordenanza Número 23 de 2010 del Consejo Superior – Reglamento de concursos para cubrir, con carácter efectivo, los cargos de Profesores Universitarios en las categorías de Titular, Asociado y Adjunto.
• Ordenanza Número 1 de 2013 del Consejo Directivo – Reglamento de concursos para la JLV designación de Auxiliares de docencia con carácter efectivo.
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► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
• Ordenanza Número 4 de 2013 Consejo Directivo – Reglamento para el llamado a concurso, cerrado o abierto, de antecedentes para cubrir cargos en carácter de reemplazo.
• Ordenanza Número 5 de 2018 del Consejo Directivo – Reglamento para llamados a concurso de trámite abreviado (cerrado o abierto) de antecedentes, méritos y coloquio, para cubrir cargos de Profesor Universitario de carácter interino.
• Ordenanza Número 6 de 2018 del Consejo Directivo – Reglamento de concurso de antecedentes y coloquio (cerrado o abierto) para la designación de Auxiliares de docencia con carácter interino.
• Manual Funcional COMDOC II y III y SUDOCU.
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► 2024 30º ANIVERSARIO DEL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA AUTONOMÍA Y AUTARQUÍA UNIVERSITARIA EN ARGENTINA
MENDOZA, 4 de octubre de 2024. VISTO:
El Expediente Nro. 10014/2024, donde obran las Resoluciones Nro. 151/2019-CS, 739/2023-CS y 225/2024-D, emitida ad referéndum del Consejo Directivo y refrendada por la Resolución Nro. 231/2024-CD, mediante la cual se tramita la convocatoria a concurso cerrado general de evaluación de antecedentes, prueba de oposición, presentación de plan de actividades y entrevista personal para cubrir, con carácter efectivo, un cargo Categoría 1 -Tramo Mayor- del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por el Decreto Nro. 366/2006, para desempeñar funciones de Director/a General Administrativo/a, dependiente de la Secretaría Administrativa Económica Financiera de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que el concurso público constituye el medio idóneo y transparente para el ingreso y la promoción en el empleo público, garantizando la igualdad de oportunidades entre los aspirantes y permitiendo que el proceso de selección se rija por los principios de mérito y capacidad.
Que el concurso se realizó conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Nro. 3/2008-CS, que aprueba la "Reglamentación del régimen de concursos para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico de la Universidad Nacional de Cuyo", y de acuerdo con la Circular de Gestión de Personal Nro. 34/2013, que establece el procedimiento administrativo aplicable para cubrir cargos vacantes del personal de apoyo académico.
Que el procedimiento concursal se organiza en dos etapas fundamentales, garantizando tanto la valoración objetiva de los antecedentes profesionales y el examen de oposición, como la apreciación de factores subjetivos a través de una entrevista personal y la evaluación del plan de actividades propuesto por los postulantes, conforme a lo estipulado en el Decreto PEN Nro. 366/2006 y la Ordenanza Nro. 3/2008-CS.
Que, en la primera etapa, de carácter objetivo, se valoran los antecedentes académicos y laborales presentados por los candidatos, así como el resultado de la prueba de oposición, con el fin de ponderar el mérito individual de cada postulante en relación con los requisitos y competencias necesarias para el cargo en concurso.
Que, en la segunda etapa, de carácter subjetivo, se realiza una entrevista personal y la evaluación de un plan de actividades que permita valorar las aptitudes interpersonales, la adecuación del perfil del postulante a las exigencias institucionales y la capacidad de proyectar propuestas de trabajo innovadoras y coherentes con los objetivos de la Facultad.
Que el carácter dual del concurso, por etapas objetivas y subjetivas, busca garantizar la elección de los mejores perfiles compuestos para el ejercicio de las funciones públicas, asegurando
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543 RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº
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tanto el conocimiento técnico como las habilidades interpersonales y de gestión requeridas para el cargo en cuestión.
Que la Junta Evaluadora procedió a calificar a los postulantes mediante la evaluación de antecedentes, la realización de la prueba de oposición, la presentación del plan de actividades y las respectivas entrevistas personales, conforme a las normativas aplicables.
Que, como resultado de dicha evaluación, la Junta elaboró el orden de mérito, quedando en primer lugar el Abog. Lucas Martín GALLO, DNI Nro. 34.041.058, con un puntaje inicial de 68,21 puntos.
Que el Sr. Abate impugnó en tiempo y forma el acta final del Jurado, cuestionando la valoración de su antigüedad, el puntaje otorgado a la posición en la carrera, la ponderación de los antecedentes de otro aspirante, así como la calificación del plan de actividades.
Que el Jurado, tras analizar los fundamentos expuestos, resolvió rechazar los puntos sustanciales de la impugnación, con excepción de la rectificación del puntaje correspondiente al título de posgrado del aspirante GALLO, ajustándose su puntaje total a sesenta y seis con veintiuno (66,21) puntos, lo cual no modificó el orden de mérito final.
Que los aspirantes fueron debidamente notificados de todos los actos susceptibles de impugnación durante el proceso del concurso, y que, con excepción de la impugnación mencionada anteriormente, no se presentaron recursos adicionales, lo cual confirma la legalidad del procedimiento seguido a cabo.
Que la actividad desarrollada por la Junta Evaluadora está sometida a los principios del ordenamiento jurídico, siendo cuestionable solo en caso de arbitrariedad o irrazonabilidad manifiesta.
Que tanto las actas elaboradas por el Jurado como la grilla de calificación cumplen con la fundamentación suficiente exigida por la normativa aplicable y los principios generales del derecho administrativo.
Que la veedora gremial, habiendo participado en varias reuniones entre junio y agosto, dejó constancia del cumplimiento de la ordenanza reglamentaria, verificando la transparencia y correcta aplicación de las normas, sin observar irregularidades.
Que, de acuerdo al Artículo 19 de la Ordenanza Nro. 3/2008-CS, el Sr. Gallo obtuvo el primer lugar en el orden de mérito final, con sesenta y seis con veintiuno (66,21) puntos, seguido por el Sr. Abate con cincuenta con ochenta y siete (50,87) puntos y el Sr. Salguero con cuarenta y nueve con cincuenta y ocho (49,58) puntos, cumpliendo así todos los aspirantes con obtener más del 50 % del puntaje total, es decir, no inferior a 40 puntos.
Que la fundamentación del Jurado en las actas es clara, precisa y expresa en forma
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certera las razones específicas que en el caso particular inducen a la adopción de una determinada decisión.
Que es atribución de este órgano aprobar la actuación de la Junta Evaluadora y solicitar al Consejo Superior la designación correspondiente, conforme al artículo 22 del Anexo I de la Ordenanza Nro. 3/2008-CS.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 3 de octubre de 2024, sugirió al Consejo Directivo aprobar la actuación de la Junta Evaluadora y solicitar al Consejo Superior la designación del Abogado Lucas Martín Gallo en UN (1) cargo Categoría 1 - Tramo Mayor - del Agrupamiento Administrativo, para desempeñar funciones de Director General Administrativo, dependiente de la Secretaría Administrativa Económica Financiera de esta Unidad Académica.
Por ello, atento a lo aprobado por unanimidad en sesión ordinaria del 3 de octubre de 2024,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Aprobar la actuación de la Junta Evaluadora interviniente en el concurso y el orden de mérito resultante, establecido de la siguiente manera:
1. GALLO, Lucas Martín (DNI 34.041.058) 66,21 puntos 2. ABATE, Derlis Fernando (DNI 24.342.406) 50,87 puntos 3. SALGUERO, Sergio Óscar (DNI 32.093.256) 49,58 puntos
ARTÍCULO 2.- Solicitar al Consejo Superior la designación efectiva, por concurso, del Abogado Lucas Martín GALLO (DNI Nro. 34.041.058 - Legajo Nro. 33.824) en UN (1) cargo Categoría 1 Tramo Mayor - del Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales, homologado por Decreto Nacional Nro. 366/2006, para desempeñar funciones de Director General Administrativo, dependiente de la Secretaría Administrativa Económica Financiera de la Facultad de Educación.
ARTÍCULO 3.- El presente gasto en personal responde a la asignación de recursos financieros de la siguiente categoría programática:
Lista de Clasificación Programática del Cargo (Imputación Presupuestaria) Depend. o Subdepen Fuente de Programa Sub- Proyecto Activi- Obra Finalidad Función Participación Apartado -dencia Financiam. programa dad Porcentual 13 11 46 08 00 99 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
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ARTÍCULO 4.- El gasto que demande la presente designación se imputará según la clasificación por objeto del gasto y código de cargos que a continuación se detalla:
Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 13 Facultad de Educación Programa 46 Desarrollo de la Educación Elemental y Especial Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1 Retribución que hace al cargo Escalafón 01-Dcto. 366/2006 Categoría 1 Agrupamiento Administrativo
ARTÍCULO 5.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
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Dra. Ana María Lourdes SISTI Dra. María Ximena ERICE Decana Vicedecana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Fecha y hora: 04.10.2024 13:30:26 Cuyo
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