Digesto
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10646 Normativas
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CD-2023-ACT-011 17/08/2023 (Carga: 27/09/2023) |
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CD-2023-RES-359 15/08/2023 (Carga: 17/08/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 15 de agosto de 2023.
VISTO:
El EXP_E-CUY:0018307/2022; las Ordenanzas Nros. 23/2010-CS, 39/2010-CS y 3/2010-CD; y la Resolución Nro. 266/2022-CD, donde se tramita el llamado a concurso abierto para la provisión de UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple de carácter efectivo, correspondiente al Departamento de Fundamentos de la Educación, para el dictado del espacio curricular “Política y Legislación de la Educación” en el Profesorado Universitario de Educación Primaria, Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas, Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora, Profesorado Universitario de Educación Inicial, Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual y, por extensión de su cargo, “Sistema Educativo e Institución Educativa” del Profesorado Universitario en Informática y “Sociedad, Estado, Salud y Educación” de la Licenciatura en Terapia del Lenguaje, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nro. 203/2023 el Consejo Superior autorizó a la Facultad de Educación a convocar el concurso de referencia.
Que la Dirección Técnica Académica especificó las fechas de publicación e información, y el periodo de inscripción de los/as postulantes.
POR ELLO,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- CONVOCAR a concurso abierto, en los términos de las Ordenanzas Nros. 23/2010CS y 39/2010-CS, para la provisión de UN (1) cargo de Profesor Titular con dedicación simple de carácter efectivo, correspondiente al Departamento de Fundamentos de la Educación, para el dictado del espacio curricular “Política y Legislación de la Educación” en el Profesorado Universitario de Educación Primaria, Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas, Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora, Profesorado Universitario de Educación Inicial, Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual y, por extensión de su cargo, “Sistema Educativo e Institución Educativa” del Profesorado Universitario en Informática y “Sociedad, Estado, Salud y Educación” de la Licenciatura en Terapia del Lenguaje.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
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RESOLUCIÓN Nº 359 DIGITAL
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
ARTÍCULO 2.- ESTABLECER el siguiente perfil y condiciones para postular:
Poseer título de Profesor universitario de Educación Primaria, Profesor universitario de Educación para Personas Sordas, Profesor universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora, Profesor universitario de Educación Inicial, Profesor universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual o equivalentes o Licenciado o Profesor en Educación o Pedagogía. Acreditar título de posgrado. Acreditar antecedentes en docencia universitaria pertinente a la asignatura objeto del concurso y en la modalidad y/o en el nivel de los planes de estudio en los que se dicta. Poseer antecedentes en investigación y/o extensión en temáticas relacionadas a la asignatura objeto de concurso.
ARTÍCULO 3.- INFORMAR la integración de la Comisión Asesora que entenderá en la sustanciación del concurso, designada por Resolución Nro. 266/2022-CD y ratificada por la Resolución Nro. 203/2023-CS: MIEMBROS TITULARES: Lic. Nélida ESNAL (jubilada FEd-UNCuyo) Dra. Marisa Carina FAZIO (FFyL-UNCuyo) Dra. Marta Arminda MOYANO (UNSL)
MIEMBROS SUPLENTES: Dra. Mónica Elisabeth CASTILLA (jubilada FEd-UNCuyo) Prof. Claudia Hilda PAPARINI (FFyL – UNCuyo) Mgter. Luis Ángel NELLI (UNMisiones)
ARTÍCULO 4.- FIJAR el período de publicación e información de la convocatoria entre el VEINTIOCHO (28) de agosto y el OCHO (8) de septiembre de 2023 y el periodo de inscripción desde el ONCE (11) de septiembre hasta el NUEVE (9) de octubre de 2023.
ARTÍCULO 5.- DISPONER que la inscripción de los/as aspirantes será de manera virtual a través de un formulario Google que se informará oportunamente, conforme a las instrucciones establecidas en el ANEXO de la presente resolución.
ARTÍCULO 6.- ESTABLECER que, a los efectos del presente llamado a concurso, el/la postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica en el correo electrónico que consigne en el formulario de inscripción, en el marco de las las Ordenanzas Nros. 30/2016-CS y 26/2020-CS.
ARTÍCULO 7.- Comuníquese, difúndase e insértese en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
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RESOLUCIÓN Nº 359 DIGITAL
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
-ANEXO PROCESO DE INSCRIPCIÓN
La solicitud de inscripción se registrará mediante un formulario Google dispuesto a tal fin durante el periodo de inscripción en la página web de la institución. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante el formulario. La documentación se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable»), y tendrá carácter de declaración jurada. La falta de presentación de la documentación requerida por la norma que reglamenta el concurso o que no se ajuste a las pautas establecidas en el formulario invalidará la inscripción al concurso.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 359 DIGITAL
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CD-2023-RES-358 15/08/2023 (Carga: 17/08/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 15 de agosto de 2023. VISTO: El EXP_E-CUY:0042660/2022, donde se tramita la evaluación de desempeño docente de María Celeste COPELLO, correspondiente al segundo cuatrimestre 2018 al primer cuatrimestre del 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nro. 225/2023-CD se conformó la comisión evaluadora para los docentes que revistan un cargo de Jefe de Trabajos Prácticos, constituida por los docentes María Magdalena TOSONI, María Candela LÓPEZ y Eduardo Luis RIBÓ.
Que la evaluación de desempeño docente se ha efectuado según lo establecido por la Ordenanza Nro. 91/2014-CS, complementada por la Resolución Nro. 29/2015-CD.
Que la comisión evaluadora considera el desempeño de la docente María Celeste COPELLO para el periodo del segundo cuatrimestre 2018 al primer cuatrimestre del 2022 como SATISFACTORIO.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 29 de junio de 2023, sugirió al Consejo Directivo aprobar lo actuado por la comisión evaluadora que calificó como SATISFACTORIO el desempeño de la docente María Celeste COPELLO. Por ello, teniendo en cuenta lo aprobado en sesión del 6 de julio de 2023, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- APROBAR el dictamen de la comisión evaluadora de desempeño docente para la docente María Celeste COPELLO (DNI Nro. 25.620.289 - Legajo Nro. 27.565), correspondiente al periodo del segundo cuatrimestre 2018 al primer cuatrimestre del 2022 expresado como SATISFACTORIO.
ARTÍCULO 2.- DERIVAR a la Dirección de Recursos Humanos a fin de registrar la presente resolución en el legajo personal.
ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 358 DIGITAL
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CD-2023-RES-567 14/08/2023 (Carga: 17/08/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 14 de agosto de 2023. VISTO: El Expediente Nro. 24674/2023, donde se tramita el pedido de reconocimiento de licencia anual ordinaria -no gozada- de 45 días, formulado por la docente María Fernanda APAZA SEMBINELLI, y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la interesada no hizo uso de la licencia anual ordinaria 2022 por encontrarse de licencia por largo tratamiento desde el 2 de enero de 2023 hasta el 15 de marzo de 2023, continuando con licencia por maternidad desde el 16 de marzo hasta el 15 de junio de 2023 y por postmaternidad desde 16 de junio hasta el 13 de septiembre de 2023.
Que el artículo 45 del Decreto Nacional Nro. 1246/2015 establece el término de la licencia según la antigüedad del personal.
Que, respecto a las postergaciones, el inciso e) del artículo dispone que “el docente que se viere impedido, total o parcialmente, de gozar de la licencia anual ordinaria en razón de tener que iniciar licencias por afecciones o lesiones de largo tratamiento, accidente de trabajo, enfermedad profesional, maternidad/adopción/parental, matrimonio, licencias por afecciones o lesión de corto tratamiento de más de cinco (5) días, fallecimiento de familiar, atención de hijos menores, atención de enfermos en el grupo familiar, nacimiento/tenencia con fines de adopción o razones de servicio, deberá hacer uso de la misma a partir del momento en que cese la causal que impidió o suspendió el goce”.
Que, por lo expresado anteriormente, la Dirección de Recursos Humanaos sugiere aceptar lo solicitado, concediendo la licencia anual ordinaria de 45 días corridos a la docente María Fernanda APAZA SEMBINELLI, a partir del 14 de septiembre hasta el 28 de octubre de 2023. Por ello, y en ejercicio de sus atribuciones,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER la licencia anual ordinaria – no gozada – de CUARENTA Y CINCO (45) días, correspondiente al año 2022, a María Fernanda APAZA SEMBINELLI (DNI Nro. 25.801.840 – Legajo Nro. 27.401), a partir del CATORCE (14) de septiembre hasta el VEINTIOCHO (28) de octubre de 2023. ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
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RESOLUCIÓN Nº 567 DIGITAL
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DE-2023-RES-567 14/08/2023 (Carga: 22/08/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 14 de agosto de 2023. VISTO: El Expediente Nro. 24674/2023, donde se tramita el pedido de reconocimiento de licencia anual ordinaria -no gozada- de 45 días, formulado por la docente María Fernanda APAZA SEMBINELLI, y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la interesada no hizo uso de la licencia anual ordinaria 2022 por encontrarse de licencia por largo tratamiento desde el 2 de enero de 2023 hasta el 15 de marzo de 2023, continuando con licencia por maternidad desde el 16 de marzo hasta el 15 de junio de 2023 y por postmaternidad desde 16 de junio hasta el 13 de septiembre de 2023.
Que el artículo 45 del Decreto Nacional Nro. 1246/2015 establece el término de la licencia según la antigüedad del personal.
Que, respecto a las postergaciones, el inciso e) del artículo dispone que “el docente que se viere impedido, total o parcialmente, de gozar de la licencia anual ordinaria en razón de tener que iniciar licencias por afecciones o lesiones de largo tratamiento, accidente de trabajo, enfermedad profesional, maternidad/adopción/parental, matrimonio, licencias por afecciones o lesión de corto tratamiento de más de cinco (5) días, fallecimiento de familiar, atención de hijos menores, atención de enfermos en el grupo familiar, nacimiento/tenencia con fines de adopción o razones de servicio, deberá hacer uso de la misma a partir del momento en que cese la causal que impidió o suspendió el goce”.
Que, por lo expresado anteriormente, la Dirección de Recursos Humanaos sugiere aceptar lo solicitado, concediendo la licencia anual ordinaria de 45 días corridos a la docente María Fernanda APAZA SEMBINELLI, a partir del 14 de septiembre hasta el 28 de octubre de 2023. Por ello, y en ejercicio de sus atribuciones,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER la licencia anual ordinaria – no gozada – de CUARENTA Y CINCO (45) días, correspondiente al año 2022, a María Fernanda APAZA SEMBINELLI (DNI Nro. 25.801.840 – Legajo Nro. 27.401), a partir del CATORCE (14) de septiembre hasta el VEINTIOCHO (28) de octubre de 2023. ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
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RESOLUCIÓN Nº 567 DIGITAL
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CD-2023-RES-357 14/08/2023 (Carga: 17/08/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 14 de agosto de 2023.
VISTO: El EXP_E-CUY:0006748/2022 y el EXP-CUY:0007106/2017, donde se tramita el sumario administrativo contra Estefanía Aurora DÍAZ GÓMEZ a fin de determinar la existencia o no de irregularidades en el examen final del espacio curricular Sociología de la Educación el 1 de agosto de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Nro. 183/2017 del 9 de mayo de 2017, el Consejo Directivo ordenó instruir sumario administrativo, conforme a lo dispuesto en el Articulo 44 del Reglamento de Investigaciones Administrativas aprobado por Decreto Nacional Nro. 467/1999, adoptado en esta Universidad mediante Ordenanza Nro. 32/2020-CS, a la estudiante Estefanía Aurora DÍAZ GÓMEZ a fin de determinar la existencia o no de irregularidades en el examen final del espacio curricular Sociología de la Educación el 1 de agosto de 2016, establecer el alcance –si lo hubiera- del perjuicio fiscal sufrido por la Universidad, y eventualmente, proponer sanciones.
Que la causa fue instruida por la el Área de Investigaciones Administrativas de la Universidad Nacional de Cuyo.
Que practicadas todas las averiguaciones y tramitaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos investigados, diligenciadas las medidas de prueba y agregado el legajo de la estudiante, el instructor procedió a dar por terminadas las actuaciones en lo relacionado con la investigación, disponiendo la clausura de la misma y la emisión del informe del artículo 108 del RIA.
Que en dicho informe la Instrucción Sumaria consideró que con los elementos probatorios recolectados y con la valoración de ellos, los hechos investigados no exhibían una especial complejidad, como tampoco se observó que la sumariada haya obstaculizado el curso del procedimiento.
Que, por otra parte, el Instructor destacó que el daño está reparado ya que la estudiante aprobó el examen del espacio curricular en diciembre de 2020, y, además, valoró que a pesar de haber transcurrido casi seis años entre la emisión del informe y la fecha de la irregularidad denunciada, la instrucción sumarial no puede afirmar con la convicción suficiente que el hecho se haya cometido.
Que, en consecuencia, sugirió al Consejo Directivo que ordene la clausura de las actuaciones y el archivo de las mismas.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 31 de marzo de 2022, sugirió a este órgano aprobar el informe del instructor sumariante.
Que, por error en el procedimiento, el expediente fue archivado sin la emisión del acto administrativo correspondiente, por lo que corresponde subsanar dicho yerro.
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RESOLUCIÓN Nº 357 DIGITAL
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Por ello, atento lo expuesto y lo aprobado en sesión ordinaria del 7 de abril del 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- ABSOLVER a la estudiante Estefanía Aurora DÍAZ GÓMEZ (DNI Nro. 36.348.987) de los cargos imputados en la Resolución Nro. 183/2017-CD y, en consecuencia, disponer la clausura del sumario administrativo y el archivo de las actuaciones, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones
SE
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 357 DIGITAL
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CD-2023-RES-356 14/08/2023 (Carga: 17/08/2023) |
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MENDOZA, 14 de agosto de 2023. VISTO:
El Expediente Nro. 24451/2023, por el cual la Secretaria de Extensión eleva la propuesta de capacitación denominado “Imágenes accesibles para personas con discapacidad visual” para el presente año lectivo, y
CONSIDERANDO:
Que la propuesta de capacitación cuenta con la conformidad del Consejo de Extensión, según el Acta Nro. 7 del 11 de abril de 2023.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en su reunión del 27 de julio de 2023, sugirió al Consejo Directivo aprobar la propuesta de capacitación “Imágenes accesibles para personas con discapacidad visual” elevada por la Secretaría de Extensión.
Por ello, teniendo en cuenta lo aprobado por este órgano en sesión ordinaria del 3 de agosto de 2023,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACION RESUELVE: ARTÍCULO 1.- APROBAR el curso de capacitación denominado “Imágenes accesibles para personas con discapacidad visual”, elevado por la Secretaría de Extensión, según el programa detallado en el ANEXO que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
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► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
-ANEXO Curso: Imágenes accesibles para personas con discapacidad visual
Docente de la Facultad de Educación
Mgter. Verónica Martínez
Egresadas de la Facultad de Educación
Lic. Diana Ruiz y Lic. María Gabriela Coll
Objetivo
Concientizar la importancia de la realización de una correcta descripción y colocación del texto alternativos de las imágenes a fin de que las personas con discapacidad visual accedan a la información de la página web de forma completa.
Objetivos específicos
Lograr la correcta descripción e identificación de los elementos que forman parte de la imagen. Interpretar la imagen a través de una descripción adecuada a la funcionalidad de la misma.
Destinatarios Público en general interesado en promover la inclusión (accesibilidad web) de las personas con discapacidad visual u otras que utilicen lectores de pantalla.
Propuesta
Abierta a la comunidad universitaria de la UNCUYO y público en general.
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RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 356 DIGITAL
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Fundamentación Como ya se ha comprobado una imagen capta la atención de las personas que navegan en la web. Además, hay más probabilidades de que el lector le brinde más oportunidades al contenido con imágenes, a la hora de consultar en el buscador. Asimismo, las imágenes son un recurso más para llegar al lector porque complementan el contenido textual. Otra razón es el posicionamiento web, que tiene un sitio con muchas imágenes que uno sin imágenes. En otras palaras, es un factor de optimización de búsqueda (SEO en inglés) que le brinda relevancia al contenido logrando que aparezca primero en los resultados de la búsqueda. Estos factores reciben el nombre de optimizadores de imágenes (ALT, nombre descriptivo, título de la imagen).
El atributo ALT es el más importante, ya que brinda el acceso a la información que está presentando dicha imagen. En el caso de que ese atributo no esté presente dicha información se pierde para los usuarios que utilizan lectores de pantalla o los VoiceOver (describe en voz alta lo que aparece en la pantalla del dispositivo). Se debe agregar que los lectores de pantalla acceden a la información de las páginas web a través del atributo ALT y en el caso de los procesadores de textos, planilla de cálculo y presentaciones cuentan con un menú de herramientas que ofrece la posibilidad de agregar la descripción de la imagen.
Todas estas observaciones se relacionan con los testeos de accesibilidad. Estos son automáticos y su función es verificar si está o no el atributo ALT, pero no garantizan la correcta descripción de la imagen. Eso se debe hacer en forma manual mediante la validación del usuario.
Por todo lo expresado anteriormente es fundamental incorporar y respetar las buenas prácticas de la descripción de las imágenes. Para lograr que el usuario que accede al texto descriptivo acceda a la misma información que la persona que visualiza dicha imagen.
Contenido Módulo 1: Imágenes. Función de las imágenes. Tipos de imágenes. Detalles y ejemplos. Los acrónimos y las abreviaturas. Módulo 2: Descripción de la imagen. Definición de los elementos (texto, personas, objetos, otros). Orden de relevancia. Según la ubicación de los elementos. Detalles vs. Especificidad. Objetividad vs. Subjetividad. Información relevante, contexto y duplicación. Recomendaciones para la descripción de imágenes. Módulo 3: Lectores de pantalla. Fundamentos de la descripción de imágenes. Análisis de cómo se identifican o interpretan las imágenes. W3C: Alternativas textuales: Comprender la Pauta 1.1. Módulo 4: Textos alternativos. Funciones principales. El texto alternativo mejora la accesibilidad. El atributo ALT en HTML. Ejemplos de texto alternativo de imagen. Mejores prácticas para hacer el texto alternativo.
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RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 356 DIGITAL
► 2023 “1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Modalidad de cursado El cursado es por medio de la modalidad presencial y Online. El participante podrá administrar su tiempo de forma flexible y personalizada. El diseño pedagógico de los contenidos de las clases y del material teórico, se encuentran disponibles online las 24hs, todos los días de la semana, lo que le posibilitara avanzar a su propio ritmo La cursada cuenta, con material teórico presentado en formato PDF (disponible para visualizar en línea o descargar por tiempo indefinido, no solo durante la cursada). Además, encontrarán videos grabados con el desarrollo de la temática relacionada. Deberán asistir a 4(cuatro) encuentros presenciales o sincrónicos, de 45 minutos de duración. Estas clases plantean un circuito por los conocimientos fundamentales, de cada tema explicados por los docentes a cargo. Finalmente, deberán realizar y aprobar las actividades de cada uno de los módulos. Podrán consultar a los profesores, las dudas o inquietudes, que vayan surgiendo, por medio del campus virtual, en cualquier momento e interactuar con tus compañeros por medio de los grupos privados de WhatsApp. Con horarios de consulta a consensuar con profesores y participantes. Duración 20 horas cátedras. 16 hs. virtuales y 4hs. Presenciales o encuentros sincrónicos. Certificación Asistente con evaluación
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AR
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 356 DIGITAL
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