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10646 Normativas
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CD-2022-RES-378
15/09/2022
(Carga: 22/09/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 15 de septiembre de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0029004/2022, donde se tramita la readmisión y extensión de carrera a la estudiante Melina FERREYRA, y
CONSIDERANDO:
Que la estudiante solicitó la readmisión y extensión de carrera en la Licenciatura en Psicomotricidad Educativa.
Que la Secretaria Académica prestó la conformidad al trámite en virtud de deber solo la tesis del plan de estudios.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 1 de septiembre de 2022, sugirió al Consejo Directivo aprobar lo actuado por Secretaría Académica y otorgar la correspondiente readmisión y extensión de carrera a Melina FERREYRA hasta el 31 de marzo de 2024.
Que el Consejo Directivo, en su sesión del día 8 de septiembre de 2022, aprobó el despacho de la Comisión. POR ELLO, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- OTORGAR a la estudiante Melina FERREYRA (DNI Nº 33.477.344), de la Licenciatura en Psicomotricidad Educativa, la readmisión y extensión de carrera hasta el TREINTA Y UNO (31) de marzo de 2024.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 378 DIGITAL
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Académicas y Readmisión y/o Extensión de Carrera
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CD-2022-RES-377
15/09/2022
(Carga: 22/09/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 15 de septiembre de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0029394/2022, donde se tramita la readmisión y extensión de carrera a la estudiante Verónica Haydee FANTAUZZI, y
CONSIDERANDO:
Que la estudiante solicitó la readmisión y extensión de carrera en la Licenciatura en Creatividad Educativa.
Que la Secretaria Académica prestó la conformidad al trámite en virtud de deber solo la tesis del plan de estudios.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 1 de septiembre de 2022, sugirió al Consejo Directivo aprobar lo actuado por Secretaría Académica y otorgar la correspondiente readmisión y extensión de carrera a Verónica Haydee FANTAUZZI hasta el 31 de marzo de 2024.
Que el Consejo Directivo, en su sesión del día 8 de septiembre de 2022, aprobó el despacho de la Comisión. POR ELLO, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- OTORGAR a la estudiante Verónica Haydee FANTAUZZI (DNI Nº 14.956.242), de la Licenciatura en Creatividad Educativa, la readmisión y extensión de carrera hasta el TREINTA Y UNO (31) de marzo de 2024.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 377 DIGITAL
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Académicas y Readmisión y/o Extensión de Carrera
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CD-2022-RES-376
15/09/2022
(Carga: 22/09/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 15 de septiembre de 2022.
VISTO:
El EXP_E-CUY:0033752/2021 y las Ordenanzas Nº 23/2010-CS, 39/2010-CS y 3/2010-CD, donde se tramita el llamado a concurso abierto para la provisión, con carácter de efectivo, de UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva, correspondiente al Departamento de Ciencias del Lenguaje, para el dictado del espacio curricular “Lengua” y, por extensión de su cargo, para el dictado de “Comunicación Lingüística I” en el Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas, Profesorado de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual, Profesorado de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora, Licenciatura en Terapia del Lenguaje, Profesorado Universitario de Educación Primaria, Profesorado Universitario de Educación Inicial y en la Tecnicatura en Interpretación de Lengua de Señas, y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Académica solicitó autorización para el llamado al concurso de referencia.
Que el Departamento de Ciencias del Lenguaje elevó los requisitos mínimos de formación, perfil y antecedentes exigidos y los miembros titulares y suplentes propuestos para la integración de la Comisión Asesora que entenderá en la sustanciación del concurso.
Que la Dirección de Gestión de Apoyo Académico detalla la descripción del título (carrera), disciplina, subdisciplina y espacio curricular, respecto al plan de estudios y Mapa Docendi correspondiente.
Que la Dirección General Económico Financiero certifica la existencia presupuestaria del cargo a concursar.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 1 de septiembre de 2022, sugirió al Consejo Directivo aprobar el procedimiento y solicitar al Consejo Superior la autorización para el llamado a concurso abierto con el fin de cubrir UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva de carácter efectivo, correspondiente al Departamento de Ciencias del Lenguaje, para el dictado del espacio curricular “Lengua” y, por extensión de su cargo, para el dictado de “Comunicación Lingüística I” en el Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas, Profesorado de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual, Profesorado de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora, Licenciatura en Terapia del Lenguaje, Profesorado Universitario de Educación Primaria, Profesorado Universitario de Educación Inicial y en la Tecnicatura en Interpretación de Lengua de Señas.
Que el Consejo Directivo, en sesión del 8 de septiembre de 2022, aprobó el despacho de la Comisión.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 376 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Que, de acuerdo al Reglamento de Concursos (Ordenanza Nº 23/2010 –CS), en su Anexo I - Artículo 4 establece que el llamado a concurso será autorizada por el Consejo Superior.
POR ELLO,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- SOLICITAR al Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo la autorización para convocar a concurso abierto, en los términos de las Ordenanzas Nº 23/2010-CS y 39/2010-CS, para la provisión de UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación semiexclusiva de carácter efectivo, correspondiente al Departamento de Ciencias del Lenguaje, para el dictado del espacio curricular “Lengua” y, por extensión de su cargo, para el dictado de “Comunicación Lingüística I” en el Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas, Profesorado de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Visual, Profesorado de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora, Licenciatura en Terapia del Lenguaje, Profesorado Universitario de Educación Primaria, Profesorado Universitario de Educación Inicial y en la Tecnicatura en Interpretación de Lengua de Señas.
ARTÍCULO 2.- ESTABLECER el siguiente perfil y condiciones para postular: Profesor de grado en Letras o Lengua y Literatura. Poseer formación de posgrado. Acreditar antecedentes de investigación y/o extensión. Acreditar experiencia docente en el ámbito educativo superior.
ARTÍCULO 3.- DESIGNAR como miembros integrantes de la Comisión Asesora al siguiente personal docente: Titulares: Lic. María Candela LÓPEZ Mgter. María Julia AMADEO Mgter. Gabriela AZZONI (Facultad de Ciencias Políticas y Sociales) Suplentes: Mgter. María del Carmen CASTRO Mgter. Jorge Luis ROBERTS Mgter. Adriana Silvina ZANI (Facultad de Filosofía y Letras).
ARTÍCULO 4.- Comuníquese e insértese en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 376 DIGITAL
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Concursos
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CD-2022-ORD-003
14/09/2022
(Carga: 4/10/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 14 de septiembre de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0031500/2022, donde la Secretaría de Investigación y Posgrado solicita la rectificación del ANEXO I de la Ordenanza Nº 20/2015-CD, en relación a la denominación y la titulación de la carrera de posgrado Maestría en Enseñanza en Escenarios Digitales, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la ordenanza citada en el visto, el Consejo Directivo de esta Unidad Académica aprobó la carrera y el plan de estudios de la carrera Maestría en Enseñanza en Escenarios Digitales, la que fue ratificada por el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo mediante la Ordenanza Nº 95/2015-CS.
Que en el ANEXO I de la ordenanza se consignó un error material de transcripción consistente en la denominación y titulación de la carrera, la cual obstaculiza la emisión de diplomas a los egresados/as.
Que, en consecuencia de lo expuesto, resulta necesario rectificar la normativa mencionada.
Que el Articulo 101 de la Ley 19.549 (Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto 1.759/72 – T.O. 2017), establece: “Rectificación de errores materiales. En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión”.
Que la Comisión de Interpretación y Reglamento, en reunión del 1 de septiembre de 2022, sugirió al Consejo Directivo la rectificación del ANEXO I de la Ordenanza Nº 20/2015-CD, en lo que respecta a la denominación y titulación de la carrera. Además, solicitar al Consejo Superior la rectificación de la Ordenanza Nº 95/2015-CS.
Que el Consejo Directivo, en sesión del 8 de septiembre de 2022, aprobó el dictamen de la comisión.
POR ELLO, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN O R D E NA:
ARTÍCULO 1. RECTIFICAR el ANEXO I de la Ordenanza Nº 20/2015-CD, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Donde dice: Carrera: “MAESTRÍA EN EDUCACIÓN EN ESCENARIOS DIGITALES” Debe decir: Carrera: “MAESTRÍA EN ENSEÑANZA EN ESCENARIOS DIGITALES”
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 3 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Donde dice: Título: “MAGÍSTER EN EDUCACIÓN EN ESCENARIOS DIGITALES” Debe decir: Título: “MAGÍSTER EN ENSEÑANZA EN ESCENARIOS DIGITALES”
ARTÍCULO 2. SOLICITAR al Consejo Superior de la Universidad Nacional de Cuyo la ratificación de la presente norma y, en consecuencia, la rectificación de la Ordenanza Nº 95/2015-CS, de acuerdo a los detalles especificados en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3. Comunicar e insertar en el Libro de Ordenanzas.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 3 DIGITAL
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DE-2022-RES-561
13/09/2022
(Carga: 27/09/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 13 de septiembre de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0032233/2022, las Resoluciones Nros. 491/2022-D y 557/2022-D, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 491/2022-D se le otorgó a Cristian Emanuel FERNANDEZ el adicional por carácter crítico de la función desde el 16 de agosto de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Que el Director General Administrativo solicita la limitación del adicional a partir del 7 de septiembre de 2022, debido a la baja definitiva por fallecimiento efectuada por Resolución Nº 557/2022-D. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- LIMITAR, a partir del SIETE (7) de septiembre de 2022, el adicional por carácter crítico de la función a Cristian Emanuel FERNANDEZ (DNI N° 34.966.782 – Legajo N° 35.101), otorgado en Resolución Nº 491/2022-D, en virtud de la baja definitiva por fallecimiento del docente instrumentada por Resolución Nº 557/2022-D. ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 561 DIGITAL
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Adicionales
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DE-2022-RES-560
13/09/2022
(Carga: 27/09/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 13 de septiembre de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0032037/2022, donde se tramita la designación de la Prof. Esp. María Gabriela GRIFFOULIERE como Secretaria Académica de la Facultad de Educación, a partir del 16 de agosto de 2022 hasta el 15 de agosto de 2026, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Nº 622/2022 el Consejo Superior aprobó el proceso electoral y puso en funciones a la Decana y Vicedecana electas, a partir del 16 de agosto de 2022 a las 00:00 horas.
Que conforme al artículo 40 inc. 3 del Estatuto Universitario es atribución de la Decana dar a conocer al Consejo Directivo los nombramientos y remociones de los/as funcionarios/as con rango de secretario/a que del decanato dependan.
Que la Decana decidió nombrar como Secretaria Académica a la Prof. Esp. María Gabriela GRIFFOULIERE desde el 16 de agosto de 2022 al 15 de agosto de 2026.
Que, en consecuencia, la mencionada funcionaria se encuentra comprendida en los alcances de la Ley Nº 25188, sobre “Ética en el Ejercicio de la Función” según lo establecido en el artículo 5 de la misma, por lo que deberá presentar Declaración Jurada Patrimonial Integral Pública – F1245 y Anexo reservado según corresponda.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- DESIGNAR a la Prof. Esp. María Gabriela GRIFFOULIERE (DNI Nº 23.629.986 – Legajo Nº 27.428) como Secretaria Académica de la Facultad de Educación, a partir del 16 de agosto de 2022 hasta el 15 de agosto de 2026.
ARTÍCULO 2.- La citada funcionaria se encuentra comprendida en los alcances de la Ley N° 25188 sobre "ÉTICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA", según lo establecido en el Artículo 5º de la misma. En consecuencia, por aplicación del Artículo 6º de la Resolución N° 1695/2013 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, está obligada a presentar la Declaración Jurada Patrimonial Integral Pública (Formulario F-1245) y el Anexo Reservado dentro de los TREINTA (30) días hábiles posteriores a la asunción en el cargo o función que motiva la presentación.
ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 560 DIGITAL
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Designaciones
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CD-2022-RES-375
13/09/2022
(Carga: 22/09/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 13 de septiembre de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0032710/2022, y CONSIDERANDO:
Que el autor Raúl ABALLAY realiza la donación de 3 libros como material bibliográfico para ser incorporados a la Facultad.
Que la Comisión de Administración y Finanzas, en reunión del 1 de septiembre de 2022, sugirió al Consejo Directivo aceptar la donación del material bibliográfico.
Que el Consejo Directivo, en sesión del día 8 de septiembre de 2022, resolvió aprobar el despacho de la Comisión. POR ELLO, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E:
ARTÍCULO1.-ACEPTAR la donación de material bibliográfico realizada por el autor Raúl ABALLAY, con destino a la Biblioteca de esta Unidad Académica, según el siguiente detalle: -El exilio de Agamenón – Editorial: Duken -Comandante Sertal – Editorial: Inca Editorial -Aguafuertes Cuyanas – Editorial: Duken
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 375 DIGITAL
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Donación
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