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10649 Normativas
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CD-2022-RES-421
4/10/2022
(Carga: 18/10/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 4 de octubre de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0026524/2022, donde la estudiante Gimena Daiana GONZÁLEZ solicita la equivalencia de estudios por un curso de Francés aprobado y un espacio curricular correspondiente a la Licenciatura en Psicomotricidad Educativa (Ordenanza Nº 47/1999-CS), y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Académica informa que se concede la equivalencia solicitada sobre la base de lo establecido por las Ordenanzas Nros. 1/2010-CD y la 10/2021-CD, y de lo aconsejado por los profesores consultados al respecto según consta en acta volante.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 15 de septiembre de 2022, sugirió al Consejo Directivo aprobar lo actuado por Secretaría Académica y otorgar la equivalencia solicitada.
Que el Consejo Directivo, en sesión del 22 de septiembre de 2022, aprobó el dictamen de la Comisión. POR ELLO, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- CONCEDER la equivalencia de estudios a Gimena Daiana GONZÁLEZ (DNI Nº 31.319.321) de acuerdo con el siguiente detalle:
- Curso: - “Lenguas Extranjeras de la FED Por -Lengua Extranjera: Francés – Francés A1”
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 421 DIGITAL
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Académicas y Equivalencias
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CD-2022-RES-420
4/10/2022
(Carga: 18/10/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 4 de octubre de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0019003/2022, donde la estudiante Lucía Naimí SIMÓN solicita la equivalencia de estudios entre un espacio curricular cursado y aprobado en la Tecnicatura en Interpretación de Lengua de Señas (Ordenanza Nº 75/2003-CS) y un espacio curricular correspondiente al Profesorado Universitario de Educación para personas Sordas (Ordenanza Nº 28/12-CS), y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Académica informa que se concede la equivalencia solicitada sobre la base de lo establecido por las Ordenanzas Nros. 1/2010-CD y la 10/2021-CD, y de lo aconsejado por los profesores consultados al respecto según consta en acta volante.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 15 de septiembre de 2022, sugirió al Consejo Directivo aprobar lo actuado por Secretaría Académica y otorgar la equivalencia solicitada.
Que el Consejo Directivo, en sesión del 22 de septiembre de 2022, aprobó el dictamen de la Comisión. POR ELLO, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- CONCEDER la equivalencia de estudios a Lucía Naimí SIMÓN (DNI Nº 37.517.818) de acuerdo con el siguiente detalle:
- Comunicación Lingüística I por -Lengua
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 420 DIGITAL
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Académicas y Equivalencias
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CD-2022-RES-419
4/10/2022
(Carga: 18/10/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 4 de octubre de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0019011/2022, donde la estudiante Lucía Naimí SIMÓN solicita equivalencia de estudios entre espacio curricular aprobado en la Tecnicatura en Interpretación en Lengua de Señas (Ordenanza Nº 75/2003-CS) y un espacio curricular correspondiente al Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas (Ordenanza Nº 28/2012-CS), y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Académica informa que se concede la equivalencia solicitada sobre la base de lo establecido por las Ordenanzas Nº 1/2010-CD y la 10/2021-CD, y de lo aconsejado por los profesores consultados al respecto según consta en acta volante.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 15 de septiembre de 2022, sugirió al Consejo Directivo aprobar lo actuado por Secretaría Académica y otorgar la equivalencia solicitada.
Que el Consejo Directivo, en sesión extraordinaria del 22 de septiembre de 2022, aprobó el despacho de la Comisión.
POR ELLO, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER la equivalencia de estudios a Lucía Naimí SIMÓN (DNI Nº 37.517.818) de acuerdo con el siguiente detalle:
-Psicología Evolutiva por -Psicología del Desarrollo
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 419 DIGITAL
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Académicas y Equivalencias
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DE-2022-RES-622
3/10/2022
(Carga: 4/10/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 3 de octubre de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0030688/2022 y las Resoluciones Nº 479/2019-D, dictada ad referéndum del Consejo Directivo y refrendada por Resolución Nº 457/2019-CD, y 271/2022-D, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 479/2019-D, dictada ad referéndum del Consejo Directivo, se aprobó el proyecto de extensión “Servicio Clínico de Bases Funcionales del Lenguaje”, presentado por el Instituto de Logopedia, bajo la dirección y codirección de las Licenciadas Alicia Berardini y Mariana García, respectivamente.
Que, posteriormente, a través de la Resolución Nº 271/2022-D se autorizó la convocatoria para seleccionar DOS (2) personas con el objeto de integrar el proyecto de extensión.
Que de la convocatoria participaron solo tres aspirantes, por lo que la Dirección de Asuntos Estudiantiles y Egresados/as solicita la incorporación de ampliar el cupo previsto originalmente.
Que el pedido cuenta con la conformidad del Decanato.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- APROBAR el orden de mérito propuesto e incorporar TRES (3) estudiantes al proyecto de extensión “Servicio Clínico de Bases Funcionales del Lenguaje”, presentado por el Instituto de Logopedia, bajo la dirección y codirección de las Licenciadas Alicia Beatriz Berardini y Mariana Emilia García, respectivamente; según el detalle obrante en el ANEXO de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 622 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
-ANEXO
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 622 DIGITAL
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Convocatorias
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DE-2022-RES-621
3/10/2022
(Carga: 4/10/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 3 de octubre de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0013603/2022, donde se tramita el otorgamiento del adicional por carácter crítico de la función al agente Andrés Felipe POBLETE FERREIRA, y
CONSIDERANDO:
Que el Secretario Administrativo Económico Financiero solicita el otorgamiento del adicional por carácter crítico de la función al agente mencionado, desde el 1 de agosto de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, con el objeto de remunerar los servicios prestados en el programa EBA.
Que el monto a liquidar por el mes de agosto será de pesos TREINTA Y SEIS MIL 00/100 ($ 36.000.-).
Que el monto mensual a liquidar desde septiembre a diciembre de 2022 será de pesos CINCUENTA MIL 00/100 ($ 50.000.-).
Que la Dirección General Económica Financiera anexa informe presupuestario.
Que lo solicitado encuadra en lo dispuesto por la Ordenanza Nº 23/2015-CS.
POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- OTORGAR el adicional por Carácter Crítico de la función al agente Andrés Felipe POBLETE FERREIRA (DNI N° 94.530.514 – Legajo N° 34.784), para desempeñar funciones en el programa EBA, según los montos y periodos que a continuación se detallan:
Mes a liquidar Monto Agosto 2022 $ 36.000,00 Septiembre 2022 $ 50.000,00 Octubre 2022 $ 50.000,00 Noviembre 2022 $ 50.000,00 Diciembre 2022 $ 50.000,00
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande la ejecución de la presente medida deberá imputarse a la siguiente red programática: Depend. o Subdepen Fuente de Programa Sub- Proyecto Activi- Obra Finalidad Función Participación Apartado -dencia Financiam. programa dad Porcentual 13 11 46 03 00 99 00 3 4 100% Total de la distribución programática 100%
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 621 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
El gasto se imputará según la clasificación por objeto del gasto y código de cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cód. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 46 Facultad de Educación Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 1 Personal Permanente Partida Parcial 1.2 Retribución que no hace al cargo – Función crítica ARTÍCULO 3.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 621 DIGITAL
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Adicionales
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DE-2022-RES-620
3/10/2022
(Carga: 4/10/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 3 de octubre de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0038169/2022, la Ordenanza Nº 32/2016–R y la Circular Nº 57/2018 de Gestión de Personal, donde se tramita la baja definitiva por jubilación de la docente María Inés FARES, y
CONSIDERANDO:
Que corre agregado el formulario Nº 2 de solicitud de baja definitiva por jubilación de la docente.
Que la Dirección de Recursos Humanos anexa el Formulario Nº 11 de la Circular Nº 57/2018 de Gestión de Personal.
Que la docente revista en los siguientes cargos: Maestro de Grado de carácter efectivo en la Escuela Carmen Vera Arenas desde el 20 de marzo de 2002, designada por Resolución Nº 39/2002-CS y en un cargo de SIETE (7) Horas Cátedra Nivel Medio de carácter interino en la misma institución desde el 1 de marzo de 2022 hasta el 28 de marzo de 2023, designada por Resolución Nº 94/2022-D refrendada por Resolución Nº 114/2022-CD. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 32/2016-R, modificado por el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 4/2022-R,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- DAR de baja definitiva por jubilación, a partir del UNO (1) de octubre de 2022, a María Inés FARES (DNI Nº 17.184.793 - Legajo Nº 22.210), en los cargos de: Maestro de Grado de carácter efectivo en la Escuela Carmen Vera Arenas, desde el VEINTE (20) de marzo de 2002, designada por Resolución Nº 39/2002-CS y SIETE (7) Horas Cátedra de Nivel Medio de carácter interino en la misma institución, desde el UNO (1) de marzo de 2022 hasta el VEINTIOCHO (28) de marzo de 2023, designada por Resolución Nº 94/2022-D refrendada por Resolución 114/2022-CD. ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 620 DIGITAL
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Baja
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DE-2022-RES-619
3/10/2022
(Carga: 4/10/2022)
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► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 3 de octubre de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0033383/2022, donde la estudiante Florencia Emilce GIUBERGIA solicita equivalencia entre espacios curriculares cursados y aprobados en el Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora (Ordenanza Nº 30/2012-CS) y la Licenciatura en Terapia del Lenguaje (Ordenanza 34/2012-CS), y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante la Ordenanza Nº 7/2013-CD de la Facultad de Educación.
Que no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que, igualmente, es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E: ARTÍCULO 1.- de acuerdo con el siguiente detalle: -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro y Expresión Corporal y Expresión Corporal -Alfabetización Digital por -Alfabetización Digital -Didáctica y Currículum por -Didáctica y Currículum -Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana por -Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 619 DIGITAL
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Académicas y Equivalencias
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