Digesto
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10649 Normativas
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CD-2022-RES-423 5/10/2022 (Carga: 18/10/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 5 de octubre de 2022.
VISTO:
El EXP_E-CUY:0004442/2021, las Ordenanzas Nros. 23/2010-CS y su modificatoria 39/2010-CS; las Resoluciones Nros. 461/2021-CS, 232/2021-CD, 9/2022-CD y 322/2022-CD, donde se tramita el llamado a Concurso Abierto para la provisión de UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple de carácter efectivo, correspondiente al Departamento de Didáctica, para el dictado del espacio curricular “Práctica Profesional e Investigación Educativa II: Currículo y Grupos de Aprendizaje” en el Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas de esta Unidad Académica, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 461/2021 el Consejo Superior autorizó a la Facultad de Educación a convocar el concurso de referencia.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 15 de septiembre de 2022, sugirió al Consejo Directivo llamar a concurso abierto para cubrir un cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple de carácter efectivo, correspondiente al Departamento de Didáctica, para el espacio curricular “Práctica Profesional e Investigación Educativa II: Currículo y Grupos de Aprendizaje” del Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas, según lo establecido por las Resoluciones Nros. 461/2021-CS y 9/2022-CD.
Que la Dirección Técnica Académica especificó las fechas de publicación e información y el periodo de inscripción de los/as postulantes para este nuevo llamado.
Por ello, y teniendo en cuenta lo resuelto por este órgano en la sesión del 22 de septiembre de 2022,
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- CONVOCAR a concurso abierto para la provisión de UN (1) cargo de Profesor Adjunto con dedicación simple de carácter efectivo, correspondiente al Departamento de Didáctica, para el dictado del espacio curricular “Práctica Profesional e Investigación Educativa II: Currículo y Grupos de Aprendizaje” en el Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas de esta Unidad Académica.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 423 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
ARTÍCULO 2.- ESTABLECER las siguientes condiciones para postular: Poseer título de Profesor/a de Sordos y Terapia del Lenguaje, Profesor/a de Grado Universitario en Sordos y Terapia del Lenguaje, Profesor/a Universitario de Educación para Personas Sordas u homólogos. Acreditar antecedentes en investigación y/o extensión. Acreditar antecedentes en posgrado. Acreditar antecedentes de experiencia laboral en instituciones educativas para personas sordas. Acreditar antecedentes en docencia en el nivel superior universitario.
ARTÍCULO 3.- INFORMAR la integración de la Comisión Asesora que entenderá en la sustanciación del concurso, designada por Resolución Nº 232/2021-CD y ratificada por Resolución Nº 461/2021-CS:
MIEMBROS TITULARES: Esp. Silvia Mirian DUHART Esp. Mariana Emilia GARCÍA Prof. Claudia Mabel CAVALLERO (UNSL)
MIEMBROS SUPLENTES: Lic. Andrea Viviana SURACI Esp. Gabriela Judith GUZMÁN Dra. Diana SIGAL (UNRC)
ARTÍCULO 4.- FIJAR el período de publicación e información de la convocatoria entre el DIECISIETE (17) de octubre y el VEINTIOCHO (28) de octubre de 2022 y el periodo de inscripción desde el TREINTA Y UNO (31) de octubre hasta el VEINTIOCHO (28) de noviembre de 2022.
ARTÍCULO 5.- DISPONER que la inscripción de los/as aspirantes será de manera virtual a través de un formulario Google cuyo link se informará oportunamente, conforme a las instrucciones establecidas en el ANEXO de la presente resolución.
ARTÍCULO 6.- ESTABLECER que, a los efectos del presente llamado a concurso, el/la postulante acepta y declara constituir domicilio especial de notificación electrónica en el correo electrónico que consigne en el formulario de inscripción, en el marco de las las Ordenanzas Nros. 30/2016-CS y 26/2020-CS.
ARTÍCULO 7.- Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 423 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
-ANEXO PROCESO DE INSCRIPCIÓN
La solicitud de inscripción se registrará mediante un formulario Google dispuesto a tal fin durante el periodo de inscripción en la página web de la institución. Es requisito excluyente el registro de la inscripción mediante el formulario. La documentación se presentará mediante UNA (1) copia digital, en formato PDF (por sus siglas en inglés de Portable Document Format, «formato de documento portable»), y tendrá carácter de declaración jurada. La falta de presentación de la documentación requerida por la norma que reglamenta el concurso o que no se ajuste a las pautas establecidas en el formulario invalidará la inscripción al concurso.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 423 DIGITAL
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DE-2022-RES-627 4/10/2022 (Carga: 18/10/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 4 de octubre de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0039471/2022, donde se tramita la convocatoria al “I Concurso Literario Educación y Derechos Humanos: Hacia un mundo polipétalo. Iguales en lo diverso y diversos en la igualdad”, y
CONSIDERANDO:
Que el “I Concurso Literario Educación y Derechos Humanos” tiene el objetivo de promover entre los/as estudiantes, egresadas y egresados la sensibilización y reflexión acerca de problemáticas relacionadas con derechos humanos del pasado reciente, el presente y el porvenir, en los diversos ámbitos y prácticas vitales.
Que el certamen es organizado por esta Unidad Académica, a través del Instituto de Lectura y Escritura, y el Área de Derechos Humanos, dependiente del Rectorado.
Que la convocatoria toma como marco la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (1948), la Convención Americana sobre Derechos Humanos: Pacto de San José, Costa Rica (1969), y se inscribe en los procesos de Memoria, Verdad y Justicia de esta Nación.
Que el título propuesto para la primera edición de este concurso es "Hacia un mundo polipétalo", con el lema: Iguales en lo diverso y diversos en la igualdad. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONVOCAR al “I Concurso Literario Educación y Derechos Humanos: Hacia un mundo polipétalo. Iguales en lo diverso y diversos en la igualdad”, organizado por esta Unidad Académica y el Área de Derechos Humanos del Rectorado. ARTÍCULO 2.- APROBAR las bases y condiciones del concurso convocado en el artículo anterior, que como ANEXO forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3.- Comunicar, difundir e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 627 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
-ANEXO “I CONCURSO LITERARIO EDUCACIÓN Y DERECHOS HUMANOS: HACIA UN MUNDO POLIPÉTALO. IGUALES EN LO DIVERSO Y DIVERSOS EN LA IGUALDAD”
Fundamentación
El principal valor que debe sostener el arte es su posibilidad de actuar sobre lo real para incrementar en lo real la densidad ética y la estética. Liliana Bodoc. La palabra y la honra, 2016.
La Facultad de Educación junto con el Área de Derechos Humanos, dependiente de Rectorado de la UNCuyo, por solicitud de la Decana y a través del Instituto de Lectura y Escritura, organizan el “I Concurso literario Educación y Derechos Humanos” con el objetivo de promover entre sus estudiantes, egresadas y egresados la sensibilización y reflexión acerca de problemáticas relacionadas con derechos humanos del pasado reciente, el presente y el porvenir, en los diversos ámbitos y prácticas vitales.
El ejercicio de los derechos culturales permite realizar un abordaje integral y transversal de todos los derechos (sociales, civiles y económicos, a una vida digna y plena). Por lo mismo, se espera que la escritura de textos ficcionales visibilice situaciones de vulneración y/o conquista de derechos, promueva su defensa y contribuya a la formación de docentes comprometidos con los principios de justicia, igualdad, solidaridad, inclusión.
La convocatoria toma como marco la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (1948), la Convención Americana Sobre Derechos Humanos: Pacto de San José, Costa Rica (1969), y se inscribe en los procesos de Memoria, Verdad y Justicia de Argentina.
El título propuesto para la primera edición de este concurso es "Hacia un mundo polipétalo", con el lema: Iguales en lo diverso y diversos en la igualdad.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 627 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Objetivos
● Fortalecer la participación activa de estudiantes y egresados de la FEd en la conmemoración del 74º (septuagésimo cuarto) aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (10 de diciembre de 1948).
● Promover la concientización respecto de la problemática de los derechos humanos como bienes inalienables, su ejercicio real y/o vulneración concreta, su defensa y conquista en el pasado reciente y en la actualidad.
● Propiciar la creatividad y la escritura de ficción como ejercicio del derecho a la expresión artística, en este caso, literaria.
Bases de la convocatoria 2022
Género
Relato breve.
El relato es una narración, es decir, presenta un asunto problemático y una secuencia de hechos. Esta forma narrativa no requiere ajustarse a estructuras estrictas como sucede, entre otros géneros, con el cuento.
En la presente convocatoria es requisito que los relatos sean creaciones ficcionales. En el caso de hechos de base biográfica, las circunstancias, los agentes y demás componentes deben estar ficcionalizados. No hay restricciones en cuanto a los mundos presentados y su verosímil, el tono y el lenguaje, la atmósfera, etc.
El destinatario previsto (o posible) de los relatos es libre. La convocatoria no establece una edad y/o condición de los lectores (por ejemplo, literatura infantil, juvenil, etc.).
Las áreas temáticas de la presente convocatoria son:
– “Memoria, Verdad y Justicia”, en el pasado reciente y en la actualidad.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 627 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
– Acceso a la vida cultural, la educación y la expresión artística como derechos inalienables de la condición humana en todas las etapas de la vida (infancia, juventud, adultez).
– Inclusión de personas con discapacidad.
– Géneros, disidencias, diversidades: identidad, vulneración y conquista de derechos.
A modo de ejemplo se enumeran situaciones que podrían abordar los relatos: formas de discriminación, prejuicios, violencia; desigualdades sociales y culturales; anhelos y sueños; reivindicación, defensa y conquista de derechos; convivencia, equidad, solidaridad, respeto por las personas y culturas de minorías étnicas, religiosas, lingüísticas, identidad, entre otras.
Destinatarios y categorías (2022)
a. Estudiante de pregrado y grado (activos en el ciclo lectivo 2022).
b. Egresada/o de pregrado y grado
Requisitos
El relato deberá ser de autoría exclusiva de cada participante, original e inédito (no publicado anteriormente en formato papel ni digital), tampoco haber sido presentado en otro concurso, del que pudiera derivarse su publicación. Los trabajos que presenten plagio serán descalificados.
Cada autor podrá presentar una obra y participar en una única categoría.
El trabajo debe estar escrito en español, en papel A4, simple faz, márgenes de 2,5 cm, fuente Calibri o Arial tamaño 12, interlineado 1,5 líneas y justificado. La extensión máxima será de 3 páginas.
En la parte superior de la primera página se incluirá el título del relato. Las páginas deberán estar numeradas y firmadas con pseudónimo.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 627 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
No deberá figurar el nombre ni la firma del autor en las hojas. El incumplimiento de esta condición es motivo de exclusión del concurso.
Quedan excluidos de participar en la convocatoria personas que mantengan un vínculo laboral con la Facultad de Educación y/o con la Universidad Nacional de Cuyo.
Plazo y presentación
Los textos se presentarán desde el 11 de octubre hasta el 15 de noviembre del corriente año. No se recibirán trabajos fuera de plazo. La presentación del material físico se hará en el Departamento de Mesa de Entradas y Archivo de la Facultad de Educación, sede campus, de lunes a viernes de 9 a 13 horas y de 16 a 20 horas.
Los autores deberán presentar 3 (tres) ejemplares en un sobre cerrado. En el exterior del mismo se indicará el nombre del certamen, “I Concurso Literario Educación y Derechos Humanos”, el pseudónimo y la categoría en la que se inscribe.
En un segundo sobre, también cerrado, se incluirá una hoja con el título del relato, categoría en la que se inscribe, carrera y año de cursado (estudiantes activos) o año de egreso, nombre y apellido del autor, número de teléfono, dirección de correo electrónico y fotocopia del DNI. En el exterior se consignará el nombre del certamen, “I Concurso literario Educación y Derechos Humanos”, la categoría en la que se inscribe y la leyenda: “Título y autor”.
Jurado
El jurado estará compuesto por personas idóneas para la evaluación de los trabajos. Lo integrarán 3 (tres) personas, dos de la Facultad de Educación y una persona perteneciente a los organismos de Derechos Humanos.
Se expedirá en el mes de diciembre de 2022. Los resultado serán comunicados a los ganadores y publicados en el sitio web de la Facultad de Educación: https://educacion.uncuyo.edu.ar/
El concurso podrá declararse desierto. El dictamen será inapelable.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 627 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Premio
- Se otorgarán tres premios por categoría y, de considerarse meritorio, una mención.
- La Facultad de Educación publicará los relatos que obtengan los lugares 1º, 2º y 3º en la premiación de cada categoría y, en caso de otorgarse, las menciones de cada una.
- Certificado de cada premiación (primero, segundo, tercero y mención).
- Se hará entrega de un presente.
- En el caso de ser egresadas o egresados podrán realizar un curso de posgrado ofrecido por la Facultad de Educación, de manera gratuita. En caso de ser estudiantes, un curso de extensión de manera gratuita.
- Los premiados participarán en una lectura en vivo de sus trabajos.
Profesora Cecilia Tejón
Profesor Pablo Seydell
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI LG Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 627 DIGITAL
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DE-2022-RES-626 4/10/2022 (Carga: 18/10/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 4 de octubre de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0032327/2022, la Resolución Nº 473/2022-D, y
CONSIDERANDO:
Que el Equipo Directivo de la Escuela Carmen Vera Arenas solicitó la designación de la docente Patricia Andrea OLMEDO en el cargo de Maestro de Grado y 7 Horas de Nivel Medio de carácter suplente de la docente Adriana Gabriela SOSA, designada desde el 1 de agosto de 2022 hasta 30 de septiembre de 2022, por Resolución Nº 473/2022-D.
Que la Dirección de Recursos Humanos informa que la Dirección General de Medicina del Trabajo otorga a la docente Adriana Gabriela SOSA alta médica de docencia pasiva y reducción horaria a partir del 24 de septiembre de 2022. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E LV E: ARTÍCULO 1. LIMITAR, a partir de VEINTICUATRO (24) de septiembre de 2022, la designación de Patricia Andrea OLMEDO (DNI Nº 20.809.403 - Legajo Nº 33.721) en los cargos Maestro de Grado y SIETE (7) Horas Cátedra de Nivel Medio de carácter suplente, designada por Resolución Nº 473/2022-D.
ARTÍCULO 2. Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI JLV Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 626 DIGITAL
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DE-2022-RES-625 4/10/2022 (Carga: 4/10/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 4 de octubre de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0032327/2022 mediante el cual se tramita la designación de la docente Patricia Andrea OLMEDO, en el cargo de Maestro de Grado y 6 Horas Cátedra de Nivel Medio de carácter suplente del docente Cristian FERNANDEZ en la Escuela Carmen Vera Arenas, a partir del 24 de agosto de 2022 hasta el 24 de septiembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que el Equipo Directivo de la Escuela Carmen Vera Arenas solicitó la designación de la docente en el cargo de Maestro de Grado como suplente de Cristian FERNANDEZ a partir del 24 de agosto hasta el 24 de septiembre de 2022.
Que simultáneamente la docente revistaba en un cargo de Maestro de Grado y 7 Horas Cátedra de Nivel Medio de carácter suplente, designada desde el 1 de agosto de 2022 hasta 30 de septiembre de 2022, por Resolución Nº 473/2022-D.
Que Dirección de Recursos Humanos advierte que la docente ha generado una situación de incompatibilidad, de acuerdo a los establecido en la Ordenanzas Nº 15/1981-R.
Que, en consecuencia, el Equipo Directivo solicitó que se limite a 6 Horas Cátedra de Nivel Medio de carácter suplente, desde el 24 de agosto de 2022 hasta el 24 de setiembre de 2022, de modo que la docente no esté en situación incompatibilidad con la designación en el cargo de maestro de grado como suplente de Cristian FERNANDEZ.
Que la Dirección General Económica Financiera anexa informe presupuestario. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E LV E: ARTÍCULO 1. LIMITAR, a partir de VEINTICUATRO (24) de agosto de 2022, la designación de Patricia Andrea OLMEDO (DNI Nº 20.809.403 - Legajo Nº 33.721) en SIETE (7) Horas Cátedra de Nivel Medio de carácter suplente, designada por Resolución Nº473/2022-D. ARTÍCULO 2. DESIGNAR a Patricia Andrea OLMEDO (DNI Nº 20.809.403 - Legajo Nº 33.721) en (6) Horas Cátedra de Nivel Medio de carácter suplente, para cumplir funciones en la Escuela Carmen Vera Arenas, desde el VIENTICUATRO (24) de agosto hasta el VIENTICUATRO (24) de setiembre de 2022. ARTÍCULO 3. DESIGNAR a Patricia Andrea OLMEDO (DNI Nº 20.809.403 - Legajo Nº 33.721) en el cargo de Maestro de Grado de carácter suplente del docente Cristian FERNANDEZ. , para cumplir funciones en la Escuela Carmen Vera Arenas, desde el VIENTICUATRO (24) de agosto hasta el VIENTICUATRO (24) de setiembre de 2022.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI JLV Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 625 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
ARTÍCULO 4. El detalle de la imputación presupuestaria es el siguiente: Depend. Subdepend. Fte.Financ. Programa Subprogr. Proyecto Actividad Obra Finalidad Función Particip. O Apart. Porcentual 65 11 50 08 00 01 00 3 4 100% El gasto que demanden la designación se imputará según la clasificación por objeto del gasto y código de cargos que a continuación se detalla: Clasificación Código Descripción Finalidad 3 Servicios Sociales Función 4 Educación y Cultura Jurisdicción 70 Ministerio de Cultura y Educación Cod. Presup. Univ. 811 Universidad Nacional de Cuyo Apartado 65 Dpto Aplicac. Escuela Carmen Vera Arenas Inciso 1 Gastos en Personal Partida Principal 2 Personal TEMPORARIO Partida Parcial 2.1 Retribución que hace al cargo Escalafón 700-278 Personal docente – Maestro de Grado 700-368 Personal docente - Horas cátedra - Nivel Medio 6 HORAS SECUNDARIAS
ARTÍCULO 5. Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI JLV Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 625 DIGITAL
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DE-2022-RES-624 4/10/2022 (Carga: 4/10/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 4 de octubre de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0039347/2022, donde se tramita la designación de Víctor Gabriel AGÜERO como Director de la carrera Tecnicatura Universitaria en Educación Social de esta Unidad Académica desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 15 de agosto de 2026, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Nº 622/2022 el Consejo Superior aprobó el proceso electoral y puso en funciones a la Decana y Vicedecana electas, a partir del 16 de agosto de 2022 a las 00:00 horas.
Que conforme al artículo 40 inc. 2 del Estatuto Universitario es atribución de la Decana asumir la representación y gestión de la Facultad.
Que la Decana decidió nombrar a Víctor Gabriel AGÜERO como Director de la carrera Tecnicatura Universitaria en Educación Social de esta Unidad Académica desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 15 de agosto de 2026.
POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- DESIGNAR a Víctor Gabriel AGÜERO (DNI Nº 23.942.733 - Legajo Nº 31.687) para cumplir funciones de Director de la carrera Tecnicatura Universitaria en Educación Social, desde el UNO (1) de octubre de 2022 hasta el QUINCE (15) de agosto de 2026.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 624 DIGITAL
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DE-2022-RES-623 4/10/2022 (Carga: 4/10/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 4 de octubre de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0039354/2022, por el cual se tramita la designación de representantes de la Facultad de Educación para integrar la Comisión de Evaluación y Certificación de Calidad del Sistema Institucional de Educación a Distancia de la Universidad Nacional de Cuyo, y
CONSIDERANDO:
Que la Decana solicita que se emita el acto administrativo para designar a los docentes Javier Alfredo OSIMANI y Flavia Marcela ESCUDERO GORDILLO, como titular y suplente respectivamente, ante la Comisión de Evaluación y Certificación de la Calidad del Sistema Institucional de Educación a Distancia de la UNCUYO en representación de esta Unidad Académica, desde el 16 de agosto de 2022 y hasta el 15 de agosto de 2026.
POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- DESIGNAR a los representantes de la Facultad de Educación ante la Comisión de Evaluación y Certificación de la Calidad del Sistema Institucional de Educación a Distancia de la Universidad Nacional de Cuyo, desde el DIECISEIS (16) de agosto de 2022 y hasta el QUINCE (15) de agosto de 2026, conforme a la siguiente nómina:
TITULAR: Prof. Javier Alfredo OSIMANI (DNI Nº 17.640.846) SUPLENTE: Prof. Flavia Marcela ESCUDERO GORDILLO (DNI Nº 25.123.158)
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV
LG Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN Nº 623 DIGITAL
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CD-2022-RES-422 4/10/2022 (Carga: 18/10/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 4 de octubre de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0015965/2022, donde la estudiante Micaela Florencia LÓPEZ ZAERA solicita la equivalencia de estudios entre cursos aprobados en varias Instituciones y un espacio curricular correspondiente al Profesorado Universitario de Educación Inicial (Ordenanza Nº 80/2013-CS), y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Académica informa que se concede la equivalencia solicitada sobre la base de lo establecido por las Ordenanzas Nros. 1/2010-CD y la 10/2021-CD, y de lo aconsejado por los profesores consultados al respecto según consta en acta volante.
Que la Comisión de Asuntos Académicos, en reunión del 15 de septiembre de 2022, sugirió al Consejo Directivo aprobar lo actuado por Secretaría Académica y otorgar la equivalencia solicitada.
Que el Consejo Directivo, en sesión del 22 de septiembre de 2022, aprobó el dictamen de la Comisión. POR ELLO, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- CONCEDER la equivalencia de estudios a Micaela Florencia LÓPEZ ZAERA (DNI Nº 37.737.184) de acuerdo con el siguiente detalle:
-XIII Congreso Internacional Red Pikler Argentina "Aportes Piklerianos para un contexto histórico con nuevos desafíos" -Unidad Curricular Electiva: cinco (5) -Manejo de grupo como Voluntaria en por créditos “Tecnópolis Federal Mendoza”
-Diplomatura en protección internacional de los derechos humanos
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI AR Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 422 DIGITAL
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Académicas y Equivalencias | Mostrar 1 ![]() |
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