Digesto
|
10646 Normativas
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
DE-2022-RES-328 14/06/2022 (Carga: 7/07/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 14 de junio de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0018290/2022, donde la estudiante María Del Carmen TORRES GATICA solicitó equivalencias entre materias cursadas y aprobadas en el Profesorado de Grado Universitario en Educación General Básica para el Primer y Segundo Ciclo (Ordenanza Nº 10/97-CS) y las correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Primaria (Ordenanza Nº 05/2012-CS), y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante la Ordenanza Nº 7/2013.
Que no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que, igualmente, es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante María Del Carmen TORRES GATICA (DNI Nº 13.747.878) de acuerdo con el siguiente detalle: -Integración e Inserción en la Realidad Educativa I por -Práctica Profesional e Investigación Educativa I: -Metodología de la Investigación Educativa y Escuela y comunidad Seminario -Antropología Filosófica por -Antropología Filosófica -Psicología Evolutiva por -Psicología del Desarrollo -Pedagogía por -Pedagogía -Comunicación Lingüística I por -Lengua -Psicología Educacional por -Psicología Educacional -Educación Artística: Plástica por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro -Educación Artística: Música y Expresión Corporal -Educación Artística: Expresión Corporal -Teoría y Desarrollo del Curriculo por -Didáctica y Currículum -Ciencias Sociales por -Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana -Sociología de la Educación por -Sociología de la Educación -Taller Optativo: “Taller de Danzas Folclóricas por -Unidades Curriculares Optativas: “Taller de Danzas Argentinas nivel 1” Folclóricas Argentinas nivel 1” -Taller Optativo: “Taller de ortografía y P.N.L” por -Unidades Curriculares Optativas: “Taller de ortografía y P.N.L” -Integración e Inserción en la Realidad Educativa II por -Práctica Profesional e Investigación Educativa II: -Metodología de la Investigación Educativa y Currículo y Grupos de Aprendizaje Seminario
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación AR Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº 328
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
-Tecnología de la Información y de las por -Alfabetización Digital Comunicaciones -Tecnología Digital y Educación -Gestión de la Información y Redes Sociales -Tecnología Digital Educativa en las Prácticas Escolares
-Comunicación Lingüística II por -Lectura y Escritura en la Universidad -Política, Legislación y Gestión Educativa por -Política y Legislación de la Educación -Taller de Integración y Profundización Cultural por -Contextos, Sujetos y Subjetividades -Literatura Infantil por -Literatura para Niños, Jóvenes y Adultos -Didáctica de la Lengua por -Didáctica de la Lengua -Matemática por -Didáctica de la Matemática I -Didáctica de la Matemática -Didáctica de la Matemática II -Didáctica de la Matemática III -Ciencias Naturales por -Didáctica de las Ciencias Naturales I -Didáctica de las Ciencias Naturales -Didáctica de las Ciencias Naturales II -Ciencias Sociales por -Didáctica de las Ciencias Sociales I -Didáctica de las Ciencias Sociales -Didáctica de las Ciencias Sociales II -Educación Física y su Didáctica por -Juego y Educación -Taller de Educación Integrada por -Problemática Psicosocial de las Personas con Discapacidad -Pasantía y Taller de Reflexión Docente y por -Práctica Profesional e Investigación Educativa III: Planificación Gestión del Proceso de Enseñanza y Aprendizaje -Metodología de la Investigación Educativa y Seminario -Didáctica de la Lectura y Escritura por -Didáctica de la Lectura y Escritura
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación AR Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº 328
|
Académicas y Equivalencias | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2022-RES-327 14/06/2022 (Carga: 7/07/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 14 de junio de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0018300/2022, donde la estudiante Gimena Sol CRUCES solicita equivalencia entre materias cursadas y aprobadas en el Profesorado Universitario de Educación para Personas Sordas (Ordenanza 7/2012-CS) y las correspondientes al Profesorado Universitario de Pedagogía Terapéutica en Discapacidad Intelectual. Orientación en Discapacidad Motora (Ordenanza Nº 30/2012-CS), y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante la Ordenanza Nº 7/2013.
Que no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que, igualmente, es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Gimena Sol CRUCES (DNI Nº 36.964.765) de acuerdo con el siguiente detalle: -Práctica Profesional e Investigación Educativa I: por -Práctica Profesional e Investigación Educativa I: Escuela y Comunidad Escuela y Comunidad -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro y Expresión Corporal y Expresión Corporal -Didáctica y Currículum por -Didáctica y Currículum
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 327 DIGITAL
|
Académicas y Equivalencias | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2022-RES-326 14/06/2022 (Carga: 7/07/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 14 de junio de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0018999/2022, donde la estudiante Eleana Vanesa GALDAMES solicita equivalencias entre materias cursadas y aprobadas en el Profesorado de Grado Universitario en Educación General Básica para el Primer y Segundo Ciclo (Ordenanza Nº 10/97-CS) y las correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Primaria (Ordenanza Nº 5/2012-CS), ambas carreras de esta Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante la Ordenanza Nº 7/2013.
Que no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que, igualmente, es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Eleana Vanesa GALDAMES (DNI Nº 32.571.916) de acuerdo con el siguiente detalle: -Integración e Inserción en la Realidad Educativa I por -Práctica Profesional e Investigación Educativa I: -Metodología de la Investigación Educativa y Escuela y comunidad Seminario -Antropología Filosófica por -Antropología Filosófica -Psicología Evolutiva por -Psicología del Desarrollo -Pedagogía por -Pedagogía -Comunicación Lingüística I por -Lengua -Psicología Educacional por -Psicología Educacional -Educación Artística: Plástica por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro -Educación Artística: Música y Expresión Corporal -Educación Artística: Expresión Corporal -Teoría y Desarrollo del Curriculo por -Didáctica y Currículum -Ciencias Sociales por -Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana -Sociología de la Educación por -Sociología de la Educación -Taller Optativo: “Taller de historia de la ciudad de por -Unidades Curriculares Optativas: “Historia de la Mendoza” ciudad de Mendoza” -Taller Optativo: “Taller de juego y creatividad” por -Unidades Curriculares Optativas: “Juego y creatividad” -Integración e Inserción en la Realidad Educativa II por -Práctica Profesional e Investigación Educativa II: -Metodología de la Investigación Educativa y Currículo y Grupos de Aprendizaje Seminario
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación AR Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº 326
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
-Tecnología de la Información y de las por -Alfabetización Digital Comunicaciones -Tecnología Digital y Educación -Gestión de la Información y Redes Sociales -Tecnología Digital Educativa en las Prácticas Escolares
-Comunicación Lingüística II por -Lectura y Escritura en la Universidad -Política, Legislación y Gestión Educativa por -Política y Legislación de la Educación -Taller de Integración y Profundización Cultural por -Contextos, Sujetos y Subjetividades -Literatura Infantil por -Literatura para Niños, Jóvenes y Adultos -Didáctica de la Lengua por -Didáctica de la Lengua -Matemática por -Didáctica de la Matemática I -Didáctica de la Matemática -Didáctica de la Matemática II -Didáctica de la Matemática III -Ciencias Naturales por -Didáctica de las Ciencias Naturales I -Didáctica de las Ciencias Naturales -Didáctica de las Ciencias Naturales II -Ciencias Sociales por -Didáctica de las Ciencias Sociales I -Didáctica de las Ciencias Sociales -Didáctica de las Ciencias Sociales II -Educación Física y su Didáctica por -Juego y Educación -Taller de Educación Integrada por -Problemática Psicosocial de las Personas con Discapacidad -Pasantía y Taller de Reflexión Docente y por -Práctica Profesional e Investigación Educativa III: Planificación Gestión del Proceso de Enseñanza y Aprendizaje -Metodología de la Investigación Educativa y Seminario -Didáctica de la Literatura Infantil por -Didáctica de la Literatura para niños, jóvenes y adultos -Didáctica de la lectura y escritura por -Didáctica de la lectura y escritura
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación AR Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN DIGITAL RESOLUCIÓN Nº 326
|
Académicas y Equivalencias | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2022-RES-325 14/06/2022 (Carga: 7/07/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 14 de junio de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0018558/2022, donde la estudiante Ángela Paola BENAVIDEZ solicita equivalencia entre materias cursadas y aprobadas en el Profesorado de Grado Universitario en Educación General Básica para el primero y segundo ciclo (Ordenanza 10/1997-CS) y las correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Primaria (Ordenanza Nº 5/2012-CS), y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante la Ordenanza Nº 7/2013.
Que no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que, igualmente, es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Ángela Paola BENAVIDEZ (DNI Nº 31.645.177) de acuerdo con el siguiente detalle:
-Integración e Inserción en la Realidad Educativa I por -Práctica Profesional e Investigación Educativa I: -Metodología de la Investigación Educativa y Escuela y comunidad Seminario -Antropología Filosófica por -Antropología Filosófica -Psicología Evolutiva por -Psicología del Desarrollo -Pedagogía por -Pedagogía -Comunicación Lingüística I por -Lengua -Psicología Educacional por -Psicología Educacional -Educación Artística: Plástica por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro -Educación Artística: Música y Expresión Corporal -Educación Artística: Expresión Corporal -Teoría y Desarrollo del Curriculo por -Didáctica y Currículum -Ciencias Sociales por -Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana -Sociología de la Educación por -Sociología de la Educación -Taller Optativo: “LECTURA, ANÁLISIS DE por -Unidades Curriculares Optativas: “LECTURA, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y ANÁLISIS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y PRODUCCIÓN DE TEXTOS” PRODUCCIÓN DE TEXTOS” -Taller Optativo: “EL IMPACTO DE LAS por -Unidades Curriculares Optativas: “EL IMPACTO POLÍTICAS ECÓNOMICAS EN LA GESTIÓN DE LAS POLÍTICAS ECÓNOMICAS EN LA EDUCATIVA” GESTIÓN EDUCATIVA”
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 325 DIGITAL
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
-Integración e Inserción en la Realidad Educativa II por -Práctica Profesional e Investigación Educativa II: -Metodología de la Investigación Educativa y Currículo y Grupos de Aprendizaje Seminario -Tecnología de la Información y de las por -Alfabetización Digital Comunicaciones -Tecnología Digital y Educación -Gestión de la Información y Redes Sociales -Tecnología Digital Educativa en las Prácticas Escolares -Comunicación Lingüística II por -Lectura y Escritura en la Universidad -Política, Legislación y Gestión Educativa por -Política y Legislación de la Educación -Taller de Integración y Profundización Cultural por -Contextos, Sujetos y Subjetividades -Literatura Infantil por -Literatura para Niños, Jóvenes y Adultos -Didáctica de la Lengua por -Didáctica de la Lengua -Matemática por -Didáctica de la Matemática I -Didáctica de la Matemática -Didáctica de la Matemática II -Didáctica de la Matemática III -Ciencias Naturales por -Didáctica de las Ciencias Naturales I -Didáctica de las Ciencias Naturales -Didáctica de las Ciencias Naturales II -Ciencias Sociales por -Didáctica de las Ciencias Sociales I -Didáctica de las Ciencias Sociales -Didáctica de las Ciencias Sociales II -Educación Física y su Didáctica por -Juego y Educación -Taller de Educación Integrada por -Problemática Psicosocial de las Personas con Discapacidad -Pasantía y Taller de Reflexión Docente y por -Práctica Profesional e Investigación Educativa III: Planificación Gestión del Proceso de Enseñanza y Aprendizaje -Metodología de la Investigación Educativa y Seminario -Didáctica de la Literatura Infantil por -Didáctica de la Literatura para niños, jóvenes y adultos -Formación Ética y Ciudadana y su Didáctica por -Formación Ética y Ciudadana y su Didáctica
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 325 DIGITAL
|
Académicas y Equivalencias | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2022-RES-324 14/06/2022 (Carga: 7/07/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 14 de junio de 2022. VISTO:
El EXP_E-CUY:0015603/2022, donde la estudiante Sara Amira CARDERÓN MALLA solicita equivalencias entre materias cursadas y aprobadas en el Profesorado Universitario de Educación Primaria (Ordenanza Nº 5/2012-CS) y las correspondientes al Profesorado Universitario de Educación Inicial (Ordenanza Nº 80/2013-CS), y
CONSIDERANDO:
Que dichas equivalencias fueron aprobadas por el Consejo Directivo mediante la Ordenanza Nº 7/2013.
Que no es preciso constituir la Comisión Asesora de Equivalencias.
Que, igualmente, es necesario certificar la aprobación de estas equivalencias a efectos de que figuren en el legajo de la estudiante. POR ELLO, LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CONCEDER equivalencias de estudios a la estudiante Sara Amira CALDERÓN MALLA (DNI Nº 40.907.023) de acuerdo con el siguiente detalle: -Psicología del Desarrollo por -Psicología del Desarrollo -Psicología Educacional por -Psicología Educacional -Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana por -Historia y Geografía Argentina y Latinoamericana -Lectura y Escritura en la Universidad por -Lectura y Escritura en la Universidad -Sociología de la Educación por -Sociología de la Educación -Didáctica y Currículum por -Didáctica y Currículum -Pedagogía por -Pedagogía - Alfabetización Digital por - Alfabetización Digital -Antropología Filosófica por -Antropología Filosófica -Lengua por -Lengua -Política y Legislación de la Educación por -Política y Legislación de la Educación -Contextos, Sujetos y Subjetividades por -Contextos, Sujetos y Subjetividades -Gestión de la Información y Redes Sociales por -Gestión de la Información y Redes Sociales -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro por -Expresión Artística: Música, Artes Visuales, Teatro y Expresión Corporal y Expresión Corporal -Psicolingüística por -Psicolingüística -Tecnología Digital y Educación por -Tecnología Digital y Educación -Lengua Extranjera: Inglés por -Lengua Extranjera: Inglés -Tecnología Digital Educativa en las Prácticas por -Tecnología Digital Educativa en las Prácticas Escolares Escolares
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 324 DIGITAL
|
Académicas y Equivalencias | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2022-RES-323 14/06/2022 (Carga: 7/07/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 14 de junio de 2022.
VISTO: El EXP_E-CUY:0014173/2022, donde la Profesora Carla Virginia MARTIN (DNI Nº 25.237.103), egresada de esta Facultad, solicita la expedición de su diploma en virtud de haber cumplido con todas las exigencias del plan de estudios aprobado mediante Ordenanza Nº 01/1997-CD, Ordenanza Nº 10/1997-CS y Resolución Ministerial Nº 1858/1997, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Alumnos y la Secretaría Académica informan que se han cumplimentado todas las exigencias del plan de estudios aprobado mediante Ordenanza Nº 1/1997CD, Ordenanza Nº 10/1997-CS y Resolución Ministerial Nº 1858/1997.
Que se verifica en las presentes actuaciones la constancia de pago del arancel, establecido por Ordenanza N° 99/2018-CS y Circular Nº 2/2022-R.
POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTICULO 1.- EXPEDIR a nombre de Carla Virginia MARTIN (DNI Nº 25.237.103), egresada de esta Facultad, el diploma de “Profesora de Grado Universitario en Educación General Básica para el Primero y Segundo Ciclo”.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 323 DIGITAL
|
Diplomas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DE-2022-RES-322 14/06/2022 (Carga: 7/07/2022) |
► 2022 “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
MENDOZA, 14 de junio de 2022. VISTO: El EXP_E-CUY:0002530/2022, donde la Especialista Beatriz Alicia MONTORO (DNI Nº 13.716.499), egresada de posgrado de esta Facultad, solicita la expedición de su diploma en virtud de haber cumplido con todas las exigencias del plan de estudios aprobado mediante Ordenanza Nº 8/2014-CD, Ordenanza Nº 75/2014-CS y Resolución Ministerial Nº 3147/2015, y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Investigación y Posgrado informa que la egresada ha cumplimentado todas las exigencias del plan de estudios aprobado mediante Ordenanza Nº 8/2014CD, Ordenanza Nº 75/2014-CS y Resolución Ministerial Nº 3147/2015.
Que consta la documentación exigida en las presentes actuaciones certificado analítico de grado y de posgrado, copia digital del Documento Nacional de Identidad y copia digital del acta de nacimiento.
Que se verifica la constancia de pago del arancel establecido por Ordenanza N° 99/2018-CS y Circular Nº 2/2022-R.
POR ELLO,
LA DECANA DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN RESUELVE:
ARTICULO 1.- EXPEDIR a nombre de Beatriz Alicia MONTORO (DNI Nº 13.716.499), egresada de posgrado de esta Facultad, el diploma de “Especialista en Desarrollo Infantil Temprano”.
ARTÍCULO 2.- Comunicar, notificar e insertar en el Libro de Resoluciones.
JLV Lic. Sergio Mauricio EULIARTE Dra. Ana María Lourdes SISTI MJM Secretario Adm. Económico Financiero Decana Facultad de Educación Facultad de Educación Universidad Nacional de Cuyo Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 322 DIGITAL
|
Diplomas | Mostrar 1 ![]() |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||